Dotación y Cuidado EspecialCuidado de Cementerios Antiguos
Section § 8700
Esta ley establece que ciertas reglas sobre cementerios no se aplican a los cementerios que han sido abandonados o donde no se permite enterrar cuerpos.
Section § 8701
Esta ley se aplica a los cementerios establecidos antes del 14 de agosto de 1931, donde la mayoría de las parcelas se han vendido, pero el propietario no ha creado un fondo adecuado para el mantenimiento del cementerio. En tales casos, las áreas como caminos y senderos en el cementerio pueden ser alteradas y convertidas en nuevas parcelas que pueden venderse para fines de entierro.
Section § 8702
Section § 8703
Esta sección de la ley explica quién puede solicitar algo relacionado con un cementerio. Si una autoridad del cementerio posee u opera el cementerio, ellos pueden presentar la solicitud. Si ninguna autoridad lo está operando, entonces veinte o más personas que poseen parcelas allí pueden solicitarlo.
Section § 8704
Section § 8705
Section § 8706
Al presentar una petición, el secretario del tribunal programará una audiencia que se llevará a cabo entre 30 y 60 días después de la presentación de la petición.
Section § 8707
Section § 8708
Esta ley exige que los avisos se coloquen en tres puntos claramente visibles dentro de un cementerio.
Section § 8709
Esta sección de la ley explica cómo deben redactarse los avisos sobre cambios en las parcelas de los cementerios. Requiere que el aviso se dirija de forma general a las personas propietarias o interesadas en las parcelas, aunque no es necesario nombrarlas. El aviso debe describir los cambios propuestos y sus razones, proporcionar información sobre cuándo se llevará a cabo la audiencia y mencionar que un mapa (o plano) que muestra los cambios está disponible en la oficina del secretario del tribunal.
Section § 8710
Section § 8711
Esta ley exige que cualquier parcela que se cree recientemente bajo una orden judicial debe ser aceptada por la persona o autoridad del cementerio designada por el tribunal. Estas parcelas solo pueden venderse o transferirse para fines de entierro.
Section § 8713
Section § 8714
Section § 8715
Esta ley subraya la importancia de mantener los cementerios como lugares de descanso respetuosos y ordenados para los difuntos. Permite el uso del dominio eminente (o expropiación forzosa), lo que significa que el gobierno puede adquirir áreas de propiedad privada como caminos y parques dentro de los cementerios. Esto se hace para garantizar la salud pública, la seguridad y la preservación de estos sitios históricos para las generaciones futuras, incluso si una asociación privada o un individuo los posee actualmente.