Section § 123375

Explanation

Esta ley establece que cualquier persona que desee vender, ofrecer o distribuir pruebas de embarazo debe obtener primero la aprobación del estado, garantizando que el producto sea seguro y eficaz. Los profesionales médicos, las clínicas con licencia, los farmacéuticos y las agencias de salud pública están exentos de necesitar esta aprobación para distribuir pruebas de embarazo. Aquellos que no pertenezcan a estos grupos exentos deben solicitar un certificado al estado, lo que incluye la presentación de muestras de las pruebas si se requiere. Violar esta normativa se considera un delito menor.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 123375(a)  Salvo que se disponga lo contrario en la subdivisión (b), ninguna persona podrá vender, ofrecer para la venta, regalar, distribuir o de cualquier otra forma suministrar materiales destinados a determinar la presencia de embarazo, a menos que dicha persona haya obtenido un certificado de aceptabilidad del departamento que declare que los materiales han sido aprobados en cuanto a eficacia y seguridad por el departamento.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 123375(b)  La subdivisión (a) no se aplicará a los materiales destinados a determinar la presencia de embarazo que se vendan, ofrezcan para la venta, regalen, distribuyan o de cualquier otra forma se suministren a un médico y cirujano con licencia para ejercer en este estado, a un farmacéutico con licencia para ejercer en este estado, a una clínica de atención primaria con licencia, a un centro de salud con licencia o a una agencia de salud pública.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 123375(c)  Cualquier persona que no sea una persona descrita en la subdivisión (b) y que tenga la intención de vender, ofrecer para la venta, regalar, distribuir o de cualquier otra forma suministrar materiales destinados a determinar la presencia de embarazo deberá primero presentar una solicitud al departamento estatal para la certificación de los materiales. El departamento también exigirá que una solicitud de certificación vaya acompañada de muestras de cualquier material que sea objeto de la solicitud, según lo que el departamento pueda razonablemente requerir.
Cualquier violación de esta sección es un delito menor.

Section § 123380

Explanation

Esta ley exige que las agencias locales de salud pública ofrezcan servicios de pruebas de embarazo de forma gratuita o a un precio asequible. Además, cualquier resultado de estas pruebas debe mantenerse privado y confidencial.

Las agencias locales de salud pública deberán ofrecer servicios de pruebas de embarazo de forma gratuita o a costo a la persona que utilice los servicios. Los resultados de cualquier prueba de embarazo serán confidenciales.

Section § 123385

Explanation
Esta sección de la ley establece que el programa mencionado debe autofinanciarse sin requerir dinero externo. Para lograr esto, el departamento estatal puede crear un programa de tarifas para las solicitudes de certificados. Estas tarifas deben cubrir los costos del programa, pero no exceder lo necesario.

Section § 123418

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Esta ley exige que todos los programas de residencia en obstetricia y ginecología sigan los estándares del Consejo de Acreditación para la Educación Médica de Posgrado. Estos estándares aseguran que los residentes no solo aprendan atención hospitalaria, sino que también adquieran las habilidades necesarias para brindar atención primaria de salud ambulatoria a mujeres, lo que incluye capacitación en la realización de servicios de aborto.

Sujeto a todas las demás disposiciones de este artículo, todos los programas de residencia en obstetricia y ginecología deberán cumplir con los requisitos del programa para la educación de residencia en obstetricia y ginecología del Consejo de Acreditación para la Educación Médica de Posgrado, los cuales exigen que, además de la educación y capacitación en atención hospitalaria, el programa de obstetricia-ginecología esté orientado al desarrollo de la competencia en la prestación de atención primaria de salud ambulatoria para mujeres, incluyendo, pero no limitado a, la capacitación en la realización de servicios de aborto.