Section § 48000

Explanation

Si usted opera una instalación de eliminación de residuos, debe pagar tarifas trimestrales al Estado, basadas en la cantidad de basura que maneja. La tarifa base actual es de $1.34 por tonelada, pero no puede superar los $1.40 a menos que esté en un programa especial. A partir de julio de 2012, se añade un extra de $0.12 por tonelada si su relleno sanitario forma parte del fondo especial del Estado para gestionar el cierre y los problemas de los rellenos. Sin embargo, esta tarifa adicional solo se aplica si suficientes rellenos sanitarios que manejen al menos la mitad del total de residuos de 2010 se inscriben a principios de 2012.

El Departamento encargado informará a la Junta Estatal sobre cualquier cambio de tarifa o si la tarifa adicional se activa. Además, se aseguran de que todas las tarifas recaudadas se paguen correctamente.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48000(a) Cada operador de una instalación de eliminación pagará una tarifa trimestral a la Junta Estatal de Ecualización, la cual se basará en la cantidad, por peso o equivalente volumétrico, según lo determine el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos, de todos los residuos sólidos eliminados en cada sitio de eliminación.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 48000(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 48000(b)(1) La tarifa por los residuos sólidos eliminados será de un dólar y treinta y cuatro centavos ($1.34) por tonelada. A partir del año fiscal 1995-96, el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos establecerá el monto de la tarifa en una cantidad que sea suficiente para generar ingresos equivalentes al presupuesto aprobado para ese año fiscal, incluyendo una reserva prudente, pero no excederá de un dólar y cuarenta centavos ($1.40) por tonelada.
(2)CA Recursos Públicos Code § 48000(b)(2) A partir del 1 de julio de 2012, el monto de la tarifa establecida por el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos de conformidad con el párrafo (1) se incrementará en doce centavos ($0.12) por tonelada para cada operador de un relleno sanitario de residuos sólidos cuyo propietario haya notificado al departamento que elige participar en el Fondo Fiduciario Estatal de Postclausura y Acción Correctiva de Residuos Sólidos de conformidad con el Artículo 2.1 (que comienza con la Sección 48010).
(c)CA Recursos Públicos Code § 48000(c) El Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos notificará a la junta estatal el primer día del período en que la tarifa entrará en vigor sobre cualquier cambio de tarifa adoptado de conformidad con los párrafos (1) y (2) de la subdivisión (b).
(d)CA Recursos Públicos Code § 48000(d) El Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos y la junta estatal se asegurarán de que todas las tarifas por residuos sólidos impuestas de conformidad con esta sección que se recauden en una estación de transferencia se paguen a la junta estatal de acuerdo con este artículo.
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 48000(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 48000(e)(1) La tarifa impuesta por el párrafo (2) de la subdivisión (b) no será operativa a partir del 1 de julio de 2012, a menos que el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos reciba, a más tardar el 1 de enero de 2012, cartas de participación en el Fondo Fiduciario Estatal de Postclausura y Acción Correctiva de Residuos Sólidos de propietarios de rellenos sanitarios que representen al menos el 50 por ciento del volumen total de residuos eliminados en 2010.
(2)CA Recursos Públicos Code § 48000(e)(2) El Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos notificará a la junta estatal, a más tardar el 29 de febrero de 2012, si la tarifa impuesta por el párrafo (2) de la subdivisión (b) entrará en vigor de conformidad con el párrafo (1).

Section § 48001

Explanation

Esta ley establece que, después de cubrir los reembolsos y los costos administrativos de recaudación, el dinero de ciertas tarifas se deposita en una cuenta especial llamada Cuenta de Gestión Integrada de Residuos. Esta cuenta forma parte de un fondo más grande.

Los ingresos de las tarifas pagadas conforme al párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 48000 se depositarán, después del pago de reembolsos y los costos administrativos de recaudación, en la Cuenta de Gestión Integrada de Residuos, la cual se crea por la presente en el fondo.

Section § 48001.5

Explanation

Esta ley de California explica cómo se maneja el dinero de ciertas tarifas relacionadas con la gestión de residuos. Después de cubrir los reembolsos y los gastos de recaudación, este dinero se deposita en un fondo especial llamado Fondo Fiduciario Estatal para el Post-Cierre y Acciones Correctivas de Residuos Sólidos.

El fondo se utiliza para varias actividades que ayudan a gestionar los residuos sólidos, como corregir problemas (acciones correctivas), gestionar los vertederos después de su cierre (actividades de post-cierre) y cubrir los gastos administrativos. Además, este fondo también cubre los costos iniciales relacionados con la implementación del programa de gestión de residuos antes de que comenzaran a recibirse las tarifas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48001.5(a) Los ingresos de las tarifas pagadas conforme al párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 48000, después del pago de reembolsos y los costos administrativos de recaudación, se depositarán en el Fondo Fiduciario Estatal para el Post-Cierre y Acciones Correctivas de Residuos Sólidos, el cual se crea por la presente en la Tesorería del Estado.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48001.5(b) Las tarifas, los ingresos y todos los intereses devengados estarán a disposición de la junta, previa asignación de fondos por parte de la Legislatura, para llevar a cabo los propósitos del Artículo 2.1, incluyendo todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 48001.5(b)(1) Acciones correctivas y actividades de post-cierre conforme a la subdivisión (b) de la Sección 48011.
(2)CA Recursos Públicos Code § 48001.5(b)(2) Costos administrativos incurridos por la junta en la implementación del Artículo 2.1.
(3)CA Recursos Públicos Code § 48001.5(b)(3) Cualquier costo inicial incurrido por la junta en la implementación del Artículo 2.1 que se haya incurrido antes de que se pagaran las tarifas conforme al párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 48000.

Section § 48002

Explanation
Esta ley instruye a la junta estatal a crear normas y reglamentos para implementar la Sección 48000. Estas normas deben cubrir cómo se manejan los cobros, qué informes se requieren, cómo se procesan los reembolsos y cómo se llevan a cabo las apelaciones.

Section § 48003

Explanation

Esta norma establece que la junta estatal no puede usar más del medio por ciento del dinero total que recibe o espera recibir en un año fiscal para fines administrativos relacionados con este capítulo en ese mismo año.

La junta estatal no podrá gastar más del medio por ciento del total de ingresos depositados, o que se prevé que se depositen, en la cuenta durante un año fiscal para la administración de este capítulo durante ese año fiscal.

Section § 48004

Explanation

En California, el dinero de una cuenta específica se destina a apoyar los esfuerzos de reciclaje y gestión de residuos, especialmente por parte del Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos. Esto incluye las tareas que las juntas de agua estatales y regionales realizan en los vertederos de residuos sólidos. El objetivo es asegurar que haya suficiente financiación cada año para cubrir las actividades regulatorias en los vertederos sin cobrar tarifas dobles a quienes eliminan residuos, siempre que se cumplan ciertas condiciones para la exención de tarifas. Sin embargo, si no se recauda suficiente dinero o se recorta el presupuesto, la financiación para estos programas se reducirá de manera equitativa para todos.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48004(a) El dinero de la cuenta será utilizado por el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos, previa asignación por la Legislatura, para los siguientes fines:
(1)CA Recursos Públicos Code § 48004(a)(1) La administración e implementación de esta división por el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 48004(a)(2) La administración e implementación por parte de la junta estatal del agua y las juntas regionales del agua de la División 7 (que comienza con la Sección 13000) del Código del Agua en los sitios de eliminación de residuos sólidos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48004(b) Es la intención de la Legislatura que una cantidad suficiente para financiar las actividades regulatorias de la junta estatal del agua y las juntas regionales del agua para los vertederos de residuos sólidos sea asignada de la cuenta por la Legislatura en la Ley de Presupuesto anual. Aquellas personas que estén obligadas a pagar la tarifa impuesta conforme a la Sección 48000 no estarán obligadas a pagar la tarifa anual impuesta conforme al subapartado (d) de la Sección 13260 del Código del Agua con respecto a la misma descarga si se cumplen los requisitos para la exención de dicha tarifa establecidos en el párrafo (3) del subapartado (d) de la Sección 13260 del Código del Agua.
(c)CA Recursos Públicos Code § 48004(c) No obstante los subapartados (a) y (b), si la tarifa establecida conforme a la Sección 48000 no genera ingresos suficientes para financiar los programas especificados en esta sección, o si la cantidad asignada por la Legislatura para estos fines se reduce, esas reducciones se distribuirán de manera equitativa y proporcional entre la financiación para los programas de residuos sólidos de la junta estatal del agua y las juntas regionales del agua y el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos.

Section § 48005

Explanation

Esta ley explica que cualquier dinero que reciba la junta debe ir a la Cuenta de Gestión Integrada de Residuos. Los fondos solo pueden usarse para propósitos específicos según lo determine la Legislatura. Si no se menciona un propósito específico, el dinero debe usarse para los objetivos generales de esta división, excepto por la Parte 6, que se financia de manera diferente a través de ciertas tarifas.

A menos que se especifique lo contrario, todo el dinero recibido por la junta se depositará en la Cuenta de Gestión Integrada de Residuos y será utilizado por la junta, previa asignación de la Legislatura, para los fines para los cuales fue recaudado o, si no se especifica expresamente para un propósito particular, para los fines de esta división, excepto la Parte 6 (que comienza con la Sección 46000), la cual será financiada mediante tarifas conforme a la Sección 46801.

Section § 48006

Explanation

Esta ley permite a la junta condonar todas las tarifas a los operadores de pequeños vertederos de residuos sólidos que reciben un promedio de menos de cinco toneladas de residuos al día.

La junta puede eximir de todas las tarifas a cualquier operador de un vertedero de residuos sólidos que reciba menos de un promedio mensual de cinco toneladas de residuos sólidos por día de operación.

Section § 48007

Explanation

Esta ley establece que los materiales reciclados y ciertos residuos inertes, como rocas y hormigón, que se retiran de la basura común (flujo de residuos) y no se depositan en un vertedero, no tienen que pagar ciertas tarifas. Los residuos inertes pueden usarse para ayudar a restaurar (recuperar) áreas antiguas o actuales donde se ha realizado minería a cielo abierto, siempre que el trabajo esté aprobado oficialmente. Las tarifas no se aplicarán si los residuos se utilizan para estos fines. Tenga en cuenta que cualquier residuo considerado peligroso o un riesgo para la salud no se considera residuo inerte aquí. Esta norma se mantiene hasta que nuevas regulaciones la reemplacen, momento en el cual será derogada a menos que leyes futuras la modifiquen.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48007(a) Los materiales reciclados y los residuos inertes retirados del flujo de residuos y no eliminados en un vertedero de residuos sólidos no se incluirán a efectos de la evaluación de las tasas impuestas conforme a la Sección 48000.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48007(b) A los efectos de esta sección, y únicamente a efectos de determinar si se impondrán tasas conforme a la Sección 48000, "residuos inertes retirados del flujo de residuos y no eliminados en vertederos de residuos sólidos" incluye el uso, eliminación o colocación de únicamente residuos inertes en propiedades donde se estén realizando o se hayan realizado previamente operaciones de minería a cielo abierto, según se definen en la Sección 2735, siempre que el uso, eliminación o colocación sea para fines de recuperación, según se define en la Sección 2733, conforme a cualquiera de los siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 48007(b)(1) Un plan de recuperación aprobado conforme a la Sección 2774.
(2)CA Recursos Públicos Code § 48007(b)(2) Para operaciones de minería a cielo abierto realizadas antes del 1 de enero de 1976, un acuerdo con una ciudad o condado, o un permiso emitido por una ciudad o condado, que prevea un relleno diseñado adecuadamente para el uso futuro planificado del sitio minero recuperado.
(c)CA Recursos Públicos Code § 48007(c) A los efectos de esta sección, "residuo inerte" significa únicamente roca, hormigón, ladrillo, arena, tierra y asfalto curado. Además, el residuo inerte no incluye ningún residuo que cumpla la definición de "residuo designado" según se define en la Sección 13173 del Código del Agua o "residuo peligroso" según se define en la Sección 40141.
(d)CA Recursos Públicos Code § 48007(d) Esta sección permanecerá operativa hasta la fecha de entrada en vigor de las regulaciones adoptadas por la junta conforme a la Sección 48007.5 y, a partir del 1 de enero siguiente a esa fecha de entrada en vigor, esta sección quedará derogada, a menos que una ley posterior elimine o extienda las fechas en que deja de ser operativa y es derogada.

Section § 48007

Explanation

Esta ley establece que los materiales reciclados y los residuos inertes, cuando se retiran del flujo de residuos y no se depositan en un vertedero, no se tendrán en cuenta para ciertos fines de tasas descritos en otra sección. Solo estará en vigor una vez que la junta establezca reglamentos específicos.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48007(a) Los materiales reciclados y los residuos inertes retirados del flujo de residuos y no eliminados en un vertedero de residuos sólidos no se incluirán a efectos de la evaluación de las tasas impuestas de conformidad con la Sección 48000.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48007(b) Esta sección entrará en vigor en la fecha de entrada en vigor de los reglamentos adoptados por la junta de conformidad con la Sección 48007.5.

Section § 48007.5

Explanation

Esta ley exige que, a más tardar el 1 de enero de 2004, una junta debe crear reglamentos para supervisar cómo se gestionan los residuos de construcción y demolición, así como ciertos residuos no reactivos, en los sitios de recuperación de minas. Garantiza que estos residuos se manejen de manera responsable y establece reglas para su gestión.

'Residuo inerte' se define como lo estaba en 2002, refiriéndose a materiales de desecho que no se descomponen ni reaccionan fácilmente, como el hormigón o el asfalto.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48007.5(a) A más tardar el 1 de enero de 2004, la junta adoptará y presentará ante el Secretario de Estado, de conformidad con la Sección 11346.2 del Código de Gobierno, reglamentos que establezcan un nivel apropiado de supervisión de la gestión de residuos de construcción y demolición, y la gestión de residuos inertes en sitios de recuperación de minas.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48007.5(b) Para los fines de esta sección, “residuo inerte” tiene el mismo significado que se define en la subdivisión (c) de la Sección 48007, tal como dicha sección se leía el 1 de enero de 2002.

Section § 48008

Explanation

Si un operador de vertedero en California cobra una tarifa estatal por la gestión de residuos, también puede añadir una pequeña tarifa (hasta un 5%) a sus usuarios del servicio. Este cargo adicional está destinado a cubrir los costos de gestionar la tarifa estatal. La tarifa añadida debería, idealmente, coincidir con los costos reales de gestionar este proceso financiero.

(a)CA Recursos Públicos Code § 48008(a) Cualquier operador de un vertedero de residuos sólidos que pague una tarifa conforme a este capítulo podrá imponer a sus usuarios una tarifa administrativa no superior al 5 por ciento de las tarifas pagadas a la Junta Estatal de Ecualización durante el trimestre anterior conforme a la Sección 48000.
(b)CA Recursos Públicos Code § 48008(b) Las tarifas administrativas impuestas conforme al apartado (a) deberán reflejar, en la medida de lo posible, los costos reales de recaudación y contabilidad de las tarifas pagadas a la Junta Estatal de Ecualización.