Section § 42100

Explanation

Esta ley se conoce como la Ley de Recaudación de Servicios de Telefonía Móvil Prepago Locales. Destaca la importancia de servicios de comunicación consistentes y eficientes, como el 911 y otros programas locales financiados por impuestos sobre los servicios de telecomunicaciones. Los proveedores de servicios móviles deben recaudar y enviar estos impuestos a las ciudades y condados de California, ya que son vitales para financiar servicios públicos como la seguridad, parques y bibliotecas.

La ley también señala que los servicios móviles prepago a menudo son vendidos por terceros, por lo que es crucial recaudar los impuestos en el punto de venta. Este método garantiza una recaudación de impuestos justa y eficiente en todo el estado. Además, permite procesos simplificados específicos para los servicios prepago para gestionar los costos administrativos. La ley exige un enfoque uniforme de recaudación de impuestos a nivel estatal, simplificando y estandarizando cómo se recaudan los cargos locales sobre los servicios prepago en diferentes áreas.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(a) Esta parte se conocerá y podrá citarse como la Ley de Recaudación de Servicios de Telefonía Móvil Prepago Locales.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b) La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b)(1) El mantenimiento de servicios de comunicaciones eficaces y eficientes, sistemas de emergencia 911, programas de política pública relacionados con las comunicaciones para promover el servicio universal, y diversos programas locales en todo el estado benefician a todas las personas con acceso al sistema de telecomunicaciones.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b)(2) Los proveedores de servicios de comunicaciones de uso final, incluidos los proveedores de servicios de telecomunicaciones de voz móvil, a los que la Comisión Federal de Comunicaciones denomina servicio de telefonía móvil, están obligados a recaudar y remitir impuestos sobre usuarios de servicios públicos y cargos locales del 911 o cargos de acceso (cargos locales) impuestos por más de 150 ciudades y condados de California a los usuarios finales de dichos servicios de telefonía móvil, según lo exija la ley estatal o local vigente.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b)(3) Los cargos locales sobre los servicios de telecomunicaciones representan una fuente importante de ingresos fiscales para muchas ciudades y condados y se utilizan para pagar servicios gubernamentales esenciales como la seguridad pública, calles, parques, bibliotecas, centros para personas mayores y muchos más.
(4)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b)(4) Los servicios de telefonía móvil prepago son un segmento importante y en crecimiento de la industria de las comunicaciones. Los servicios de telefonía móvil prepago, a diferencia de los servicios de telefonía móvil pospago, son vendidos frecuentemente por un vendedor externo que no es el proveedor de los servicios de telefonía móvil, y la recaudación de cargos locales de los consumidores de servicios de telefonía móvil prepago en el momento de la transacción minorista es necesaria y el medio más eficiente y neutral en términos de competencia para la recaudación de esos cargos locales.
(5)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(b)(5) La recaudación de cargos por servicios de telefonía móvil prepago por parte de vendedores externos y la remisión de esos cargos locales al departamento implica costos administrativos y responsabilidades que son únicos para los servicios de telefonía móvil prepago, y por lo tanto justifican medidas únicas de reembolso y simplificación de la tasa impositiva, que son justas y razonables.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(c) Es una cuestión de interés estatal que los cargos locales por servicios de telefonía móvil prepago locales se recauden de manera uniforme para que la recaudación sea justa y uniforme en todo el estado.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42100(d) Es la intención de la Legislatura que esta parte prevalezca sobre las disposiciones relativas a la tasa o tarifa del impuesto o cargo, la base y el método de recaudación contenidos en todas las ordenanzas, normas o reglamentos locales relativos a la imposición de un cargo local sobre el consumo de servicios de telefonía móvil prepago en la medida en que dichas disposiciones sean inconsistentes con las disposiciones de esta parte. No es la intención de la Legislatura anular, limitar o afectar de otro modo la autoridad general de las jurisdicciones locales para imponer un impuesto sobre usuarios de servicios públicos, un cargo local del 911 o cualquier otro cargo local.

Section § 42101

Explanation

Esta sección define términos relacionados con la venta y los impuestos de los servicios de telefonía móvil prepago en California. El 'Departamento' se refiere al Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California. Un 'vendedor directo' es cualquier entidad, como una compañía telefónica o un servicio VoIP, que vende servicios de telefonía móvil prepago directamente a los consumidores. El término 'cargo local' se refiere a impuestos relacionados con servicios públicos y de comunicación.

Un 'consumidor prepago' es alguien que compra servicios móviles prepago al por menor. Los 'servicios de telefonía móvil prepago' son servicios que se compran antes de usarse, e incluyen telecomunicaciones móviles y servicios de información. Una 'transacción minorista' es la venta de estos servicios prepago, y un 'vendedor' es cualquiera que los venda en dichas transacciones. Un 'proveedor de MTS prepago' es una empresa que ofrece servicios móviles prepago.

A los efectos de esta parte, se aplicarán todas las siguientes definiciones:
(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(a) “Departamento” significa el Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California.
(b)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)(1) “Vendedor directo” significa un proveedor de MTS prepago o un proveedor de servicios, según se define en la subdivisión (l), que realiza una venta de servicios de telefonía móvil prepago directamente a un consumidor prepago para cualquier propósito que no sea la reventa en el curso normal de los negocios. Un vendedor directo incluye, entre otros, cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)(1)(A) Una corporación telefónica, según se define en la Sección 234 del Código de Servicios Públicos.
(B)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)(1)(B) Un servicio interconectado de Voz sobre Protocolo de Internet (VoIP), según se define en la Sección 285 del Código de Servicios Públicos.
(C)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)(1)(C) Un minorista, según se define en la Sección 6203, que es miembro del mismo grupo de control común, según se define en la Sección 25105, o que es miembro del mismo grupo de declaración combinada, según se define en la Sección 25106.5(b)(3) del Título 18 del Código de Regulaciones de California o cualquier regulación sucesora, como una entidad definida en los subpárrafos (A) o (B).
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(b)(2) A los efectos de esta subdivisión, “venta” significa cualquier transferencia de título, posesión, intercambio o permuta, condicional o de otro tipo.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(c) “En este estado” significa dentro de los límites exteriores del Estado de California e incluye todo el territorio dentro de esos límites que sea propiedad de o cedido a los Estados Unidos de América.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(d) “Cargo local” significa los impuestos de uso de servicios públicos según se describen en la Sección 42102, y los cargos por acceso a servicios de comunicación o a sistemas telefónicos de emergencia locales “911”, según se describen en la Sección 42102.5.
(e)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(e) “Jurisdicción local” o “agencia local” significa una ciudad, condado, o ciudad y condado, lo que incluye una ciudad, condado, o ciudad y condado autónomos.
(f)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(f) “Servicio de datos móviles” tiene el mismo significado que se define en la Sección 224.4 del Código de Servicios Públicos.
(g)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(g) “Servicio de telefonía móvil” o “MTS” tiene el mismo significado que se define en la Sección 224.4 del Código de Servicios Públicos.
(h)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(h) “Ordenanza” se refiere a una ordenanza de una jurisdicción local o agencia local que impone un cargo local, incluyendo cualquier promulgación local relacionada con la presentación de un reembolso o una reclamación que surja bajo la ordenanza.
(i)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(i) “Persona” incluye a cualquier individuo, empresa, sociedad, empresa conjunta, sociedad de responsabilidad limitada, asociación, club social, organización fraternal, corporación, patrimonio, fideicomiso, fideicomiso mercantil, síndico, cesionario en beneficio de acreedores, fiduciario, síndico de quiebras o consorcio, los Estados Unidos, este estado, cualquier ciudad, condado, ciudad y condado, municipio, distrito u otra subdivisión política del estado, o cualquier otro grupo o combinación que actúe como una unidad.
(j)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(j) “Consumidor prepago” significa una persona que compra servicios de telefonía móvil prepago en una transacción minorista.
(k)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(k) “Servicios de telefonía móvil prepago” significa el derecho a usar un dispositivo móvil para servicios de telecomunicaciones móviles o servicios de información, incluyendo la descarga de productos digitales entregados electrónicamente, contenido y servicios auxiliares, o tanto servicios de telecomunicaciones como servicios de información, que deben comprarse por adelantado antes de su uso en unidades o dólares predeterminados. Para estos fines, “servicio de telecomunicaciones” y “servicio de información” tienen los mismos significados que se definen en la Sección 153 del Título 47 del Código de los Estados Unidos.
(l)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(l) “Proveedor de MTS prepago” significa una corporación telefónica, según se define en la Sección 234 del Código de Servicios Públicos, que proporciona servicios de telefonía móvil prepago.
(m)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(m) “Transacción minorista” significa la compra de servicios de telefonía móvil prepago, ya sea solos o en combinación con datos móviles u otros servicios, de un vendedor para cualquier propósito que no sea la reventa en el curso normal de los negocios. Para estos fines, una “compra” significa cualquier transferencia de título o posesión, intercambio o permuta, condicional o de otro tipo.
(n)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101(n) “Vendedor” significa una persona que vende servicios de telefonía móvil prepago a una persona en una transacción minorista.

Section § 42101.5

Explanation

Esta ley establece que, a partir del 1 de enero de 2016, cualquier impuesto local sobre los servicios de telefonía móvil prepago impuesto por una agencia local debe ser cobrado por los vendedores en el punto de venta si la agencia local tiene un contrato con el departamento para la recaudación. La agencia local debe verificar que su ordenanza aplica el cargo y aceptar proteger al departamento de cualquier responsabilidad. También deben especificar el cargo local del 911 o la tarifa del impuesto al usuario de servicios públicos. Los vendedores que no están directamente vinculados a los proveedores de servicios pueden retener el 2% de los impuestos recaudados. Si se establece un nuevo cargo después del 1 de septiembre de 2015, la recaudación comienza en abril del año siguiente, y las agencias locales deben notificar al departamento antes del 1 de diciembre. Los cambios en los cargos requieren notificación para que la recaudación comience en abril del año siguiente, mientras que las reducciones o eliminaciones también necesitan un aviso oportuno. Hasta finales de 2015, los proveedores podían optar por pagar los cargos locales directamente a las autoridades fiscales locales, cumpliendo así con los requisitos fiscales locales.

(a)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(a)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(a)(1) A partir del 1 de enero de 2016, un cargo local impuesto por una agencia local sobre los servicios de telefonía móvil prepago será cobrado al consumidor prepago por un vendedor en el momento de la venta, de conformidad con esta parte, si la agencia local celebró un contrato con el departamento para que este realice las funciones establecidas en la Sección 42103. En el contrato, la agencia local deberá: (A) certificar al departamento que su ordenanza aplica su cargo local a los servicios de telefonía móvil prepago y que la agencia local acepta indemnizar y eximir de toda responsabilidad al departamento, a sus funcionarios, agentes y empleados por cualquier y toda responsabilidad por daños que puedan resultar de la recaudación de conformidad con el contrato; y (B) certificar al departamento el monto del cargo local del 911, según lo establecido en la Sección 42102.5, o la tarifa escalonada aplicable para un impuesto al usuario de servicios públicos, según lo establecido en la Sección 42102.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(a)(2) Un vendedor que no sea un vendedor directo tendrá permitido deducir y retener una cantidad igual al 2 por ciento de los montos que el vendedor recaude de los consumidores prepago por cargos locales.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(b) En caso de que una agencia local adopte un nuevo cargo local que se imponga a los servicios de telefonía móvil prepago después del 1 de septiembre de 2015, la agencia local deberá celebrar un contrato con el departamento para realizar las funciones establecidas en la Sección 42103, a más tardar el 1 de diciembre, y la recaudación del cargo local comenzará el 1 de abril del siguiente año calendario. En el contrato, la agencia local deberá certificar al departamento: (1) que su ordenanza aplica su cargo local a los servicios de telefonía móvil prepago y que la agencia local acepta indemnizar y eximir de toda responsabilidad al departamento, a sus funcionarios, agentes y empleados por cualquier y toda responsabilidad por daños que puedan resultar de la recaudación de conformidad con el contrato; y (2) el monto del cargo local del 911, según lo establecido en la Sección 42102.5, o la tarifa escalonada aplicable para un impuesto al usuario de servicios públicos, según lo establecido en la Sección 42102.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(c) En caso de que una agencia local aumente su cargo local después del 1 de septiembre de 2015, la agencia local deberá notificar por escrito al departamento sobre el cargo local aumentado a más tardar el 1 de diciembre, y la recaudación del cargo local comenzará el 1 de abril del siguiente año calendario.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(d) En caso de que una agencia local reduzca o elimine un cargo local sobre los servicios de telefonía móvil prepago, la agencia local deberá notificar por escrito al departamento según sea necesario para que el departamento cumpla con sus obligaciones de conformidad con el subapartado (a) de la Sección 42101.6.
(e)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.5(e) No obstante lo dispuesto en el subapartado (a), hasta el 31 de diciembre de 2015, inclusive, un proveedor de servicios de telefonía móvil prepago (MTS) podrá optar por remitir el cargo local a la jurisdicción fiscal local correspondiente basándose en la tasa impositiva aplicable de la Sección 42102, la Sección 42102.5, o ambas, y dichas remesas se considerarán en pleno cumplimiento de la ordenanza local que impone un cargo local sobre el servicio de telefonía móvil prepago.

Section § 42101.6

Explanation

Esta ley explica cómo el departamento debe gestionar y publicar anualmente las tarifas de los cargos locales para diferentes áreas, y cómo los vendedores deben manejar estos cargos para los servicios de telefonía móvil. Las tarifas deben publicarse antes del 1 de diciembre y aplicarse a partir del 1 de abril. Cualquier error debe corregirse rápidamente. Los vendedores pueden confiar en las tarifas publicadas para recaudar y enviar los cargos. Los vendedores no directos pueden quedarse con el 2% de lo que recaudan, mientras que los vendedores directos deben enviar los cargos directamente a la autoridad local correspondiente. Los cargos deben figurar claramente en los documentos del consumidor. Si los vendedores cobran de más, pueden reembolsar a los consumidores. Cualquier cargo impago sigue siendo responsabilidad del consumidor hasta que se pague, a menos que se haya pagado a través de un vendedor registrado. Las cuentas consideradas incobrables pueden deducirse en las declaraciones, pero si se cobran más tarde, esos montos deben declararse.

(a)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(a)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(a)(1) El departamento publicará, para cada jurisdicción local, la tarifa o tarifas de los cargos locales, según se calculan conforme a las Secciones 42102 y 42102.5, que cada jurisdicción local haya adoptado, a más tardar el 1 de diciembre de cada año, en su sitio web de internet. La tarifa combinada publicada será la tarifa que se aplique a todas las transacciones minoristas durante el año calendario que comienza el 1 de abril siguiente a la publicación.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(a)(2) El departamento también publicará por separado en su sitio web de internet las tarifas individuales para cada uno de los cargos locales individuales informados conforme a la Sección 42101.5.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(a)(3) No obstante el párrafo (1), si una agencia local notifica al departamento conforme a la subdivisión (d) de la Sección 42101.5 que la tarifa publicada es inexacta o que ya no impone un cargo local o cargos locales o que la tarifa de su cargo local o cargos locales ha disminuido, el departamento publicará prontamente una tarifa recalculada que sea aplicable a la jurisdicción de esa agencia local. El cambio entrará en vigor el primer día del trimestre calendario que comience más de 60 días después de la fecha en que la agencia local notifique al departamento la inexactitud o que ya no impone un cargo local o que la tarifa de su cargo local ha disminuido. Nada en esta sección modifica las obligaciones de notificación de la Sección 799 del Código de Servicios Públicos. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2016, los requisitos de notificación e implementación de los párrafos (5) y (6) de la subdivisión (a) de la Sección 799 del Código de Servicios Públicos no se aplicarán a los servicios de telefonía móvil prepago.
(4)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(a)(4) Un vendedor que recaude los cargos locales conforme a esta parte podrá confiar en la exactitud de la información publicada en el sitio web de internet del departamento al recaudar y remitir todos los montos de los cargos locales.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(b) Excepto por los montos retenidos conforme a la subdivisión (c), y excepto según lo dispuesto en la subdivisión (d) para un vendedor que sea un vendedor directo, todos los montos de los cargos locales recaudados por los vendedores se remitirán al departamento conforme a las Secciones 42103, 42103.1 y 42103.2.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(c) A un vendedor que no sea un vendedor directo se le permitirá deducir y retener una cantidad igual al 2 por ciento de los montos que el vendedor recaude de los consumidores prepago por cargos locales.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(d) Un vendedor directo remitirá los cargos locales a la jurisdicción local o agencia local que imponga el cargo local. La remesa de los cargos locales se identificará por separado de cualquier otro impuesto local u otros cargos que se remitan a la jurisdicción local o agencia local que imponga el impuesto local u otro cargo. Los montos remitidos a la jurisdicción local o agencia local que imponga el cargo local conforme a este párrafo se depositarán en la cuenta respectiva de la jurisdicción local o agencia local.
(e)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(e) Un vendedor directo utilizará los montos publicados por el departamento conforme a la subdivisión (a) al determinar qué montos remitir a cada jurisdicción local o agencia local.
(f)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(f) El monto de los cargos locales se indicará por separado en una factura, recibo u otro documento similar que el vendedor proporcione al consumidor prepago de servicios de telefonía móvil, o se divulgará electrónicamente al consumidor prepago, en el momento de la transacción minorista.
(g)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(g) El cargo local que un vendedor debe recaudar y cualquier monto no devuelto al consumidor prepago de servicios de telefonía móvil que no se adeude como parte del cargo local, pero que fue recaudado del consumidor prepago bajo la representación del vendedor de que se adeudaba como parte del cargo local, constituyen deudas que el vendedor debe conjuntamente a este estado, a efectos de recaudación en nombre de, y pago a, la jurisdicción local y a la jurisdicción local que impone ese cargo local.
(h)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(h) Un vendedor que haya recaudado cualquier monto de cargos locales en exceso del monto impuesto por esta parte y realmente adeudado por un consumidor prepago podrá reembolsar ese monto al consumidor prepago, aunque el monto ya haya sido pagado al departamento y aún no se haya obtenido un crédito o reembolso correspondiente. Cualquier vendedor que realice un reembolso de cualquier cargo a un consumidor prepago podrá reembolsar con ello el monto de los cargos pagados.
(i)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(i)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(i)(1) Todo consumidor prepago de servicios de telefonía móvil en este estado es responsable de cualquier cargo local hasta que se haya pagado a este estado, excepto que el pago a un vendedor registrado bajo esta parte exime al consumidor prepago de responsabilidad adicional por los cargos locales. Cualquier cargo local recaudado de un consumidor prepago que no haya sido remitido al departamento será una deuda adeudada conjuntamente al estado, a efectos de recaudación en nombre de, y pago a, la jurisdicción local y a la jurisdicción local que impone el cargo local por la persona obligada a recaudar y remitir el cargo local. Nada en esta parte impondrá ninguna obligación a un vendedor de emprender ninguna acción legal para hacer cumplir la recaudación del cargo local impuesto por esta sección.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(i)(2) Se permitirá un crédito contra, pero no excederá, los cargos locales impuestos a cualquier consumidor prepago de servicios de telefonía móvil por esta parte en la medida en que el consumidor prepago haya pagado cargos locales por la compra a cualquier otro estado, subdivisión política del mismo, o el Distrito de Columbia. El crédito se asignará a los cargos contra los cuales se permite en proporción a los montos de esos cargos.
(j)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(j)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(j)(1) Un vendedor queda exento de la obligación de recaudar los cargos locales impuestos por esta parte que se hicieron exigibles y pagaderos, en la medida en que la base sobre la cual se imponen los cargos esté representada por cuentas que se hayan considerado incobrables y se hayan cancelado a efectos del impuesto sobre la renta por el vendedor o, si el vendedor no está obligado a presentar declaraciones de impuestos sobre la renta, se hayan cancelado de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Un vendedor que haya pagado previamente los cargos podrá, bajo las normas y reglamentos prescritos por el departamento, tomar como deducción en su declaración el monto considerado incobrable y cancelado por el vendedor. Si alguna de esas cuentas es posteriormente, en todo o en parte, cobrada por el vendedor, el monto así cobrado se incluirá en la primera declaración presentada después de su cobro y los cargos se pagarán con la declaración.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.6(j)(2) El departamento podrá, mediante reglamento, adoptar otras normas con respecto a las cuentas no cobradas o incobrables que considere necesarias para la administración justa y eficiente de esta parte.

Section § 42101.7

Explanation

A partir del 1 de enero de 2017, los vendedores (excepto los vendedores directos) con menos de $15,000 en ventas de teléfonos móviles prepago en el año anterior no están obligados a cobrar ciertas tarifas locales. Este límite de ventas puede ser ajustado anualmente por el Departamento de Finanzas para asegurar la eficiencia y financiación del programa. Cualquier cambio entra en vigor el 1 de enero del año siguiente. Los vendedores pueden optar por cobrar las tarifas voluntariamente, incluso si sus ventas están por debajo del límite.

El límite de ventas se calcula en base al total de ventas de todas las ubicaciones de un vendedor, no por separado en cada ubicación.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.7(a) A partir del 1 de enero de 2017, un vendedor, que no sea un vendedor directo, con ventas de minimis de servicios de telefonía móvil prepago de menos de quince mil dólares ($15,000) durante el año calendario anterior no está obligado a recaudar cargos locales conforme a la Sección 42101.5. El Departamento de Finanzas revisará y ajustará anualmente ese umbral de ventas de minimis según sea necesario para minimizar los costos de administración del programa y mantener los ingresos para apoyar las actividades de administración y cumplimiento del programa. Cualquier ajuste del umbral de ventas de minimis entrará en vigor el 1 de enero del siguiente año calendario. Nada en esta sección impide que un vendedor recaude y remita el recargo de forma voluntaria, incluso si el vendedor cumple con el umbral de ventas de minimis.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.7(b) Para los fines de esta sección, el umbral de ventas de minimis se basará en el agregado de todas las ventas de servicios de telefonía móvil prepago sujetas a los cargos locales en todas las ubicaciones minoristas operadas por el vendedor y no en las ventas individuales en cada ubicación minorista operada por el vendedor.

Section § 42101.8

Explanation

Esta ley explica cuándo se considera que una transacción minorista ocurre en California para los servicios de telefonía móvil de prepago. Una transacción ocurre en California si se completa en persona en una tienda del estado, o si la dirección del comprador está en el estado según criterios establecidos. Si no hay una dirección disponible, una transacción se considera dentro del estado si el número de teléfono del comprador está vinculado a California.

Para los cargos locales, la transacción se considera que ocurre en una sola ubicación. Los vendedores que actúan de buena fe, confiando en la información proporcionada por el estado para hacer coincidir las ubicaciones de las transacciones con los cargos locales, no son responsables de cargos adicionales ni están obligados a realizar reembolsos, incluso si un código postal se refiere a múltiples cargos.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a) Para los fines de esta parte, una transacción minorista ocurre en el estado bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(1) El consumidor de prepago realiza la transacción minorista en persona en una ubicación comercial en el estado (transacción en el punto de venta).
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(2) Si el párrafo (1) no es aplicable, la dirección del consumidor de prepago está en el estado (transacción con dirección conocida). Una transacción con dirección conocida ocurre en el estado bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(A)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(2)(A) La venta minorista implica el envío de un artículo para ser entregado o recogido por el consumidor de prepago en una ubicación en el estado.
(B)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(2)(B) Si la dirección del consumidor de prepago es conocida por el vendedor como estando en el estado, incluso si los registros del vendedor mantenidos en el curso ordinario de los negocios indican que la dirección del consumidor de prepago está en el estado y los registros no se hicieron ni se mantuvieron de mala fe.
(C)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(2)(C) El consumidor de prepago proporciona una dirección durante la consumación de la transacción minorista que está en el estado, incluyendo una dirección proporcionada con respecto al instrumento de pago si no hay otra dirección disponible y la dirección no se proporciona de mala fe.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(a)(3) Si el vendedor no dispone de una dirección para determinar si existe alguna de las circunstancias del párrafo (2), la transacción se considerará una transacción con dirección conocida que ocurre en este estado si el número de teléfono móvil está asociado con una ubicación en este estado.
(b)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(b)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(b)(1) Una transacción minorista ocurrirá en una sola ubicación para los fines de determinar los cargos locales. Si la transacción minorista es una transacción en el punto de venta, se presumirá que el consumo, uso o acceso al servicio de telefonía móvil de prepago se realiza en esa ubicación.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(b)(2) Si la transacción minorista es una transacción con dirección conocida, la ubicación se determinará en orden descendente comenzando con el subpárrafo (A) del párrafo (2) de la subdivisión (a); si el subpárrafo (A) de ese párrafo es inaplicable, entonces de conformidad con el subpárrafo (B) de ese párrafo; si ambos subpárrafos (A) y (B) de ese párrafo son inaplicables, entonces el subpárrafo (C) de ese párrafo; y si los subpárrafos (A), (B) y (C) de ese párrafo son inaplicables, entonces el párrafo (3) de la subdivisión (a). En una transacción con dirección conocida, se presumirá que el consumo, uso o acceso al servicio de telefonía móvil de prepago se realiza en la dirección conocida.
(c)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(c)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(c)(1) Un vendedor que confía de buena fe en la información proporcionada por el departamento para hacer coincidir la ubicación de una transacción en el punto de venta con los cargos locales aplicables, que cobra esa cantidad al consumidor de prepago y que remite la cantidad al departamento en cumplimiento con esta parte, no será responsable de ningún cargo local adicional y no estará obligado a reembolsar al consumidor de prepago ninguna cantidad cobrada y pagada al departamento.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.8(c)(2) Para una transacción con dirección conocida, el vendedor puede cobrar los cargos locales que corresponden al código postal ZIP de cinco dígitos de la dirección del consumidor de prepago. Un vendedor que, con la debida diligencia y de buena fe, confía en información creíble para hacer coincidir el código postal ZIP de cinco dígitos de la dirección del consumidor de prepago con el monto de los cargos locales aplicables, que cobra esa cantidad al consumidor de prepago y que remite la cantidad al departamento en cumplimiento con esta parte, no será responsable de ningún cargo local adicional y no estará obligado a reembolsar al consumidor de prepago ninguna cantidad cobrada y pagada al departamento, incluso si el código postal ZIP de cinco dígitos de la dirección del consumidor de prepago que utiliza el vendedor corresponde a más de un cargo local.

Section § 42101.9

Explanation

Esta ley trata sobre cómo se aplican los cargos locales al vender servicios de telefonía móvil prepago combinados con otros servicios o productos. En general, si estos se venden juntos por un solo precio, los cargos locales se aplican al precio total a menos que el vendedor pueda separar los precios en sus registros.

Cuando un teléfono se vende con servicio móvil prepago por un solo precio, los cargos se aplican a todo a menos que el precio del teléfono se detalle por separado en un recibo o factura, permitiendo que los cargos se apliquen solo a la parte del servicio.

Si la venta implica una cantidad muy pequeña de servicio (10 minutos o menos o cuesta $5 o menos) junto con un dispositivo, los cargos locales no se aplican en absoluto.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.9(a) Salvo lo dispuesto en las subdivisiones (b) y (c), si los servicios de telefonía móvil prepago se venden en combinación con servicios de datos móviles o cualquier otro servicio o producto que no esté sujeto a los cargos locales por un precio único, entonces los cargos locales se aplicarán al precio total a menos que el vendedor pueda identificar los servicios de datos móviles y otros servicios o productos de sus libros y registros llevados en el curso ordinario de los negocios.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.9(b) Si los servicios de telefonía móvil prepago se venden con un dispositivo de comunicación de servicio de telefonía móvil, comúnmente denominado teléfono celular, por un precio único no desglosado, entonces los cargos locales se aplicarán al precio total no desglosado, excepto si el precio de compra del componente de teléfono celular del cargo combinado se revela al consumidor prepago en un recibo, factura u otra documentación escrita o electrónica proporcionada al consumidor prepago, los cargos locales podrán calcularse excluyendo el precio declarado por separado del teléfono celular.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42101.9(c) Si una cantidad mínima de servicio de telefonía móvil prepago se vende por un precio único no desglosado con un dispositivo de comunicaciones de servicio de telefonía móvil, el vendedor no aplicará los cargos locales a la transacción. Para estos fines, una asignación de servicio denominada como 10 minutos o menos, o cinco dólares ($5) o menos, es una cantidad mínima.

Section § 42102

Explanation

A partir del 1 de enero de 2016, las ciudades y condados de California no pueden establecer sus propias tasas impositivas sobre los servicios de telefonía móvil prepago más allá de lo que dicta esta ley. En su lugar, se establece una escala de tasas porcentuales basada en las ordenanzas locales existentes. Por ejemplo, si una tasa de impuesto local al usuario de servicios públicos se establece por debajo del 1.5%, baja al 0%. Las tasas varían del 0% a un máximo del 9%, dependiendo de la tasa local original. Esto es automático y no requiere la aprobación de los votantes. Aunque las áreas locales aún pueden imponer estos impuestos sobre los servicios de comunicación, deben seguir las tasas especificadas para los servicios prepago. Además, este es el único método para cobrar impuestos y tarifas de servicios públicos para servicios móviles prepago y no altera la capacidad de una localidad para emitir otros cargos o impuestos.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a) No obstante cualquier otra ley, a partir del 1 de enero de 2016, la autoridad de una ciudad, condado o ciudad y condado, que incluye una ciudad, condado o ciudad y condado autónomo, para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de telefonía móvil prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a la tasa especificada en una ordenanza autorizada conforme a la Sección 7284.2 o cualquier otra ley queda suspendida, y la tasa del impuesto al usuario de servicios públicos que se aplicará en su lugar durante el período bajo cualquier ordenanza así adoptada es la aplicable de las siguientes:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(1) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa inferior al 1.5 por ciento, la tasa será del 0 por ciento.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(2) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 1.5 por ciento o más, pero inferior al 2.5 por ciento, la tasa será del 1.5 por ciento.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(3) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 2.5 por ciento o más, pero inferior al 3.5 por ciento, la tasa será del 2.5 por ciento.
(4)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(4) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 3.5 por ciento o más, pero inferior al 4.5 por ciento, la tasa será del 3.5 por ciento.
(5)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(5) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 4.5 por ciento o más, pero inferior al 5.5 por ciento, la tasa será del 4.5 por ciento.
(6)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(6) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 5.5 por ciento o más, pero inferior al 6.5 por ciento, la tasa será del 5.5 por ciento.
(7)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(7) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 6.5 por ciento o más, pero inferior al 7.5 por ciento, la tasa será del 6.5 por ciento.
(8)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(8) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 7.5 por ciento o más, pero inferior al 9 por ciento, la tasa será del 7.5 por ciento.
(9)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(a)(9) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de comunicación prepago en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tasa del 9 por ciento o más, la tasa será del 9 por ciento.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(b) La subdivisión (a) es una disposición de ejecución automática que opera sin tener en cuenta ninguna decisión o acto por parte de ninguna ciudad, condado o ciudad y condado. Un cambio en la tasa del impuesto al usuario de servicios públicos resultante de la suspensión, o la terminación de la suspensión, de una tasa de usuario de servicios públicos adoptada por una ciudad, condado o ciudad y condado establecida en la subdivisión (a) no está sujeto a la aprobación de los votantes bajo ningún estatuto o el Artículo XIII C de la Constitución de California.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(c) No obstante la subdivisión (a), una ciudad, condado o ciudad y condado puede imponer, aumentar o extender un impuesto al usuario de servicios públicos a cualquier tasa sobre el consumo de servicios de comunicación, incluido un impuesto al usuario de servicios públicos sobre el consumo de servicios de telefonía móvil prepago, excepto que durante el período a partir del 1 de enero de 2016, cualquier tasa del impuesto al usuario de servicios públicos sobre el servicio de telefonía móvil prepago bajo cualquier ordenanza así adoptada será la tasa aplicable especificada en la subdivisión (a).
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d) A partir del 1 de enero de 2016, esta parte será todo lo siguiente:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d)(1) El método exclusivo para ambos de los siguientes:
(A)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d)(1)(A) Recaudar los impuestos locales al usuario de servicios públicos, cargos locales del 911 y cualquier otro cargo local impuesto a los consumidores que utilizan servicios de telefonía móvil prepago.
(B)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d)(1)(B) Definir el alcance del impuesto o cargo con respecto a los servicios de telefonía móvil prepago.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d)(2) Solo para la tributación de servicios de telefonía móvil prepago, el sustituto completo de la tasa del impuesto al usuario de servicios públicos establecida en la ordenanza local con la tasa escalonada aplicable según lo establecido por la Legislatura.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102(d)(3) Esta parte no anulará, limitará ni afectará la autoridad general de las jurisdicciones locales para imponer un impuesto al usuario de servicios públicos, un cargo local del 911 o cualquier otro cargo local.

Section § 42102.5

Explanation

Esta ley, vigente a partir del 1 de enero de 2016, limita cómo las ciudades y condados de California pueden cobrar por el acceso a servicios de comunicación o sistemas 911 en relación con los teléfonos móviles prepago. Si el cargo actual es inferior a $1 por mes por línea de acceso, la tarifa se establece en 0%. Si el cargo es de $1 o más, entonces la tarifa se ajusta dividiendo la cantidad por 50.

Estos cambios son automáticos y no requieren la aprobación de los votantes. Sin embargo, las ciudades y condados aún pueden imponer, aumentar o extender sus cargos sobre dichos servicios, siempre y cuando se ajusten a las reglas especificadas a partir del 1 de enero de 2016.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102.5(a) No obstante cualquier otra ley, a partir del 1 de enero de 2016, la autoridad de una ciudad, condado o ciudad y condado, que incluye una ciudad, condado o ciudad y condado autónomos, para imponer un cargo, que se aplica al servicio de telefonía móvil prepago, por el acceso a servicios de comunicación o el acceso a sistemas telefónicos de emergencia locales “911” en la ciudad, condado o ciudad y condado a la tarifa especificada en una ordenanza queda suspendida, y la tarifa que se aplicará en su lugar durante ese período bajo cualquier ordenanza así adoptada es la aplicable de las siguientes:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102.5(a)(1) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un cargo que se aplique al servicio de telefonía móvil prepago por el acceso a servicios de comunicación o el acceso a sistemas telefónicos de emergencia locales “911” en la ciudad, condado o ciudad y condado a una tarifa de menos de un dólar ($1) por mes por línea de acceso, incluyendo cualquier ajuste por inflación, la tarifa será del 0 por ciento.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102.5(a)(2) En el caso de una ciudad, condado o ciudad y condado que haya adoptado una ordenanza para imponer un cargo que se aplique al servicio de telefonía móvil prepago por el acceso a servicios de comunicación o el acceso a sistemas telefónicos de emergencia locales “911” en la ciudad, condado o ciudad y condado a un porcentaje especificado o a la tarifa de un dólar ($1) por mes por línea de acceso, incluyendo cualquier ajuste por inflación, o más, la tarifa será el porcentaje especificado o la tarifa obtenida dividiendo la cantidad en dólares por 50, redondeada a la décima más cercana del 1 por ciento.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102.5(b) La subdivisión (a) es una disposición de ejecución automática que opera sin tener en cuenta ninguna decisión o acto por parte de ninguna ciudad, condado o ciudad y condado. Un cambio en la tarifa de cargo por acceso resultante de la suspensión o la terminación de la suspensión de un cargo adoptado por una ciudad, condado o ciudad y condado establecido en la subdivisión (a) no está sujeto a la aprobación de los votantes bajo ningún estatuto o el Artículo XIII C de la Constitución de California.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42102.5(c) No obstante la subdivisión (a), una ciudad, condado o ciudad y condado puede imponer, aumentar o extender un cargo a cualquier tarifa, que se aplique a los servicios de telefonía móvil prepago, por el acceso a servicios de comunicación o el acceso a sistemas telefónicos de emergencia locales “911” en la ciudad, condado o ciudad y condado, excepto que durante el período a partir del 1 de enero de 2016, cualquier cargo sobre el servicio de telefonía móvil prepago bajo cualquier ordenanza así adoptada será la tarifa aplicable especificada en la subdivisión (a).

Section § 42103

Explanation

Esta ley explica cómo el departamento encargado gestionará la recaudación y administración de los cargos locales relacionados con los servicios de telefonía móvil prepago. Son responsables de recaudar estos cargos, administrar los fondos en una cuenta especial de la tesorería estatal y asegurar su correcta distribución a las jurisdicciones locales. Los vendedores deben registrarse ante el departamento y, si ya lo hacen para otros impuestos estatales, es posible que deban remitir los pagos electrónicamente.

El departamento establece normas para la gestión y recaudación de estos cargos, incluyendo reglamentos de emergencia cuando sea necesario. También establece procedimientos para que los vendedores demuestren que una venta no es una transacción minorista. Las responsabilidades de auditoría se centran en asegurar que los vendedores cumplan con la ley, y cierta información debe compartirse con las agencias locales para confirmar el manejo correcto de los cargos. El departamento puede asociarse con terceros para ayudar a gestionar tareas como la distribución de los cargos recaudados y la respuesta a consultas. Estos socios deben mantener la confidencialidad y no pueden trabajar bajo un acuerdo de honorarios contingentes basado en los montos de los impuestos. Finalmente, los vendedores directos tienen reglas diferentes, excepto en lo que respecta a la documentación de ventas no minoristas y el intercambio de información con las jurisdicciones locales.

(a)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(a)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(a)(1) El departamento realizará todas las funciones inherentes a la recaudación de los cargos locales de una jurisdicción local o agencia local y recaudará y administrará los cargos locales de conformidad con la Ley de Procedimientos de Recaudación de Cuotas (Part 30 (commencing with Section 55001)) de la manera prescrita por esta parte, sujeto a las limitaciones establecidas en Section 42105. Para los fines de esta parte, las referencias en la Ley de Procedimientos de Recaudación de Cuotas a “cuota” incluirán los cargos locales impuestos por esta parte, y las referencias a “contribuyente” incluirán a una persona obligada a pagar los cargos locales impuestos por esta parte, lo que incluye a los vendedores, quienes deberán registrarse ante el departamento.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(a)(2) No obstante lo dispuesto en Article 1.1 (commencing with Section 55050) de Chapter 3 de Part 30, cualquier persona que esté obligada, o que elija, a remitir las cantidades adeudadas en virtud de Part 1 (commencing with Section 6001) mediante transferencia electrónica de fondos de conformidad con Article 1.2 (commencing with Section 6479.3) de Chapter 5 de Part 1 remitirá los cargos locales adeudados en virtud de esta sección mediante transferencia electrónica de fondos.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(b) Todos los cargos locales recaudados por el departamento se depositarán en el Fondo de Cargos Locales para Servicios de Telefonía Móvil Prepago, que por la presente se crea en la Tesorería del Estado, y se mantendrán en fideicomiso para la jurisdicción fiscal local, y no se utilizarán para ningún otro fin. Los cargos locales consistirán en todos los impuestos, cargos, intereses, multas y otras cantidades recaudadas y pagadas al departamento, menos los pagos por reembolsos y el reembolso al departamento por los gastos incurridos en la administración y recaudación de los cargos locales. El departamento transmitirá los fondos a las jurisdicciones locales periódicamente tan pronto como sea factible. Las remesas requeridas en virtud de esta sección se realizarán al menos una vez en cada trimestre natural. El departamento proporcionará un estado de cuenta trimestral que indique las cantidades pagadas y retenidas por los gastos del departamento incurridos en la administración y recaudación de los cargos locales.
(c)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(c)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(c)(1) El departamento prescribirá y adoptará las normas y reglamentos que sean necesarios o deseables para la administración y recaudación de los cargos locales y la distribución de los cargos locales recaudados.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(c)(2) El departamento podrá prescribir, adoptar y hacer cumplir cualquier reglamento de emergencia que sea necesario para implementar esta parte. Cualquier reglamento de emergencia prescrito, adoptado o aplicado de conformidad con esta sección se adoptará de acuerdo con Chapter 3.5 (commencing with Section 11340) de Part 1 de Division 3 de Title 2 del Government Code, y, para los fines de ese capítulo, incluido Section 11349.6 del Government Code, la adopción del reglamento es una emergencia y será considerada por la Oficina de Derecho Administrativo como necesaria para la preservación inmediata de la paz, la salud y la seguridad públicas, y el bienestar general.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(d) El departamento establecerá procedimientos que utilizará un vendedor, incluido un vendedor directo, para documentar que una venta no es una transacción minorista.
(e)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(e) Las funciones de auditoría del departamento en virtud de esta parte se limitarán a verificar que el vendedor cumplió con esta parte.
(f)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(f) Sujeto a los requisitos de confidencialidad de Sections 7284.6, 7284.7, and 19542, el departamento pondrá a disposición de una jurisdicción local o agencia local solicitante cualquier información que esté razonablemente disponible para el departamento con respecto a la correcta recaudación y remesa de un cargo local de la jurisdicción local o agencia local por parte de un vendedor, incluido un vendedor directo.
(g)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(g) El departamento podrá contratar a un tercero para los fines de esta parte, únicamente en relación con las siguientes funciones del departamento:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(g)(1) Asignar y transmitir los cargos locales recaudados en el Fondo de Cargos Locales para Servicios de Telefonía Móvil Prepago de conformidad con subdivision (b) a las jurisdicciones locales apropiadas.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(g)(2) Auditar la correcta recaudación y remesa del cargo local de conformidad con esta parte.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(g)(3) Responder a las solicitudes de vendedores, consumidores, juntas y otros con respecto a cuestiones relacionadas con los cargos locales que estén dentro del ámbito de las funciones del departamento.
(h)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(h) Para los fines de esta parte, cualquier contrato con terceros en virtud de subdivision (g) estará sujeto a las siguientes limitaciones:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(h)(1) Cualquier tercero estará sujeto, en la misma medida que el departamento, a subdivision (b) of Section 55381, en relación con las divulgaciones ilegales.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(h)(2) Un contrato con un tercero no establecerá, en su totalidad o en parte, de ninguna manera un acuerdo de honorarios contingentes como pago por los servicios prestados. Para los fines de esta sección, “honorarios contingentes” incluye, entre otros, una tarifa basada en un porcentaje de la obligación tributaria declarada en una declaración, una tarifa basada en un porcentaje de los impuestos adeudados o una tarifa que depende del resultado fiscal específico obtenido.
(i)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103(i) Excepto por los procedimientos establecidos de conformidad con subdivision (d) y el intercambio de información de conformidad con subdivision (f), esta sección no se aplica a los vendedores directos.

Section § 42103.1

Explanation

Esta ley exige que el departamento establezca calendarios y métodos para pagar los cargos locales de una manera similar a cómo se manejan los impuestos sobre las ventas y el uso. Los puntos principales incluyen: (a) Los vendedores deben pagar los cargos locales, después de retener una parte para sí mismos, al departamento cada trimestre. (b) Los vendedores también deben presentar una declaración trimestral electrónicamente antes de finalizar el mes siguiente al trimestre. (c) Las declaraciones deben autenticarse de una manera aprobada por el departamento. (d) Esta sección específica trata únicamente sobre los cargos locales que deben enviarse al departamento.

El departamento establecerá calendarios y métodos de remesa para el pago de los cargos locales que utilicen los métodos existentes establecidos bajo la Ley del Impuesto sobre las Ventas y el Uso (Parte 1 (a partir de la Sección 6001)), incluyendo todo lo siguiente:
(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103.1(a) Los cargos locales, menos la cantidad retenida por el vendedor de conformidad con el inciso (c) de la Sección 42101.6, son exigibles y pagaderos al departamento trimestralmente en o antes del último día del mes siguiente a cada trimestre natural.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103.1(b) En o antes del último día del mes siguiente a cada trimestre natural, se presentará una declaración correspondiente al trimestre natural anterior utilizando medios electrónicos ante el departamento.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103.1(c) Las declaraciones se autenticarán en la forma o de conformidad con los métodos que prescriba el departamento.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42103.1(d) Esta sección se aplica únicamente a aquellas remesas de los cargos locales que deben remitirse al departamento de conformidad con esta parte.

Section § 42103.2

Explanation
Esta ley establece que todo vendedor debe registrarse ante el departamento, a menos que no esté obligado a recaudar cargos locales según una regla específica, la Sección 42101.7. Sin embargo, incluso si los vendedores cumplen con el umbral mínimo de ventas que los exime de este requisito, aún pueden optar por registrarse voluntariamente. El departamento es responsable de crear un proceso de registro que se alinee con el sistema de permisos de venta existente. Los vendedores deben completar un formulario de registro proporcionando el nombre de su negocio, la ubicación y cualquier otro detalle requerido. El formulario debe ser autenticado de la manera prescrita.

Section § 42104

Explanation

Esta ley permite un préstamo a corto plazo del Fondo General al Fondo de Cargos Locales por Servicios de Telefonía Móvil de Prepago para cubrir los gastos relacionados con la gestión y recaudación de los cargos locales. Estos préstamos deben reembolsarse dentro del mismo año fiscal en que se realizaron. Sin embargo, el reembolso puede retrasarse hasta seis meses después de que se apruebe el presupuesto del siguiente año fiscal. Además, los préstamos deben reembolsarse si los fondos son necesarios para otros gastos.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42104(a) Para proporcionar un flujo de caja adecuado para los gastos incurridos por la junta en la administración y recaudación de los cargos locales, el Director de Finanzas podrá aprobar un préstamo a corto plazo en el año fiscal 2015-16 del Fondo General al Fondo de Cargos Locales por Servicios de Telefonía Móvil de Prepago.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42104(b) Para los fines de esta sección, un préstamo a corto plazo es una transferencia que se realiza sujeta a las siguientes condiciones:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42104(b)(1) Cualquier monto prestado deberá ser reembolsado en su totalidad durante el mismo año fiscal en que se realizó el préstamo, excepto que el reembolso podrá retrasarse hasta una fecha no posterior a seis meses después de la fecha de promulgación de la Ley de Presupuesto anual para el año fiscal subsiguiente.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42104(b)(2) Los préstamos deberán ser reembolsados siempre que los fondos sean necesarios para cubrir las necesidades de gastos en efectivo en el fondo o cuenta prestamista.

Section § 42105

Explanation

Esta ley establece que si un área local tiene una normativa que exige que los servicios de telefonía móvil prepago paguen tarifas locales adicionales, entonces esa área es responsable de varias cosas. Deben defender la legalidad de esa normativa, interpretarla y gestionar cualquier solicitud de reembolso de los consumidores. También deben certificar que la normativa se aplica a los servicios prepago y cubrir cualquier daño que surja de esto. Tienen que corregir cualquier error sobre dónde ocurren las ventas y asegurarse de que se apliquen los cargos correctos.

Los consumidores pueden impugnar la ubicación de la venta si creen que es incorrecta, presentando una reclamación jurada ante su ayuntamiento o condado. Si están exentos de los cargos, pueden solicitar un reembolso. Si un impuesto se declara inválido, el área local, no el vendedor, es responsable de cualquier reembolso y no puede ser demandada por recaudar el impuesto. Solo el área local está involucrada en acciones legales sobre el impuesto, por lo que los vendedores no deberían ser demandados.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a) La jurisdicción local o la agencia local que haya adoptado una ordenanza para imponer un cargo local que se aplique al servicio de telefonía móvil prepago será la única responsable de:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(1) Defender cualquier reclamación relativa a la validez de la ordenanza en su aplicación al servicio de telefonía móvil prepago.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(2) Interpretar cualquier disposición de la ordenanza, excepto en la medida en que sea específicamente sustituida por este estatuto.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(3) Responder a cualquier reclamación de reembolso por parte de un consumidor que surja en virtud de la subdivisión (b), (c) o (d). La reclamación se tramitará de conformidad con las disposiciones de la normativa local que permita presentar la reclamación.
(4)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(4) Certificar que la ordenanza de la jurisdicción local o de la agencia local aplica el cargo local a los servicios de telefonía móvil prepago y aceptar indemnizar y eximir de responsabilidad al departamento, a sus funcionarios, agentes y empleados por cualquier y toda responsabilidad por daños que puedan resultar de la recaudación del cargo local.
(5)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(5) Reasignación de cargos locales como resultado de la corrección de errores relacionados con la ubicación del punto de venta de un vendedor o la dirección conocida de un consumidor, por hasta dos trimestres anteriores a la fecha de conocimiento.
(6)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(a)(6) Aplicación, incluidas las auditorías, de la recaudación y remesa de cargos locales por parte de vendedores directos de conformidad con la ordenanza de la jurisdicción local o de la agencia local.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(b) Un consumidor puede refutar la ubicación presunta de la transacción minorista ante el secretario municipal o del condado de la jurisdicción local, según lo dispuesto en la subdivisión (b) de la Sección 42101.8, presentando una reclamación y declaración bajo pena de perjurio en un formulario establecido por el secretario municipal o del condado de la jurisdicción local o agencia local que indique la ubicación real de la venta minorista. La reclamación se tramitará de conformidad con las disposiciones de la normativa local que permita presentar la reclamación.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(c) Un consumidor exento del cargo local en virtud de la normativa local puede presentar una reclamación de reembolso ante la jurisdicción local o la agencia local de conformidad con las disposiciones de reembolso de la normativa local que permita presentar la reclamación.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42105(d) En relación con cualquier acción o reclamación relacionada o derivada de la invalidez de una ordenanza fiscal local, en su totalidad o en parte, el vendedor no será responsable ante ningún consumidor como consecuencia de la recaudación del impuesto. En caso de que se ordene a una jurisdicción local o agencia local reembolsar el impuesto, será responsabilidad exclusiva de la jurisdicción local o agencia local reembolsar el impuesto. En cualquier acción que busque prohibir la recaudación de un cargo local por parte de un vendedor, en cualquier acción que busque una declaración de derechos con respecto a un cargo local, en cualquier acción que busque un reembolso de un cargo local, o en cualquier acción que busque invalidar de otra manera un cargo local, la única parte demandada necesaria en la acción será la jurisdicción local o la agencia local en cuyo nombre se recauda el cargo local, y el vendedor que recauda el cargo local no será nombrado como parte en la acción. No habrá recuperación del estado por la imposición de ningún cargo local inconstitucional o de otro modo inválido que se recaude de conformidad con esta parte.

Section § 42106

Explanation

Esta ley describe cómo se manejan los reembolsos locales cuando una parte de un reembolso, llamada la 'porción de compensación', se deduce de los cargos locales trimestrales de una ciudad, condado o ciudad y condado. La porción de compensación es la parte del reembolso que excede los $50,000 o el 20% de los cargos locales. Cuando esto ocurre, la ciudad o el condado pueden solicitar que la porción de compensación les sea devuelta en un plazo de tres meses. El departamento debe hacerlo con prontitud y luego deducir gradualmente la porción de compensación de futuros pagos de cargos locales durante un período de entre dos y ocho trimestres.

Sin embargo, el departamento no devolverá la porción de compensación si esto retrasara o redujera el pago del reembolso al contribuyente o afectara los pagos a otras jurisdicciones.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(a) Para los fines de esta sección:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(a)(1) “Cargos locales trimestrales” significa el monto total de los cargos locales transmitidos por el departamento a una ciudad, condado, o ciudad y condado para un trimestre calendario.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(a)(2) “Reembolso” significa el monto de los cargos locales deducidos por el departamento de los cargos locales trimestrales de una ciudad, condado, o ciudad y condado para pagar la parte de la ciudad, condado, o ciudad y condado de un reembolso de cargo local adeudado a un contribuyente.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(a)(3) “Porción de compensación” significa aquella porción del reembolso que excede el mayor de cincuenta mil dólares ($50,000) o el 20 por ciento de los cargos locales trimestrales de la ciudad, condado, o ciudad y condado.
(b)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(b) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (c), si el departamento ha deducido un reembolso de los cargos locales trimestrales de una ciudad, condado, o ciudad y condado que incluye una porción de compensación, entonces se aplican las siguientes disposiciones:
(1)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(b)(1) Dentro de los tres meses posteriores a que el departamento haya deducido una porción de compensación, la ciudad, condado, o ciudad y condado podrá solicitar al departamento que transmita la porción de compensación a la ciudad, condado, o ciudad y condado.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(b)(2) Tan pronto como sea factible después de que el departamento reciba la solicitud de la ciudad, condado, o ciudad y condado, el departamento transmitirá a la ciudad, condado, o ciudad y condado la porción de compensación como parte de la transmisión periódica de cargos locales del departamento.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(b)(3) El departamento deducirá posteriormente una parte a prorrata de la porción de compensación de futuras transmisiones de cargos locales a la ciudad, condado, o ciudad y condado durante un período a ser determinado por el departamento, pero no menos de dos trimestres calendario y no más de ocho trimestres calendario, hasta que se haya deducido el monto total de la porción de compensación.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42106(c) El departamento no transmitirá la porción de compensación del reembolso a la ciudad, condado, o ciudad y condado si dicha transmisión redujera o retrasara el pago del reembolso al contribuyente por parte del departamento o las transmisiones periódicas de cargos locales del departamento a otras ciudades, condados, o ciudad y condado.

Section § 42107

Explanation
Esta ley exige que los gobiernos o agencias locales paguen su parte de los gastos del departamento relacionados con la recaudación y gestión de ciertos fondos o procesos.

Section § 42109

Explanation
Cada año, el departamento debe elaborar un informe que detalle todos los costos que ha pagado y que no le han sido reembolsados por gestionar la recaudación de cargos locales.
El departamento deberá preparar anualmente un informe que muestre la cantidad de costos tanto reembolsados como no reembolsados incurridos por este en la administración de la recaudación de cargos locales de conformidad con esta parte.

Section § 42110

Explanation

Esta ley prohíbe que una persona que no sea funcionario o empleado del gobierno conserve información de los registros de cargos locales una vez finalizado su contrato. Los gobiernos locales pueden solicitar acceso a estos registros, pero solo ciertas personas autorizadas pueden consultarlos, y existen reglas estrictas sobre quién más puede ver esta información y cómo puede utilizarse. Estos registros son principalmente para fines de recaudación de impuestos. Si el Departamento sospecha que se ha compartido o utilizado la información sin autorización, puede restringir el acceso para proteger la privacidad. Roles específicos como síndicos o albaceas pueden acceder a los detalles si tienen un interés directo en los cargos o impuestos impagos.

(a)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(a) No obstante la Sección 55381, es ilícito para cualquier persona, que no sea un funcionario o empleado de un condado, ciudad y condado, ciudad o distrito, que obtenga acceso a información contenida en, o derivada de, los registros de cargos locales del departamento conforme a la subdivisión (b), retener esa información después de que el contrato de esa persona con el condado, ciudad y condado, ciudad o distrito haya expirado.
(b)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)
(1)Copy CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(1) Cuando lo solicite mediante resolución el órgano legislativo de cualquier condado, ciudad y condado, ciudad o distrito, el departamento permitirá a cualquier funcionario o empleado debidamente autorizado del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito, o a otra persona designada por dicha resolución, examinar todos los registros de cargos locales del departamento relacionados con la determinación de esos cargos locales que el departamento debe recaudar para el condado, ciudad y condado, ciudad o distrito, conforme a un contrato celebrado entre el departamento y el condado, ciudad y condado, ciudad o distrito de conformidad con esta parte. Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, esta subdivisión no permite a ningún funcionario, empleado u otra persona autorizada o designada por un condado, ciudad y condado, ciudad o distrito examinar ningún registro de impuestos sobre ventas o transacciones y uso de ningún contribuyente. Los costos en que incurra el departamento al cumplir con una solicitud realizada conforme a esta subdivisión serán deducidos por el departamento de los ingresos recaudados por el departamento en nombre del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito que realice la solicitud.
(2)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(2) La resolución del órgano legislativo del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito certificará que cualquier persona designada por la resolución, que no sea un funcionario o empleado, cumple todas las siguientes condiciones:
(A)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(2)(A) Tiene un contrato existente con el condado, ciudad y condado, ciudad o distrito para examinar esos registros de cargos locales.
(B)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(2)(B) Está obligado por ese contrato a divulgar información contenida en, o derivada de, esos registros de cargos locales solo a un funcionario o empleado del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito que esté autorizado por la resolución para examinar la información.
(C)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(2)(C) Tiene prohibido por ese contrato prestar servicios de consultoría a un vendedor durante la vigencia de dicho contrato.
(D)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(2)(D) Tiene prohibido por ese contrato retener la información contenida en, o derivada de, esos registros de cargos locales, después de que dicho contrato haya expirado.
(3)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(b)(3) La información obtenida mediante el examen de los registros del departamento conforme a esta subdivisión se utilizará únicamente para fines relacionados con la recaudación de los cargos locales por parte del departamento conforme al contrato, o para fines relacionados con otras funciones gubernamentales del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito establecidas en la resolución.
(c)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(c) Si el departamento cree que cualquier información obtenida conforme a la subdivisión (b) ha sido divulgada a cualquier persona no autorizada o designada por la resolución del órgano legislativo del condado, ciudad y condado, ciudad o distrito, o ha sido utilizada para fines no permitidos por la subdivisión (b), el departamento podrá imponer condiciones de acceso a sus registros de cargos locales que considere razonables, a fin de proteger la confidencialidad de dichos registros.
(d)CA Recaudación e Impuestos Code § 42110(d) Predecesores, sucesores, síndicos, fideicomisarios, albaceas, administradores, cesionarios y garantes, si tienen un interés directo, podrán recibir información sobre los elementos incluidos en la medida y los montos de cualquier cargo local impago o los montos de los cargos locales que deben recaudarse, intereses y multas.

Section § 42111

Explanation

Esta ley solo es válida hasta el 1 de enero de 2026. Quedará sin efecto en esa fecha, a menos que se apruebe una nueva ley antes de entonces para cambiar o extender la fecha de vencimiento.

Esta parte permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha quedará derogada, a menos que una ley posterior, promulgada antes del 1 de enero de 2026, elimine o prorrogue dicha fecha.