Campamentos Infantiles
Section § 1796.90
Esta sección exige al Departamento Estatal de Servicios Sociales de California que elabore un informe sobre cómo regular y supervisar la salud y seguridad de los campamentos infantiles, siempre y cuando la legislatura estatal proporcione los fondos necesarios. Al preparar este informe, el departamento debe consultar con varias partes interesadas, incluyendo agencias estatales de salud, educación y seguridad, departamentos locales de parques y salud, y defensores de los padres.
El departamento tiene permiso para contratar consultores externos para ayudar a crear este informe y se le otorga una exención de ciertas reglas estándar de contratación. Esto significa que no necesitan pasar por el proceso de aprobación habitual que otros contratos estatales podrían requerir.
Section § 1796.91
Esta ley exige que, en un plazo de dos años desde la recepción de fondos, el Departamento Estatal de Servicios Sociales presente un informe a la Legislatura de California con recomendaciones sobre los campamentos infantiles. El informe debe definir qué es un campamento infantil, identificar qué organismo gubernamental debe encargarse de crear y hacer cumplir las regulaciones relacionadas, y establecer estándares mínimos de salud y seguridad para estos campamentos. Además, el informe debe incluir estimaciones de costos y análisis de los costos y beneficios de implementar diversos enfoques regulatorios. La presentación debe seguir un protocolo gubernamental específico.