Ley de Parques Comunitarios deAdministración
Section § 5720
Esta ley explica cómo se distribuyen los fondos de subvención a condados, ciudades y distritos para parques y recreación, basándose en el tamaño de sus poblaciones. El Departamento de Parques y Recreación, junto con el Departamento de Finanzas, utiliza datos censales y otros para asignar estos fondos. El cuarenta por ciento de los fondos se destina a condados y distritos regionales, asegurando que cada condado reciba al menos $100,000, con ajustes basados en la población dentro o fuera de los territorios de los distritos.
El sesenta por ciento de los fondos se asigna a ciudades y distritos no regionales, y cada uno recibe al menos $20,000. Si una ciudad y un distrito se superponen, los fondos se dividen según su responsabilidad en la gestión de parques en esas áreas; a menos que solo uno gestione los parques, en cuyo caso recibe todos los fondos. Las áreas superpuestas deben acordar y presentar un plan específico antes del 1 de octubre de 1986, o la asignación será determinada por el Departamento de Parques y Recreación.
Section § 5721
Para solicitar una subvención, las personas deben presentar solicitudes al departamento, asegurándose de que cumplen con los requisitos del capítulo. La solicitud también debe incluir una certificación de que el proyecto se alinea con los planes locales de parques y recreación y aborda una necesidad de alta prioridad. Se fomenta la colaboración entre jurisdicciones vecinas para solicitudes conjuntas. Las subvenciones requieren un mínimo de $20,000 por proyecto, y todas las solicitudes deben cumplir con la Ley de Calidad Ambiental de California.
Cuando las subvenciones implican la compra de propiedades, el estado financiará el 75%, mientras que el resto debe provenir de fondos locales o propiedades donadas. Los solicitantes deben demostrar fondos de contrapartida no estatales antes de iniciar el proyecto. Cada año, se informa al Director de Finanzas sobre el total de fondos a asignar, que luego se incluyen en el presupuesto estatal. Se publicará una lista de proyectos aprobados y fondos para cada jurisdicción. Finalmente, los beneficiarios de la subvención deben comprometer los fondos dentro de los tres años posteriores a su asignación, independientemente de la fecha de aprobación.
Section § 5722
Section § 5723
Esta ley detalla las condiciones que un solicitante debe aceptar para recibir fondos de subvención. Primero, deben comprometerse a que cualquier propiedad adquirida o desarrollada con estos fondos se utilizará únicamente para el propósito previsto, a menos que la Legislatura autorice un cambio. Segundo, deben aceptar mantener y operar la propiedad por un período que corresponda a la naturaleza del proyecto y a su financiación. Finalmente, deben hacer que la propiedad sea accesible al público para una fecha específica, que no debe superar los tres años desde la aprobación del proyecto. Si hay retrasos fuera del control del solicitante, se puede conceder una prórroga. De lo contrario, si la propiedad no está abierta al público a tiempo, la subvención debe ser devuelta en su totalidad, y el solicitante no podrá recibir más fondos bajo este capítulo. Los fondos devueltos se reasignarán según lo descrito en otra sección de la ley.