Section § 150900

Explanation

Esta ley crea el Fondo de Bienestar y Equidad para Personas Transgénero, No Conformistas con el Género e Intersexuales (TGI) para apoyar la atención médica y los programas destinados a quienes se identifican como transgénero, no conformistas con el género o intersexuales. El fondo otorga subvenciones para aumentar la capacidad de atención médica, crear materiales educativos y facilitar programas de artes terapéuticas y de vivienda de apoyo. Los hospitales y clínicas que ofrecen atención de afirmación de género pueden solicitar subvenciones en asociación con organizaciones que atienden a personas TGI. La ley asegura que los fondos de las subvenciones no afecten los requisitos de cobertura de atención médica existentes.

La ley incluye definiciones para términos como "atención médica", que abarca servicios médicos y terapéuticos, incluyendo el apoyo a la vivienda, y define una "organización que atiende a personas TGI" como aquella que sirve principalmente a individuos TGI.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(a) Se establece el Fondo de Bienestar y Equidad para Personas Transgénero, No Conformistas con el Género e Intersexuales (TGI) en la Tesorería del Estado.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(b) El Departamento de Salud Pública del Estado administrará el Fondo de Bienestar y Equidad TGI con el fin de financiar subvenciones para crear programas, o financiar programas existentes, centrados en coordinar la atención médica trans-inclusiva para personas que se identifican como transgénero, no conformistas con el género o intersexuales.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(c) Previa asignación por parte de la Legislatura, los fondos del Fondo de Bienestar y Equidad TGI podrán utilizarse para financiar subvenciones con los siguientes fines:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(c)(1) Las subvenciones estarán disponibles para organizaciones que atienden a personas TGI con el propósito de aumentar la capacidad de los profesionales de la salud para proporcionar eficazmente atención médica TGI e instituir las mejores prácticas inclusivas para TGI. Esto incluye la creación de materiales educativos o la facilitación de capacitaciones para el desarrollo de capacidades.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(c)(2) Las subvenciones estarán disponibles para organizaciones que atienden a personas TGI con el propósito de facilitar programas de artes terapéuticas basados en evidencia.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(c)(3) Las subvenciones estarán disponibles para organizaciones que atienden a personas TGI con el fin de ayudar, identificar y derivar a personas TGI para que accedan a viviendas de apoyo. Esto incluye oportunidades de gestión de casos, asistencia financiera y ayuda a las personas TGI para recibir y utilizar vales de vivienda. Si una organización que atiende a personas TGI ya ha implementado un programa de vivienda específico para TGI, los fondos podrán utilizarse para mantener o expandir los programas de vivienda existentes.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(c)(4) Las subvenciones estarán disponibles para un hospital, clínica de atención médica u otro proveedor médico que actualmente brinde servicios de atención médica de afirmación de género, como terapia hormonal o cirugía de reasignación de género, para continuar brindando esos servicios, o para un hospital, clínica de atención médica u otro proveedor médico que establecerá un programa que ofrezca servicios de atención médica de afirmación de género y tenga una relación establecida con una organización que atiende a personas TGI que liderará el establecimiento del programa.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(d) Un hospital, clínica de atención médica u otro proveedor médico que solicite una subvención debe hacerlo en asociación con una organización que atiende a personas TGI y consultar con dicha organización durante todo el proceso de creación e implementación de su programa de atención médica trans-inclusiva.
(e)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(e) Esta sección no limita ni afecta los requisitos de cobertura del pagador de atención médica u otros servicios sociales.
(f)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(1) “Atención médica” significa todo lo siguiente:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(1)(A) Atención médica, conductual y espiritual, que incluye, entre otros, meditación guiada y terapia no confesional.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(1)(B) Programas de artes terapéuticas basados en evidencia.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(1)(C) Servicios relacionados con el trastorno por uso de sustancias o el abuso de sustancias.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(1)(D) Vivienda de apoyo como mecanismo para ayudar a las personas identificadas como TGI a acceder a otros servicios sociales.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(2) Una “organización que atiende a personas TGI” significa cualquiera de las siguientes:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(2)(A) Una organización pública o sin fines de lucro con una declaración de misión que se centra en servir a personas transgénero, no conformistas con el género e intersexuales, y donde al menos el 65 por ciento de los clientes de la organización son TGI.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(2)(B) Una organización sin fines de lucro que actúa como agente fiscal o patrocinador de una organización descrita en el subpárrafo (A). Una organización sin fines de lucro que actúa como agente fiscal o patrocinador deberá transferir todos los fondos a la organización, pero podrá cobrar una tarifa razonable o estándar de la industria por costos administrativos que no exceda el 16 por ciento.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(3) “Transgénero” es un término amplio e inclusivo de todas las identidades de género diferentes del género que se le asignó a una persona al nacer.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(4) “No conformista con el género” es un término inclusivo utilizado para describir a individuos que pueden experimentar un género que no es exclusivamente masculino ni femenino o que se encuentra entre o más allá de ambos géneros, incluyendo, entre otros, no binario, género fluido, agénero o sin género, tercer género, género queer, variante de género, Two-Spirit, Hijra, Kathoey, Mak nyah, Muxe, Waria, Māhū y Fa’afafine.
(5)CA Salud Y Seguridad Code § 150900(f)(5) “Intersexual” es un término paraguas que se refiere a personas cuya anatomía, hormonas o cromosomas caen fuera del binario estricto masculino y femenino.