El departamento investigará y preparará un informe completo sobre cartografía, incluyendo planes y recomendaciones para un programa de cartografía adecuado para California, y adoptará un plan y programa general para el cumplimiento de la política declarada en este capítulo. El plan y programa general así adoptado, o según sea enmendado o modificado, será el plan y programa general autorizado a ser llevado a cabo por el departamento. El departamento podrá, de vez en cuando, realizar investigaciones e informes adicionales sobre cartografía según lo considere apropiado en cumplimiento de la política declarada en este capítulo.
Topografía y CartografíaCartografía Topográfica
Section § 8831
California busca crear y mantener mapas detallados para ayudar a gestionar y proteger los recursos naturales y económicos del estado.
mapas topográficos recursos naturales recursos económicos
Section § 8832
Esta sección de la ley establece que la palabra 'departamento' se refiere específicamente al Departamento de Recursos Hídricos.
Departamento Recursos Hídricos definición
Section § 8833
Esta ley exige al departamento investigar y crear un plan integral para la cartografía en California. Esto incluye establecer un programa para una política de cartografía eficaz. El departamento puede modificar el plan según sea necesario y realizar investigaciones e informes adicionales sobre cartografía cuando lo considere oportuno.
programa de cartografía política de cartografía plan general
Section § 8834
Esta ley establece que cualquier trabajo para crear mapas bajo este capítulo debe hacerse en colaboración con el gobierno federal. El Departamento de Servicios Generales del estado debe dar su aprobación, y luego el departamento puede hacer acuerdos o contratos con agencias federales para producir mapas según un plan y programa general.
producción de mapas cooperación federal Departamento de Servicios Generales