Section § 5720

Explanation

Esta ley explica cómo se distribuyen los fondos de subvención a condados, ciudades y distritos para parques y recreación, basándose en el tamaño de sus poblaciones. El Departamento de Parques y Recreación, junto con el Departamento de Finanzas, utiliza datos censales y otros para asignar estos fondos. El cuarenta por ciento de los fondos se destina a condados y distritos regionales, asegurando que cada condado reciba al menos $100,000, con ajustes basados en la población dentro o fuera de los territorios de los distritos.

El sesenta por ciento de los fondos se asigna a ciudades y distritos no regionales, y cada uno recibe al menos $20,000. Si una ciudad y un distrito se superponen, los fondos se dividen según su responsabilidad en la gestión de parques en esas áreas; a menos que solo uno gestione los parques, en cuyo caso recibe todos los fondos. Las áreas superpuestas deben acordar y presentar un plan específico antes del 1 de octubre de 1986, o la asignación será determinada por el Departamento de Parques y Recreación.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5720(a) Los fondos de subvención autorizados para el programa se asignarán a los condados, ciudades y distritos en función de sus poblaciones, según lo determine el Departamento de Parques y Recreación en cooperación con el Departamento de Finanzas, basándose en los datos censales verificables más recientes y en cualquier otro dato demográfico que el Departamento de Parques y Recreación pueda requerir que sea proporcionado por cualquier condado, ciudad o distrito.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5720(b) El cuarenta por ciento del total de los fondos disponibles para subvenciones se asignará a los condados y a los distritos regionales de parques, espacios abiertos, o parques y espacios abiertos formados de conformidad con el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 5500). La asignación de cada condado estará en la misma proporción que la población del condado con respecto a la población total del estado, excepto que cada condado tendrá derecho a una asignación mínima de cien mil dólares ($100,000). En cualquier condado que abarque todo o parte del territorio de un distrito regional de parques, espacios abiertos, o parques y espacios abiertos cuya junta directiva no sea la junta de supervisores del condado, la cantidad asignada al condado se repartirá entre el condado y el distrito regional en proporción a la población del condado que está incluida dentro del territorio del distrito regional y la población del condado que está fuera del territorio del distrito regional.
(c)Copy CA Recursos Públicos Code § 5720(c)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 5720(c)(1) El sesenta por ciento del total de los fondos disponibles para subvenciones se asignará a las ciudades y distritos, que no sean distritos regionales de parques, espacios abiertos, o parques y espacios abiertos. La asignación de cada ciudad y de cada uno de dichos distritos estará en la misma proporción que la población de la ciudad o del distrito con respecto al total combinado de la población del estado que está incluida en áreas incorporadas y en áreas no incorporadas dentro de los distritos, excepto que cada ciudad o distrito tendrá derecho a una asignación mínima de veinte mil dólares ($20,000). En cualquier caso en que el límite de una ciudad se superponga con el límite de un distrito, la población en el área de jurisdicciones superpuestas se atribuirá a cada jurisdicción en proporción a la medida en que cada una opera y gestiona parques y áreas e instalaciones recreativas para esa población. En cualquier caso en que el límite de una ciudad se superponga con el límite de un distrito, y en el área de superposición la ciudad no opere y gestione parques y áreas e instalaciones recreativas, todos los fondos de subvención se asignarán al distrito.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5720(c)(2) Cada ciudad y otro distrito cuyos límites se superpongan, desarrollará un plan específico para asignar los fondos de subvención de acuerdo con la fórmula especificada en el párrafo (1). Si, para el 1 de octubre de 1986, el plan no ha sido acordado por las jurisdicciones afectadas y presentado al Departamento de Parques y Recreación, el Director de Parques y Recreación determinará la asignación de los fondos de subvención entre las jurisdicciones afectadas.

Section § 5721

Explanation

Para solicitar una subvención, las personas deben presentar solicitudes al departamento, asegurándose de que cumplen con los requisitos del capítulo. La solicitud también debe incluir una certificación de que el proyecto se alinea con los planes locales de parques y recreación y aborda una necesidad de alta prioridad. Se fomenta la colaboración entre jurisdicciones vecinas para solicitudes conjuntas. Las subvenciones requieren un mínimo de $20,000 por proyecto, y todas las solicitudes deben cumplir con la Ley de Calidad Ambiental de California.

Cuando las subvenciones implican la compra de propiedades, el estado financiará el 75%, mientras que el resto debe provenir de fondos locales o propiedades donadas. Los solicitantes deben demostrar fondos de contrapartida no estatales antes de iniciar el proyecto. Cada año, se informa al Director de Finanzas sobre el total de fondos a asignar, que luego se incluyen en el presupuesto estatal. Se publicará una lista de proyectos aprobados y fondos para cada jurisdicción. Finalmente, los beneficiarios de la subvención deben comprometer los fondos dentro de los tres años posteriores a su asignación, independientemente de la fecha de aprobación.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5721(a) Las solicitudes individuales de subvenciones se presentarán al departamento para su aprobación en cuanto a la conformidad con los requisitos de este capítulo. La solicitud deberá ir acompañada de una certificación de la agencia de planificación del solicitante de que el proyecto para el cual se solicita la subvención es consistente con el elemento de parques y recreación del plan general de la ciudad o condado aplicable o del plan de parques y recreación del distrito y satisfará una necesidad de alta prioridad. Con el fin de utilizar los fondos de subvención disponibles de la manera más efectiva posible, se alienta a las jurisdicciones superpuestas o adyacentes a combinar proyectos y presentar una solicitud conjunta.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5721(b) La cantidad mínima que el solicitante puede solicitar para cualquier proyecto individual es de veinte mil dólares ($20,000).
(c)CA Recursos Públicos Code § 5721(c) Toda solicitud deberá cumplir con la Ley de Calidad Ambiental de California (Division 13 (commencing with Section 21000)).
(d)CA Recursos Públicos Code § 5721(d) Las subvenciones que sean total o parcialmente para la adquisición de bienes inmuebles se otorgarán sobre la base de un 75 por ciento de fondos estatales y un 25 por ciento de fondos locales de contrapartida o bienes donados para formar parte del proyecto. El beneficiario de la subvención certificará al departamento que hay disponibles, o que estarán disponibles antes del inicio de cualquier trabajo en el proyecto, fondos de contrapartida o bienes por la cantidad requerida de una fuente no estatal. La certificación de la fuente y la cantidad o valor se establecerá en la solicitud.
(e)CA Recursos Públicos Code § 5721(e) El director remitirá anualmente una declaración del importe total que se asignará en cada año fiscal para proyectos aprobados para subvenciones al Director de Finanzas para su inclusión en el Proyecto de Ley de Presupuesto. La cantidad de fondos de subvención que se asignará a cada jurisdicción elegible se publicará en el Presupuesto del Gobernador para el año fiscal en el que se realizará la asignación de dichas subvenciones y, tan pronto como sea posible después, el departamento pondrá a disposición una lista de los proyectos para los que se han aprobado subvenciones.
(f)CA Recursos Públicos Code § 5721(f) Los fondos de la subvención serán comprometidos por el beneficiario dentro de los tres años siguientes a la fecha en que la asignación entró en vigor, independientemente de la fecha en que el proyecto fue aprobado por el departamento de conformidad con esta sección.

Section § 5722

Explanation
Esta ley establece que el dinero de la subvención solo puede usarse para proyectos en terrenos que el solicitante posee o sobre los que tiene un control significativo, como a través de un arrendamiento. Si el terreno no es propiedad del solicitante, este debe demostrar al director que su proyecto beneficiará el terreno en proporción a su nivel de control sobre este. Además, los fondos de la subvención solo pueden usarse para actividades directamente relacionadas con la gestión y el funcionamiento de parques e instalaciones recreativas.

Section § 5723

Explanation

Esta ley detalla las condiciones que un solicitante debe aceptar para recibir fondos de subvención. Primero, deben comprometerse a que cualquier propiedad adquirida o desarrollada con estos fondos se utilizará únicamente para el propósito previsto, a menos que la Legislatura autorice un cambio. Segundo, deben aceptar mantener y operar la propiedad por un período que corresponda a la naturaleza del proyecto y a su financiación. Finalmente, deben hacer que la propiedad sea accesible al público para una fecha específica, que no debe superar los tres años desde la aprobación del proyecto. Si hay retrasos fuera del control del solicitante, se puede conceder una prórroga. De lo contrario, si la propiedad no está abierta al público a tiempo, la subvención debe ser devuelta en su totalidad, y el solicitante no podrá recibir más fondos bajo este capítulo. Los fondos devueltos se reasignarán según lo descrito en otra sección de la ley.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5723(a) Ningún fondo de subvención autorizado por este capítulo será desembolsado hasta que el solicitante acepte que cualquier propiedad adquirida o desarrollada con esos fondos será utilizada por el solicitante únicamente para el propósito para el cual se solicitaron los fondos y que ningún otro uso de la propiedad será permitido excepto por un acto específico de la Legislatura.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5723(b) Ningún fondo será desembolsado a menos que el solicitante acepte mantener y operar la propiedad a adquirir o desarrollar por un período acorde con el tipo de proyecto y la proporción de fondos estatales y fondos de contrapartida locales o propiedad asignados a los costos de capital del proyecto.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5723(c) Ningún fondo será desembolsado a menos que el solicitante acepte hacer que la propiedad a adquirir o desarrollar esté abierta al uso público para una fecha especificada en el acuerdo. Esa fecha no será más de tres años después de la fecha en que el proyecto fue aprobado por el departamento conforme a la Sección 5721. El departamento podrá conceder un aplazamiento de la fecha especificada si la propiedad no está o no estará abierta al uso público para la fecha especificada debido a circunstancias totalmente ajenas al control del solicitante. Si la propiedad no está abierta al uso público para la fecha especificada en el acuerdo, y cualquier aplazamiento del mismo concedido por el departamento, los fondos de subvención serán restituidos en su totalidad al departamento y el solicitante quedará inhabilitado para recibir cualquier fondo adicional que pueda estar disponible conforme a este capítulo. Cualquier fondo restituido conforme a esta sección será depositado en el fondo y estará disponible para asignación conforme a la subdivisión (b) de la Sección 5711.

Section § 5724

Explanation
Esta ley establece que si alguien recibe una subvención bajo este capítulo, el departamento puede auditar en cualquier momento tanto la subvención como la forma en que el beneficiario está utilizando los fondos.

Section § 5725

Explanation
Esta ley permite que hasta $400,000 de los fondos disponibles bajo este capítulo se utilicen para cubrir los costos administrativos estatales relacionados con la implementación y gestión de este capítulo.