Section § 17000

Explanation

Esta sección define términos relacionados con los esfuerzos de conservación ambiental en California. Un "cuerpo de conservación comunitario certificado" es un grupo designado por una ciudad o condado grande (con más de 250,000 habitantes) para realizar tareas como la limpieza de basura y el reciclaje. Para ser certificados, estos grupos deben haber existido a partir del 30 de septiembre de 1999, o haberse formado después de esa fecha. Un "cuerpo de conservación comunitario" también lleva a cabo actividades similares, pero debe ser reconocido por un condado y certificado por el Cuerpo de Conservación de California. Estos grupos deben haber operado durante al menos dos años y cumplir con criterios específicos. Finalmente, el "Departamento" se refiere al Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos.

A los efectos de esta división, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)CA Recursos Públicos Code § 17000(a) “Cuerpo de conservación comunitario certificado” significa un cuerpo de conservación comunitario que existía el 30 de septiembre de 1999, o que se forma con posterioridad a esa fecha, y que es designado por una ciudad o una ciudad y condado para realizar la eliminación de basura, el reciclaje y actividades relacionadas, si la ciudad o la ciudad y condado tiene una población, según lo determinado por el censo más reciente, de más de 250,000 personas.
(b)CA Recursos Públicos Code § 17000(b) “Cuerpo de conservación comunitario” significa un cuerpo de conservación comunitario, según se define en la Sección 14507.5, que es designado por un condado para realizar la eliminación de basura, el reciclaje y actividades relacionadas, y que está certificado por el Cuerpo de Conservación de California como habiendo operado por un mínimo de dos años y como cumpliendo con todos los demás criterios de la Sección 14507.5.
(c)CA Recursos Públicos Code § 17000(c) “Departamento” significa el Departamento de Reciclaje y Recuperación de Recursos.

Section § 17001

Explanation

Esta ley describe cómo se asignan los fondos para subvenciones a los cuerpos de conservación comunitarios para programas medioambientales. Específicamente, establece cómo se debe gastar el dinero para diferentes propósitos, incluyendo el reciclaje y la gestión de residuos, durante y después del año fiscal 2014-15.

Para el año fiscal 2014-15, los fondos se destinaron a programas que incluyen el reciclaje de envases de bebidas, la recuperación de residuos electrónicos, el reciclaje de neumáticos y la recolección de aceite usado. Estas subvenciones tenían como objetivo fomentar las actividades de reciclaje y reducción de residuos, así como los esfuerzos de educación y divulgación.

A partir del 1 de julio de 2015, las cantidades de financiación aumentaron para cada categoría, y continúan apoyando los mismos tipos de programas anualmente, con énfasis en la reducción de basura y la gestión de diferentes tipos de residuos a través de esfuerzos de reciclaje y recolección.

(a)CA Recursos Públicos Code § 17001(a) Para los fines del año fiscal 2014-15 solamente, sujeto a la Sección 17002, el departamento destinará fondos de las siguientes fuentes, para otorgar subvenciones a cuerpos de conservación comunitarios certificados y cuerpos de conservación comunitarios, de conformidad con, y para los fines especificados en, esta subdivisión:
(1)CA Recursos Públicos Code § 17001(a)(1) El departamento destinará la cantidad puesta a disposición para su gasto durante el año fiscal 2014-15 de conformidad con la Sección 14581.1 en forma de subvenciones para implementar programas de reducción de basura de envases de bebidas y programas de reciclaje de envases de bebidas, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con la División 12.1 (que comienza con la Sección 14501).
(2)CA Recursos Públicos Code § 17001(a)(2) El departamento destinará cuatro millones de dólares ($4,000,000) de los fondos de la Cuenta de Recuperación y Reciclaje de Residuos Electrónicos, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones destinadas a implementar programas relacionados con la recolección y recuperación de residuos electrónicos cubiertos, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 8.5 (que comienza con la Sección 42460) de la Parte 3 de la División 30.
(3)CA Recursos Públicos Code § 17001(a)(3) El departamento destinará dos millones quinientos mil dólares ($2,500,000) de los fondos del Fondo de Gestión de Reciclaje de Neumáticos de California, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones relacionadas con la implementación de programas para limpiar y mitigar neumáticos de desecho y para reutilizar y reciclar neumáticos de desecho, incluyendo, entre otros, el programa de reciclaje de neumáticos autorizado por la Sección 42872, e incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 17 (que comienza con la Sección 42860) de la Parte 3 de la División 30.
(4)CA Recursos Públicos Code § 17001(a)(4) El departamento destinará un millón de dólares ($1,000,000) de los fondos del Fondo de Reciclaje de Aceite Usado de California, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones destinadas a implementar programas relacionados con la recolección de aceite usado, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 48600) de la Parte 7 de la División 30.
(b)CA Recursos Públicos Code § 17001(b) A partir del 1 de julio de 2015, sujeto a la Sección 17002, el departamento destinará fondos de las siguientes fuentes, para otorgar subvenciones a cuerpos de conservación comunitarios certificados y cuerpos de conservación comunitarios, de conformidad con, y para los fines especificados en, esta subdivisión:
(1)CA Recursos Públicos Code § 17001(b)(1) El departamento destinará en cada año fiscal la cantidad puesta a disposición de conformidad con la Sección 14581.1 para subvenciones destinadas a implementar programas de reducción de basura de envases de bebidas y programas de reciclaje de envases de bebidas, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con la División 12.1 (que comienza con la Sección 14501).
(2)CA Recursos Públicos Code § 17001(b)(2) El departamento destinará ocho millones de dólares ($8,000,000) cada año fiscal de los fondos de la Cuenta de Recuperación y Reciclaje de Residuos Electrónicos, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones destinadas a implementar programas relacionados con la recolección y recuperación de residuos electrónicos cubiertos, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 8.5 (que comienza con la Sección 42460) de la Parte 3 de la División 30.
(3)CA Recursos Públicos Code § 17001(b)(3) El departamento destinará cinco millones de dólares ($5,000,000) cada año fiscal de los fondos del Fondo de Gestión de Reciclaje de Neumáticos de California, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones destinadas a implementar programas relacionados con la limpieza y mitigación de neumáticos de desecho y la reutilización y reciclaje de neumáticos de desecho, incluyendo, entre otros, el programa de reciclaje de neumáticos autorizado por la Sección 42872, e incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 17 (que comienza con la Sección 42860) de la Parte 3 de la División 30.
(4)CA Recursos Públicos Code § 17001(b)(4) El departamento destinará dos millones de dólares ($2,000,000) cada año fiscal de los fondos del Fondo de Reciclaje de Aceite Usado de California, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones destinadas a implementar programas relacionados con la recolección de aceite usado, incluyendo educación y divulgación, de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 48600) de la Parte 7 de la División 30.

Section § 17002

Explanation
Esta ley establece que la cantidad máxima de dinero que el departamento puede gastar en un año fiscal, según las reglas de la Sección 17001, está limitada a la cantidad calculada bajo la Sección 14581.1, subdivisión (c) para ese mismo año.

Section § 17003

Explanation

Aunque las escuelas generalmente no pueden contratar o mantener empleados con ciertos delitos relacionados con drogas, existe una excepción para los programas de cuerpos de conservación comunitaria. Un distrito escolar o una oficina de educación del condado que dirija uno de estos programas puede inscribir a solicitantes que actualmente estén en libertad condicional, libertad bajo palabra o tipos de supervisión similares.

A pesar de la prohibición de contratar o retener a un empleado con un delito relacionado con sustancias controladas, según se define en la Sección 44011 del Código de Educación, contenida en la Parte 25 (que comienza con la Sección 44000) de la División 3 del Título 2 del Código de Educación, un distrito escolar o una oficina de educación del condado que opere un cuerpo de conservación comunitaria certificado conforme a la Sección 14507.5 podrá seleccionar a un solicitante para la inscripción en el programa del cuerpo de conservación comunitaria que se encuentre en libertad condicional, libertad bajo palabra, supervisión comunitaria posterior a la liberación o supervisión obligatoria.