Operación UnitariaAcuerdos Unitarios
Section § 3640
Esta ley permite agrupar parcelas de terreno para que sean gestionadas como una sola unidad. El propósito es evitar el despilfarro y mejorar la extracción y recuperación de petróleo y gas de esos terrenos.
Section § 3641
Esta ley explica que cuando los propietarios de tierras se unen para gestionar, desarrollar y operar múltiples parcelas de tierra como una sola unidad, pueden crear un acuerdo sobre cómo compartir los beneficios y los costos. Estos acuerdos se vuelven oficiales y vinculantes solo para quienes los aceptan y pueden presentarse para su aprobación a un supervisor. Sin embargo, si un acuerdo no es aprobado, o si alguien no da su consentimiento, entonces sus derechos no pueden verse afectados por el acuerdo.
Section § 3642
Section § 3643
Esta sección de la ley describe los criterios para aprobar un acuerdo de unidad para las operaciones en yacimientos de petróleo y gas. Primero, el área propuesta debe incluir todas las parcelas necesarias y excluir las innecesarias, de acuerdo con las buenas prácticas petroleras. Segundo, al menos tres cuartas partes de los propietarios de intereses operativos y de regalías deben estar de acuerdo con la propuesta. Tercero, el acuerdo debe facilitar operaciones como el mantenimiento de presión o la inyección de gas para aumentar la recuperación de petróleo y gas. Cuarto, los beneficios económicos de una mayor recuperación deben superar los costos de operación. Quinto, el acuerdo debe asegurar una distribución justa de los recursos y beneficios a todos los propietarios de parcelas. Además, debe optimizar y consolidar las instalaciones de superficie para evitar el desperdicio de tierra y permitir su uso productivo futuro. Debe considerarse justo y razonable en todos los demás aspectos, y recibir la aprobación de la Comisión de Tierras del Estado si involucra tierras estatales.
Section § 3644
Esta ley explica cómo determinar una participación justa de la producción de petróleo y gas para una parcela de tierra dentro de una unidad de producción más grande. El valor se basa en el potencial de cada parcela para producir petróleo y gas, en comparación con otras parcelas en la misma unidad. Los factores incluyen el valor estimado de la producción primaria de la tierra sin esfuerzos de recuperación secundaria, y el valor esperado si se utilizan técnicas de recuperación mejorada. La medición considera cuánto petróleo y gas recuperable hay debajo de la tierra, y si no se dispone de datos exactos, se realizan estimaciones utilizando métodos de ingeniería establecidos. También se consideran todos los demás factores que afectan el valor de producción de la tierra.
Section § 3645
Esta ley establece que una vez que se aprueba un acuerdo de unidad, se debe emitir una orden para las operaciones de unidad. Esta orden exige que el acuerdo se registre en cada condado con terrenos en el área de unidad y que los intereses de todas las personas en esa área estén vinculados por el acuerdo como si hubieran aceptado. La orden entra en vigor en una fecha específica, pero solo después de que se compren todas las ofertas de venta en el área de unidad o de que esas ofertas finalicen.
Section § 3646
Esta sección describe lo que debe incluir una orden del supervisor para la operación unitaria. Primero, especifica cuándo todas las parcelas de tierra no incluidas ya en la unidad deben comenzar las operaciones unitarias, lo cual no puede ser antes del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor de la orden. Segundo, la orden debe prever arreglos financieros para las personas que no puedan cumplir con sus obligaciones económicas, incluyendo la posibilidad de cobrar intereses. Finalmente, la orden debe incluir cualquier otra disposición necesaria para incorporar de manera justa tierras o intereses no comprometidos previamente al acuerdo de unidad.
Section § 3647
Si usted posee una participación en terrenos de petróleo o gas sujetos a un acuerdo de unidad y no ha aceptado el trato, puede vender su participación 60 días después de que un supervisor ordene el acuerdo. Quienes sí aceptaron pueden comprar su participación según sus cuotas de producción. Si nadie compra, el acuerdo no entra en vigor.
Si el precio de su participación es disputado, cualquiera de las partes puede solicitar un comité de arbitraje de tres personas para fijar un valor justo. La decisión del comité es final a menos que se presente una impugnación judicial dentro de los 30 días. Los costos del arbitraje son pagados por los propietarios de intereses que consintieron si el acuerdo procede, o por quienes solicitaron la valoración si no lo hace.
Section § 3648
Section § 3649
Esta sección trata sobre los cambios a los acuerdos aprobados para áreas de extracción de petróleo o gas, conocidos como acuerdos de unidad. Cualquier cambio debe ser revisado y aprobado por el supervisor, y no puede afectar cómo se distribuye la producción a menos que todas las personas afectadas estén de acuerdo por escrito. El supervisor aprobará las modificaciones si, después de una audiencia pública, el cambio es acordado por los propietarios de al menos tres cuartas partes de los intereses operativos y de regalías totales, sigue las reglas del acuerdo existente, se alinea con el propósito del capítulo y es justo y razonable. Una vez aprobados, los cambios deben documentarse en la oficina del registrador del condado y se aplican a todos los involucrados en el área de unidad, como si todos hubieran estado de acuerdo. La ley no se aplica a los cambios realizados únicamente por los propietarios de intereses operativos.
Section § 3650
Si ya existe una orden que combina propiedades para la extracción de petróleo o gas y se descubre que se deben incluir nuevas áreas, los propietarios de tierras involucrados pueden solicitar que se añada más terreno a la unidad existente. Lo hacen presentando una solicitud ante un supervisor, quien luego celebrará una audiencia pública para considerar el asunto.
Section § 3651
Esta ley otorga a un supervisor la autoridad para emitir una orden que incorpore áreas de terreno adicionales a una operación unitaria para la extracción de petróleo y gas. Esto puede ocurrir si se cumplen ciertas condiciones: el terreno contiene parte de un yacimiento ya bajo una operación unitaria, al menos tres cuartas partes de los propietarios de tierras y de los titulares de intereses de regalías están de acuerdo, y la expansión es necesaria para prevenir el despilfarro o mejorar la recuperación de petróleo y gas.
Section § 3652
Esta ley describe cómo se reparte la producción de petróleo y gas entre diferentes propietarios de terrenos cuando se amplía una unidad de producción. Cuando se añaden nuevas áreas de terreno, la producción se asigna primero a la unidad ya existente como si fuera una sola parcela. Luego, la producción se divide entre los terrenos nuevos y los antiguos según su valor para la extracción de petróleo y gas. Este valor considera el potencial del terreno para producir petróleo y gas mediante métodos primarios o técnicas de recuperación secundaria, como la extracción de capas subterráneas permeables. Si no hay datos exactos disponibles, las estimaciones pueden usar métodos de ingeniería prudentes. También se consideran otros factores que afectan el valor de un terreno para la producción.
Section § 3653
Section § 3653.5
Si presenta una petición para que se apruebe un acuerdo de unidad, esta debe incluir una solicitud de aprobación, una copia del acuerdo y informes detallados con datos de ingeniería y geológicos. Además, debe proporcionar pruebas de que el número necesario de propietarios de intereses operativos y propietarios de intereses de regalías están de acuerdo con este acuerdo de unidad. Si alguien impugna su prueba, deberá presentar más evidencia.
Section § 3654
Section § 3655
Esta sección explica cómo calcular los intereses de tres cuartas partes entre los propietarios de intereses operativos y de regalías involucrados en un acuerdo de unidad. Primero, a todos los tractos de tierra bajo el acuerdo de unidad se les asigna un valor total que combina las asignaciones de tractos primarios y secundarios. Cada propietario de interés operativo obtiene una participación basada en el valor de los tractos que posee y su parte de esa propiedad. De manera similar, los propietarios de intereses de regalías obtienen una participación basada en los tractos que poseen y su participación fraccionaria. Si no hay regalías pendientes, los propietarios de intereses operativos son tratados como si también tuvieran los intereses de regalías en la misma proporción que sus intereses operativos.
Section § 3656
Esta sección de la ley establece que un acuerdo de unidad aprobado por un supervisor no puede causar ningún cambio en la propiedad o el título de un terreno o de los derechos minerales bajo ese terreno. En otras palabras, tales acuerdos no transferirán la propiedad de una persona o parte a otra.
Section § 3657
Section § 3658
Esta ley establece que, una vez que un supervisor emite una orden sobre una sección de terreno con petróleo y gas, esta se aplica a todas las personas con un interés en ese terreno o en los recursos que de él se extraen, a partir de la fecha de entrada en vigor de la orden. Incluso si alguien no estuvo de acuerdo con el acuerdo de unidad, sigue estando obligado por él y tiene derecho a hacer cumplir sus términos, como las tasas de producción.
Section § 3659
Antes de celebrar una audiencia pública sobre el uso de terrenos para una operación unitaria, el supervisor debe notificar por escrito a cualquier persona interesada, como los propietarios de terrenos, según los registros del tasador de impuestos. También deben notificar a cualquier ciudad o condado donde se encuentre el terreno. Durante la audiencia, la ciudad, el condado o cualquier persona interesada puede presentar testimonios y pruebas relevantes para que el supervisor los considere.