Conservación de Petróleo y GasSubsidencia
Section § 3315
Esta ley establece que la subsidencia del terreno (hundimiento) en áreas sobre yacimientos de petróleo y gas en California está causando diversos problemas, como daños a edificios e infraestructuras y amenazas a la seguridad y el medio ambiente. Destaca que la represurización de las formaciones subterráneas de petróleo y gas es la única solución viable para detener la subsidencia. Esto implica mantener o aumentar la presión en estas áreas mediante esfuerzos cooperativos gestionados por el Supervisor Estatal de Petróleo y Gas. Además, el estado fomenta las operaciones voluntarias de represurización y podría necesitar usar la expropiación forzosa para gestionar la subsidencia de manera efectiva, incluso si esto significa adquirir propiedades de propietarios que no consienten.
Section § 3316
Esta sección explica que las reglas generales y las definiciones establecidas en el capítulo se aplican para entender e interpretar este artículo, a menos que la situación exija una interpretación diferente.
Section § 3316.1
Esta ley define lo que significa «persona» en el contexto específico de este artículo. No solo incluye a los seres humanos, sino también a varios tipos de organizaciones como corporaciones, sociedades y sociedades de responsabilidad limitada. También abarca roles legales como fideicomisarios y albaceas, además de entidades gubernamentales y subdivisiones como ciudades y departamentos estatales.
Section § 3316.2
Esta sección legal define qué es un 'yacimiento' en el contexto de la producción de petróleo y gas. Se refiere a un reservorio subterráneo que actualmente contiene o se cree que contiene petróleo crudo, gas natural o ambos. Si hay diferentes zonas dentro de esta estructura subterránea que están separadas entre sí, cada una de estas zonas se considera un yacimiento separado.
Section § 3316.3
Section § 3316.4
Section § 3316.5
Esta sección define el término 'subsidencia' como cualquier forma de movimiento del terreno, como hundimiento, descenso, colapso o compactación, independientemente de si el terreno está bajo el agua o seco.
Section § 3316.6
Section § 3316.7
Section § 3316.8
Section § 3316.9
Section § 3316.10
"Producción incrementada" se refiere a la cantidad adicional de petróleo o gas extraído de pozos en un área determinada debido al uso de operaciones de represurización. Esto se compara con la cantidad que se habría producido sin dichas operaciones, basándose en una tasa de declive prevista.
Section § 3316.11
En pocas palabras, un «interés de explotación» es el derecho que alguien tiene para explorar y producir petróleo y gas en terrenos que posee o controla. Este derecho puede provenir de la propiedad del terreno mismo o a través de acuerdos como arrendamientos o contratos de operación. Incluso si el propietario permite que otra parte se encargue de la perforación real bajo un acuerdo, todavía conserva el interés de explotación.
Section § 3316.12
Esta sección de la ley define a un 'propietario de interés operativo' como la persona que posee un interés operativo.
Section § 3316.13
Esta sección define el 'interés de regalía' como el derecho sobre el petróleo y gas extraídos de un terreno, o sobre las ganancias de la primera venta de dicho petróleo y gas, sin estar involucrado en la operación o producción real de su extracción.
Section § 3316.14
En este contexto, un 'propietario de interés de regalía' es simplemente alguien que posee la titularidad de un interés de regalía.
Section § 3316.15
Un "operador de unidad" es el individuo o grupo identificado en un acuerdo de unidad o según lo establecido en partes específicas de otra sección, para gestionar las operaciones de un área unificada para la extracción de recursos o actividades relacionadas.
Section § 3316.16
Este estatuto aclara que el término “terreno” incluye tanto los derechos sobre la superficie del suelo como los derechos sobre los minerales que se encuentran debajo.
Section § 3317
Section § 3318
Section § 3319
Esta sección describe el proceso para abordar los problemas de subsidencia (hundimiento del terreno) en campos de petróleo y gas. Si existe preocupación por el hundimiento del suelo en una zona donde se produce petróleo o gas, el supervisor estatal puede organizar una audiencia pública para discutir soluciones. Ciudades, condados, contratistas o cualquier persona interesada en el campo puede presentar una solicitud con un informe de ingeniería que muestre cómo abordar el problema. Todos los costos de la audiencia deben ser cubiertos por los solicitantes. Si el supervisor determina que las operaciones de represurización pueden ayudar, se creará un plan para implementar estas operaciones sin comprometer la futura recuperación de petróleo y gas. El plan puede ser revisado y modificado según sea necesario basándose en nuevos datos, y se pueden ordenar audiencias posteriores para considerar cambios.
Section § 3319.1
Antes de implementar un plan para aumentar la presión en los campos de petróleo o gas para abordar la subsidencia del terreno, debe celebrarse una audiencia pública si una ciudad, condado o entidad involucrada presenta un plan de ingeniería que detalla cómo gestionar la presión. La audiencia considera si los métodos propuestos ayudarán a prevenir la subsidencia sin reducir significativamente la cantidad de petróleo o gas que se puede extraer.
Si el plan de represurización propuesto parece beneficioso, el supervisor lo aprobará. Este plan puede revisarse si es necesario después de otra audiencia pública para asegurar que se alinee con planes de represurización a nivel de campo más amplios.
Section § 3320
Esta ley fomenta el proceso voluntario de represurización en yacimientos de petróleo o gas para evitar que la tierra se hunda (subsidencia) o por otras razones legales. El supervisor puede aprobar estas operaciones antes de que exista un plan formal si no son perjudiciales. Una vez establecido un plan, el supervisor revisa y aprueba las operaciones en curso o propuestas que se ajusten a dicho plan. Si se aprueban, las partes pueden proceder sin supervisión directa, a menos que se especifique lo contrario.
Para los acuerdos que involucran tierras concedidas a gobiernos locales que no reservan los derechos minerales al estado, se aplican condiciones adicionales. Si las operaciones aprobadas no comienzan dentro de un plazo específico, la aprobación se revoca automáticamente. El supervisor tiene derecho a inspeccionar las operaciones de represurización en cualquier momento para asegurar que cumplen con los estándares aprobados y puede hacer cumplir la normativa.
Section § 3320.1
Esta ley permite la creación y aprobación de acuerdos para gestionar la producción de petróleo y gas de diferentes parcelas de tierra como una sola unidad. Estos acuerdos pueden incluir operaciones para restaurar la presión (represurización) en los campos de petróleo y gas para abordar el hundimiento del terreno. Dichos acuerdos, que comparten los beneficios y costos entre los propietarios, deben presentarse al supervisor para su aprobación. El supervisor puede aprobar el acuerdo si no es perjudicial o ilegal.
Si se aprueba, el acuerdo puede obligar a la participación de los propietarios que no consienten en ciertos casos, utilizando el derecho de expropiación forzosa. Esto significa que si el 75% de los propietarios han acordado, el estado puede obligar a otros a unirse tomando su propiedad para uso público, pero debe causar el menor daño posible.
Todas las partes, incluidas las ciudades o condados, pueden utilizar la expropiación forzosa para adquirir la tierra o propiedad necesaria, asegurando que el proyecto sea compatible con el bien público. La ley guía el procedimiento legal si las propiedades necesitan ser expropiadas y asegura una acción rápida para tales adquisiciones.
Section § 3320.2
Esta ley aborda el proceso de "unitización", mediante el cual el supervisor de California, encargado de las operaciones de petróleo y gas, puede exigir a diversas partes interesadas (propietarios de intereses operativos y propietarios de intereses de regalías) que colaboren en operaciones de represurización. Estas operaciones ayudan a mejorar la recuperación de petróleo o gas de un yacimiento o campo. Si las partes interesadas no se ponen de acuerdo voluntariamente para trabajar juntas, el supervisor puede obligarlas a hacerlo si esto beneficia el proceso de recuperación de petróleo.
Sin embargo, el supervisor solo puede aplicar esta medida si no reduce significativamente la cantidad total de petróleo recuperable o si el costo se justifica por el aumento esperado de la producción. Además, el supervisor puede seguir supervisando y ajustando estas operaciones si es necesario.
Section § 3320.3
Esta ley explica cómo se evalúan los costos de ciertas operaciones petroleras, llamadas de represión. Si alguien acepta pagar más de lo que le corresponde de estos costos, esa cantidad adicional se ignorará al calcular el costo total frente a la ganancia anticipada de la producción aumentada.
Las personas que paguen extra serán reembolsadas a través de una parte de las ganancias de la producción aumentada, hasta que recuperen la cantidad total que cubrieron más intereses. La parte que reciban estará entre el 60% y el 90% de las ganancias de la producción aumentada, considerada justa por un supervisor.
Si el supervisor considera razonable esta oferta de reparto de costos, emitirá una orden que detallará cómo y cuándo se reembolsarán estos costos adicionales a través de las ganancias provenientes de la producción petrolera aumentada.
Section § 3320.4
Esta ley permite al Estado, o a cualquier gobierno local, usar los ingresos del petróleo o gas extraído de terrenos submarinos para ayudar a pagar las operaciones de represurización que combaten la subsidencia, que es el hundimiento de la tierra. Esta financiación puede cubrir costos que superan lo que los operadores pagarían normalmente como parte de un acuerdo obligatorio o voluntario, con la expectativa de que estos costos puedan ser reembolsados condicionalmente más adelante.
Section § 3320.5
Esta ley establece que si usted está involucrado en la producción de petróleo y gas y sigue todas las reglas de un acuerdo cooperativo o de unidad, no será considerado responsable de ninguna pérdida o daño derivado de actividades como la represurización, siempre y cuando no actúe con negligencia.
Section § 3321
Esta ley explica que un supervisor tiene la facultad de emitir una orden de unidad obligatoria para la producción de petróleo o gas si se cumplen condiciones específicas. Esta orden puede ser solicitada por una ciudad, un condado u otras partes interesadas afectadas por la subsidencia del terreno, que es el hundimiento gradual de la tierra, a menudo debido a la extracción de recursos como el petróleo o el gas. Antes de emitir dicha orden, debe celebrarse una audiencia pública dentro de los 60 días siguientes a la presentación de una petición.
Después de una audiencia, si el supervisor concluye que las operaciones de represurización (que ayudan a gestionar la subsidencia) son necesarias porque las partes involucradas no pueden ponerse de acuerdo o tomar medidas, y si la subsidencia continua está dañando el terreno, los edificios, el comercio o la seguridad, entonces se puede ordenar la operación de unidad. Esto significa organizar los recursos del terreno de manera uniforme para gestionar eficazmente la situación basándose en un plan de represurización ya aprobado. La unidad debe considerarse factible, necesaria y justificada, asegurando que los términos sean justos y razonables para todos los involucrados.
Section § 3322
Esta ley permite a un supervisor ordenar una operación unificada de terrenos, incluyendo diferentes propiedades, para gestionar la producción de petróleo y gas de manera que se protejan los derechos de todas las partes involucradas. Especifica la zona unitaria, la naturaleza del plan de represurización para evitar el hundimiento del terreno (subsidencia), y las condiciones para continuar la producción de petróleo o gas. La ley detalla cómo se comparten equitativamente la producción y los costos entre los participantes, basándose en el valor de petróleo y gas de cada parcela de terreno.
Permite fórmulas provisionales y finales para distribuir la producción y los gastos, exigiendo ajustes basados en factores específicos. Se detallan los pormenores de la financiación, con consideraciones para aquellos que no puedan cubrir los gastos con prontitud. El estatuto exige un comité operativo para supervisar la gestión y designa un 'operador de la unidad' según sea necesario. También cubre los procedimientos de votación, el inicio y la terminación de las operaciones, y cualquier otra disposición necesaria para asegurar una represurización y un control de la subsidencia efectivos.
Section § 3322.1
Antes de que cualquier plan para combinar terrenos de petróleo y gas para la producción pueda ser implementado, necesita el respaldo de los propietarios que reciben el 65% de las ganancias de la producción (antes de las regalías), calculado según la producción del año anterior. Si este acuerdo no se logra de inmediato, se realizan audiencias adicionales. Si estos propietarios no aprueban en un plazo de seis meses, el plan se cancela.
Section § 3323
Section § 3324
Esta sección describe los procedimientos para las audiencias relacionadas con temas específicos en California. Cualquier persona interesada puede asistir, hablar y presentar pruebas. Los participantes deben prestar juramento, y todo lo que ocurra en la audiencia será grabado. Se detalla cómo el supervisor manejará los juramentos, las citaciones (órdenes para comparecer), las declaraciones (testimonios bajo juramento fuera de la corte) y las multas por no cumplir, según las reglas de esta división.
Si es necesario, un funcionario de la Oficina de Audiencias Administrativas puede ayudar a dirigir la audiencia, pero no tomará ciertas decisiones. La restricción que impide testificar sobre el contenido de los registros se elimina en este contexto, lo que permite que los registros se utilicen como prueba en estas audiencias o en los tribunales.
Section § 3325
Section § 3326
Esta sección de la ley explica que una orden existente para la operación unitaria puede modificarse si hay una buena razón, pero requiere una nueva orden del supervisor. Sin embargo, el porcentaje de petróleo y gas asignado a terrenos individuales no puede modificarse a menos que todos los afectados estén de acuerdo. Cualquier nueva orden debe cumplir los mismos requisitos que la original, incluyendo los hallazgos y restricciones necesarios. La sección también aclara que no impide la creación de una fórmula temporal para distribuir la producción unitaria, como se menciona en otra sección específica.
Section § 3327
Section § 3328
Esta ley explica cómo se gestiona la producción de petróleo y gas cuando varios propietarios tienen derechos en una misma área. Aunque el petróleo se extraiga de un área general, legalmente se considera como si proviniera de la propiedad específica de cada propietario. Cada propietario recibe su parte del petróleo o de las ganancias como si el petróleo se hubiera extraído directamente de su propiedad. Las operaciones en esta área compartida cumplen con todas las obligaciones de cualquier contrato o arrendamiento que los propietarios puedan tener. Todos los pozos, independientemente de su ubicación exacta en la unidad, se consideran como si estuvieran en el terreno específico de cada propietario.
Section § 3329
Esta sección de la ley autoriza a un operador de la unidad a gestionar el desarrollo y las operaciones para la extracción de petróleo, gas y otros hidrocarburos en nombre de todos los propietarios de derechos minerales en un área designada. Cada propietario es responsable de su propia parte de los gastos y no puede ser considerado responsable por más de su porción asignada.
El operador de la unidad tiene derecho a imponer un gravamen sobre el equipo y la producción de cada terreno para asegurar el pago de los gastos evaluados contra ese terreno. Este gravamen puede ejecutarse según lo establecido en la Sección 3330. Solo aquellos responsables de los costos de producir recursos sin unitización deben cubrir las evaluaciones de gastos para su terreno específico.
Section § 3330
Si a una persona encargada de operar una unidad de petróleo o gas no se le han pagado los costos que ha cubierto en nombre de otros, puede establecer un gravamen sobre el equipo del deudor y su parte de la producción de la unidad de petróleo o gas. Esto se hace presentando una declaración jurada detallada en el condado local, explicando lo que está impago y notificando al deudor al menos 20 días antes de la presentación. El gravamen debe presentarse dentro de los 90 días siguientes a la finalización de los gastos o el trabajo. El gravamen cubre el petróleo y gas producido, no bienes inmuebles, y puede ejecutarse como un gravamen de mecánico. El operador puede vender la producción para cubrir la deuda, pero debe guardar las ganancias hasta que se resuelva el problema.
Section § 3331
Section § 3332
Section § 3333
Si no está de acuerdo con una decisión tomada por el supervisor, puede solicitar a un tribunal que la revise. Para ello, debe presentar una petición especial, llamada auto de mandamus, en el condado donde se encuentra o ha ocurrido el asunto. Debe iniciar este proceso dentro de los 30 días siguientes a la recepción del registro oficial de la decisión.
Debe notificar al supervisor dentro de los 60 días si planea presentar una petición ante el tribunal, o dentro de los 60 días posteriores a una decisión de reconsideración. Este aviso debe detallar con qué no está de acuerdo. Después de informarles, el supervisor estimará el costo de preparar la transcripción de la decisión, que usted debe pagar en 10 días. Una vez pagado, recibirá la transcripción en un plazo de 60 días, pero el supervisor puede extender este plazo a 90 días si es necesario.
Section § 3334
Section § 3335
Section § 3336
Esta ley permite a un supervisor celebrar una audiencia pública para establecer o cambiar los límites de un terreno específico si hay una solicitud de una persona interesada. Si, después de la audiencia, se determina que el terreno cumple con ciertos criterios, el supervisor fijará oficialmente los límites. El supervisor también tiene autoridad continua para celebrar más audiencias para ajustar estos límites si es necesario.
Section § 3337
Esta ley exige que la división debe supervisar todas las actividades relacionadas con el aumento de la presión dentro de los yacimientos de petróleo o gas en todo el estado.
Section § 3341
Section § 3342
Esta ley explica cómo se modifican los arrendamientos, contratos y derechos cuando existe una orden o regulación de unitización para operaciones de petróleo y gas. Básicamente, establece que, aunque los arrendamientos y contratos pueden modificarse para ajustarse a la orden, esto no extiende su plazo ni cambia la propiedad de la tierra o los recursos. El título de propiedad de la tierra o los derechos minerales permanece con los propietarios originales, no se transfiere al operador de la unidad ni a otras partes involucradas en la operación. Las ganancias de la producción son propiedad de los propietarios originales, según lo especificado por la orden de unitización. El operador de la unidad gestiona los recursos y costos compartidos para la operación, pero los activos siguen siendo propiedad de los propietarios de intereses participantes.
Section § 3343
Si alguien rompe deliberadamente una regla de este artículo, se enfrenta a una multa de $1,000 por cada infracción y por cada día que esta continúe. El Fiscal General puede demandar para cobrar esta multa, y cobrarla no exime al infractor de pagar daños adicionales a otras personas. Si alguien ayuda a otra persona a romper las reglas, se enfrenta a la misma multa.
Section § 3344
Esta ley permite a un supervisor demandar en los tribunales si alguien está incumpliendo, o amenazando con incumplir, ciertas normas u órdenes. El tribunal puede emitir órdenes para detener estas acciones. Si el supervisor no actúa dentro de los 10 días siguientes a una solicitud por escrito de una persona afectada, esa persona puede presentar la demanda por sí misma. Después de la presentación, el supervisor asume el caso si el tribunal decide conceder una orden judicial.
No se pueden reclamar daños y perjuicios contra la mayoría de las partes involucradas, como arrendadores o contratistas, excepto el propietario del interés de explotación. Sin embargo, las reclamaciones por daños solo se permiten después de que se ignore una orden oficial. Además, en cualquier demanda que presente el supervisor, otros demandados no pueden presentar contrademandas ni intentar involucrar a otros por daños y perjuicios.
Section § 3345
Section § 3346
Esta ley establece que las normas de este artículo tienen prioridad sobre cualesquiera normas en conflicto encontradas en otras leyes relacionadas con terrenos de marea y sumergidos, o en cualesquiera concesiones legislativas o enmiendas relativas a estos terrenos.
Section § 3347
Esta ley establece que si alguna parte de este artículo se declara inconstitucional o inválida, esa decisión no afectará el resto del artículo. Básicamente, cada parte del artículo está diseñada para ser independiente, por lo que eliminar una sección invalidada no afectará la eficacia de las demás secciones.