Esta sección establece el nombre oficial de un conjunto específico de regulaciones, denominado Ley de Tasas de Prevención de Derrames Peligrosos. Indica cómo se hará referencia y se citará esta ley.
Esta parte se conocerá y podrá citarse como la Ley de Tasas de Prevención de Derrames Peligrosos.
Prevención de Derrames Peligrosos Tasa por Derrames Peligrosos regulación de prevención de derrames tasas ambientales estatuto de prevención de derrames gestión de riesgos mitigación de riesgos reducción del riesgo de derrames contención de derrames financiación de respuesta a derrames cobro de tasas por derrames control de materiales peligrosos
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta sección de la ley explica que la recaudación y gestión de una tarifa específica descrita en el Código de Servicios Públicos seguirá las definiciones proporcionadas en la Sección 7710 del Código de Servicios Públicos. Sin embargo, si hay definiciones diferentes en esta sección o en la Parte 30 de la División 2, estas tendrán prioridad.
La recaudación y administración de la tarifa impuesta por el Artículo 10 (que comienza con la Sección 7710) del Capítulo 1 de la División 4 del Código de Servicios Públicos se regirán por las definiciones especificadas en la Sección 7710 del Código de Servicios Públicos, a menos que sean expresamente sustituidas por las definiciones contenidas en esta parte o en la Parte 30 (que comienza con la Sección 55001) de la División 2 de este código.
recaudación de tarifas Código de Servicios Públicos Sección 7710 definiciones administración de tarifas Parte 30 División 2 definiciones sustituidas definiciones rectoras reglas de administración precedencia de definiciones
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta ley define el término “Departamento” como el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.
“Departamento” significa el Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.
Departamento de Control de Sustancias Tóxicas definición sustancias tóxicas agencia reguladora gestión de residuos peligrosos protección ambiental agencia de California control de la contaminación regulación de residuos definición de agencia supervisión de residuos tóxicos departamento estatal gestión de materiales tóxicos departamento de materiales peligrosos seguridad ambiental
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta sección define "Director" específicamente como el Director de Control de Sustancias Tóxicas.
“Director” significa el Director de Control de Sustancias Tóxicas.
Director de Control de Sustancias Tóxicas definición de Director Control de Sustancias Tóxicas regulación ambiental de California gestión de residuos peligrosos papel del gobierno estatal supervisión ambiental director de residuos tóxicos autoridad reguladora supervisor de sustancias tóxicas cargos de protección ambiental funcionario ambiental estatal regulación de materiales tóxicos agencia ambiental de California liderazgo en sustancias tóxicas
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta sección define lo que se considera "material peligroso" para fines legales y regulatorios. Incluye cualquier sustancia reconocida como peligrosa según las directrices federales de transporte, el código de salud y seguridad del estado, las regulaciones de vehículos y ciertas regulaciones de California.
“Material peligroso” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 43804(1) Un material peligroso según se define en la Sección 172 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 43804(2) Un material peligroso según se define en la Sección 25501 del Código de Salud y Seguridad.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 43804(3) Un material peligroso según se define en la Sección 2402.7 del Código de Vehículos.
(4)CA Recaudación e Impuestos Code § 43804(4) Un material peligroso según se define en la Sección 1160.3 del Título 13 del Código de Regulaciones de California.
material peligroso regulaciones federales directrices de transporte Código de Salud y Seguridad Código de Vehículos regulaciones de California reconocimiento de sustancias cumplimiento de seguridad mercancías peligrosas salud ambiental estándares regulatorios cumplimiento del código de seguridad seguridad en el transporte
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
El término “residuos peligrosos”, en este contexto, se refiere a la definición que se encuentra en otra parte de la ley, concretamente en la Sección 25117 del Código de Salud y Seguridad.
“Residuos peligrosos” tiene el mismo significado que se define en la Sección 25117 del Código de Salud y Seguridad.
residuos peligrosos definición de residuos peligrosos Código de Salud y Seguridad Sección 25117 gestión de residuos residuos químicos residuos tóxicos seguridad ambiental clasificación de residuos control de contaminantes cumplimiento normativo de residuos prevención de la contaminación eliminación segura gestión de riesgos salud pública
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta ley explica qué significa "transportista de superficie", refiriéndose específicamente a aquellos que deben pagar una tarifa determinada según otra sección del Código de Servicios Públicos. También establece que el departamento puede cambiar la definición de "transportista de superficie" mediante reglamentos si es necesario.
(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 43806(a) "Transportista de superficie" significa cualquier transportista de superficie obligado a pagar la tarifa establecida conforme a la Sección 7714.5 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 43806(b) No obstante el apartado (a), el departamento podrá, mediante reglamento, revisar la definición del término "transportista de superficie" para los fines de esta parte.
transportista de superficie requisito de tarifa Código de Servicios Públicos Sección 7714.5 revisión de definición autoridad reguladora tarifas de transporte reglamentos del departamento ley de transporte obligación de pago de tarifa
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta sección de la ley explica cómo se cobran las tarifas a quienes transportan materiales peligrosos por carretera y ferrocarril en California. Estas tarifas son administradas por la junta y se rigen por este código y una parte específica del Código de Servicios Públicos. Los transportistas de motor deben pagar sus tarifas antes del 31 de diciembre de cada año. Mientras tanto, los ferrocarriles tienen 30 días para pagar después de recibir la evaluación de su tarifa.
La tarifa impuesta a los transportistas de superficie de materiales peligrosos conforme a la Sección 7714.5 del Código de Servicios Públicos será administrada y cobrada por la junta de acuerdo con esta parte y la Parte 30 (que comienza con la Sección 55001) de la División 2 de este código, y será exigible y pagadera de la siguiente manera:
(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 43807(a) La tarifa a pagar por los transportistas de motor es exigible y pagadera el último día de diciembre de cada año fiscal estatal.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 43807(b) La tarifa a pagar por los ferrocarriles es exigible y pagadera dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la evaluación y el pagador de la tarifa deberá entregar una remesa del monto de la tarifa evaluada a la oficina de la junta dentro de ese período de 30 días.
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(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta ley establece que cualquier tarifa, interés y multa relacionados con ciertas tarifas bajo la Sección 43807 deben pagarse a la Junta Estatal de Ecualización de California. Una vez recaudados, estos pagos se envían al Tesorero y se depositan en la Tesorería Estatal. Estos fondos se acreditan específicamente a la Cuenta de Prevención de Derrames Peligrosos, que forma parte del Fondo de Prevención y Respuesta a Accidentes Ferroviarios.
Todas las tarifas, intereses y multas impuestas y todos los montos de tarifas que deben pagarse al estado conforme a la Sección 43807 se pagarán a la junta en forma de remesa pagadera a la Junta Estatal de Ecualización del Estado de California. La junta transmitirá los pagos al Tesorero para ser depositados en la Tesorería Estatal a crédito de la Cuenta de Prevención de Derrames Peligrosos en el Fondo de Prevención y Respuesta a Accidentes Ferroviarios.
Prevención de Derrames Peligrosos Prevención de Accidentes Ferroviarios Junta Estatal de Ecualización pago de tarifas intereses y multas Tesorería Estatal Tesorero de California remesa Cuenta de Prevención de Derrames Peligrosos Sección 43807 Fondo de Respuesta a Accidentes Ferroviarios
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)
Esta sección de la ley aclara que, al referirse a la tarifa gestionada conforme a la Sección 43807, el término «departamento» se refiere específicamente al Departamento de Control de Sustancias Tóxicas.
Departamento de Control de Sustancias Tóxicas administración de tarifas Sección 43807 sustancias tóxicas departamento regulador tarifa ambiental definición de agencia regulaciones de California materiales peligrosos departamento gubernamental gestión de tarifas regulaciones de residuos tóxicos identificación de departamento
(Added by Stats. 1994, Ch. 1223, Sec. 9. Effective January 1, 1995.)