Section § 3800

Explanation

Esta sección describe cómo California debe usar los ingresos recibidos de las operaciones federales de energía geotérmica bajo la Ley de Arrendamiento de Tierras Minerales. Los objetivos principales son reducir la dependencia de los combustibles fósiles, impulsar la economía y gestionar los impactos del desarrollo geotérmico. Los fondos ayudan a mitigar los efectos sociales, económicos y ambientales negativos, y apoyan a los gobiernos locales cubriendo los costos de los servicios públicos relacionados con los proyectos geotérmicos. Además, enfatiza el mantenimiento de la productividad de los recursos renovables mediante la inversión estratégica.

El propósito de este capítulo es establecer la asignación de los ingresos distribuidos al estado conforme a la Sección 35 de la Ley de Arrendamiento de Tierras Minerales de 1920, según enmendada (30 U.S.C. Sec. 191), con respecto a las actividades de la Oficina de Administración de Tierras de los Estados Unidos, el Servicio Forestal de los Estados Unidos y otras agencias federales realizadas conforme a la Ley de Vapor Geotérmico de 1970 (Capítulo 23 (que comienza con la Sección 1001) del Título 30 del Código de los Estados Unidos) con el fin de lograr los siguientes objetivos generales:
(a)CA Recursos Públicos Code § 3800(a) Reducción de la dependencia de los combustibles fósiles y estimulación de la economía del estado mediante el desarrollo de recursos geotérmicos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 3800(b) Mitigación de los impactos sociales, económicos y ambientales adversos causados por el desarrollo geotérmico.
(c)CA Recursos Públicos Code § 3800(c) Asistencia financiera a ciudades, condados y distritos para compensar los costos de proporcionar servicios públicos e instalaciones necesarios por el desarrollo de recursos geotérmicos dentro de sus jurisdicciones.
(d)CA Recursos Públicos Code § 3800(d) Mantenimiento de la productividad de los recursos renovables mediante la inversión de los ingresos de un recurso agotable.