Adquisición, Dedicación y VentaDedicación
Section § 8550
Esta ley exige a las autoridades de los cementerios crear mapas o planos detallados de sus propiedades a medida que desarrollan secciones para entierros, mausoleos o crematorios. Para los terrenos, deben medir y dividirlos en secciones claras y etiquetadas, y hacer un mapa que muestre estas divisiones. Para los mausoleos e instalaciones similares, también deben crear un mapa detallado que muestre todas las secciones y divisiones.
Los mapas deben ser claros, permanentes y de un tamaño específico, y deben actualizarse cuando se modifiquen o se desarrollen nuevas secciones. Estos mapas deben presentarse ante las autoridades locales dentro de un año a partir de la venta inicial de una sección desarrollada.
Section § 8551
Esta ley exige que una autoridad de cementerio debe presentar un mapa de la propiedad del cementerio en la oficina del registrador del condado donde se encuentra la propiedad. Además, deben presentar una declaración escrita que indique que la propiedad está destinada exclusivamente para uso de cementerio.
Section § 8552
Section § 8553
Una vez que el mapa o plano y la declaración se presentan oficialmente, la propiedad queda oficialmente dedicada para uso de cementerio. Esto significa que solo puede utilizarse para fines de cementerio a partir de ese momento.
Section § 8554
Section § 8555
Section § 8556
Esta ley exige que el registrador del condado indexe correctamente cualquier mapa o plano archivado, facilitando su localización por su fecha de archivo y número, o por libro y página. Los mapas o planos pueden guardarse en libros especiales o incluirse con los mapas de subdivisiones. Las tarifas de archivo e indexación son las mismas que las de los terrenos subdivididos, según se define en otra sección del Código de Gobierno.
Section § 8557
Section § 8558
Una vez que una propiedad se designa para uso de cementerio, este estatus permanece intacto incluso si la organización que administra el cementerio se disuelve, no usa la propiedad, la vende, o si la propiedad tiene gravámenes o deudas en su contra. Estas circunstancias no afectarán la dedicación del cementerio ni los derechos de los propietarios de las parcelas, a menos que se indique específicamente en este capítulo.
Section § 8559
Esta ley confirma que dedicar terrenos para uso de cementerio no infringe ninguna norma sobre mantener una propiedad sin uso por un período excesivo. Está permitido porque se considera que es un respeto a los difuntos, una provisión de espacio para el entierro y un servicio al interés de la comunidad.
Section § 8560
Esta ley establece que una vez que una propiedad se dedica como cementerio, no se puede construir infraestructura pública como carreteras, tuberías o servicios públicos a través de ella sin permiso. Este consentimiento debe provenir de la autoridad del cementerio o de al menos dos tercios de los propietarios de las parcelas de enterramiento.