Section § 8600

Explanation
Esta ley establece que cuando a alguien se le otorga la propiedad de una parcela de tierra, se asume que la parcela pertenece únicamente a esa persona, a menos que se especifique lo contrario.

Section § 8601

Explanation
Si estás casado con alguien que posee una parcela de entierro con múltiples espacios, automáticamente adquieres el derecho a ser enterrado allí. Si alguien se casa con el propietario de la parcela más tarde, también obtiene este derecho, pero solo si queda más de un espacio disponible cuando se casan.

Section § 8602

Explanation
Esta ley establece que si alguien es propietario de una parcela de entierro, no puede quitarle a su cónyuge el derecho a ser enterrado allí sin el consentimiento por escrito del cónyuge o sin que este participe en la decisión. Sin embargo, si una pareja se divorcia, el derecho del cónyuge a ser enterrado en esa parcela termina, a menos que el decreto de divorcio establezca lo contrario.

Section § 8603

Explanation
Esta ley explica qué ocurre con una parcela de cementerio si su propietario fallece sin haberla utilizado o sin haberla transferido legalmente a otra persona. Si la parcela no se ha usado o si todos los restos previamente enterrados allí han sido retirados, y el propietario no especificó en su testamento o mediante una declaración formal quién debía heredarla, esta pasa automáticamente a sus herederos legales. No obstante, los derechos de uso de la parcela para el entierro se conceden primero al propietario fallecido y a su cónyuge sobreviviente.

Section § 8604

Explanation
Si una persona hereda una propiedad de cementerio porque el dueño original falleció, no tendrá que pagar ningún impuesto de herencia sobre esa propiedad.

Section § 8605

Explanation
Si alguien tiene conocimiento del fallecimiento del propietario de una parcela, puede firmar una declaración que explique quién tiene ahora el derecho a usar la parcela del cementerio. Esta declaración otorga al cementerio permiso para que la nueva persona utilice las partes desocupadas de la parcela.