(a)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(a)
El Departamento Estatal de Servicios de Salud consultará con la Legislatura a más tardar el 31 de diciembre de 1991, para evaluar y hacer recomendaciones para mejorar la eficacia del trasplante de órganos para el público en general y en las comunidades minoritarias y de bajos ingresos en California.
Los datos a considerar pueden incluir, entre otros:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(1)
El número de personas en espera de trasplantes de órganos.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(2)
El número de donantes de órganos disponibles.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(3)
El número de hospitales que realizan trasplantes y el tipo de trasplantes.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(4)
El porcentaje de receptores de trasplantes con seguro médico.
(5)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(5)
El porcentaje de receptores de trasplantes financiados por Medi-Cal.
(6)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(6)
El tiempo de espera para el trasplante.
(7)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(7)
Factores utilizados para determinar la elegibilidad para el trasplante de órganos.
(8)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(8)
Tasas de derivación de pacientes a centros de trasplante.
(9)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(9)
El número de personas aceptadas por los centros de trasplante.
(10)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(10)
El costo de la recuperación, procesamiento y distribución de los órganos donados.
(11)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(11)
El costo de las operaciones de trasplante.
(12)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(12)
El impacto financiero de una donación de órganos para el donante y la familia del donante.
(13)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(13)
Tasas de supervivencia de los pacientes que reciben trasplantes de órganos.
(14)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(14)
Cumplimiento hospitalario con la Sección 7184.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 7160(b)
Al recopilar datos, el departamento puede utilizar diversas fuentes, incluyendo, entre otras, las organizaciones locales de procuración de órganos, la Red Unida para el Intercambio de Órganos y la Asociación de Organizaciones de Procuración de Órganos.