Section § 5791

Explanation

Esta ley explica cómo una junta directiva puede crear zonas especiales dentro de un distrito para ofrecer servicios diferentes o recaudar más ingresos. La junta comienza adoptando una resolución que detalla los límites de la zona, los servicios, los métodos de financiación y las razones de su creación, además de sugerir un nombre. Alternativamente, los residentes también pueden iniciar el proceso mediante una petición firmada por al menos el 10% de los votantes registrados del área. Una vez que la junta aprueba o recibe una petición válida, debe programar una audiencia pública, notificando a la comunidad con al menos 20 días de antelación a través de correo y avisos en periódicos locales y lugares públicos.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5791(a) Cuando una junta directiva determine que es de interés público proporcionar servicios diferentes, proporcionar diferentes niveles de servicio o recaudar ingresos adicionales dentro de áreas específicas del distrito, podrá formar una o más zonas conforme a este artículo.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5791(b) La junta directiva iniciará los procedimientos para la formación de una nueva zona mediante la adopción de una resolución que haga todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(1) Establezca que la propuesta se hace conforme a este artículo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(2) Exponga una descripción de los límites del territorio que se incluirá en la zona.
(3)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(3) Establezca los servicios diferentes, los diferentes niveles de servicio o los ingresos adicionales que la zona proporcionará.
(4)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(4) Exponga los métodos mediante los cuales se financiarán esos servicios o niveles de servicio.
(5)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(5) Establezca las razones para formar la zona.
(6)CA Recursos Públicos Code § 5791(b)(6) Proponga un nombre o número para la zona.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5791(c) Una propuesta para formar una nueva zona también podrá ser iniciada por una petición firmada por no menos del 10 por ciento de los votantes registrados que residan dentro de la zona propuesta. La petición deberá contener todos los asuntos requeridos por la subdivisión (b).
(d)CA Recursos Públicos Code § 5791(d) Tras la adopción de una resolución o la recepción de una petición válida, la junta directiva fijará la fecha, hora y lugar para la audiencia pública sobre la formación de la zona. La junta directiva publicará un aviso de la audiencia, incluyendo la información requerida por la subdivisión (b), conforme a la Sección 6061 del Código de Gobierno en uno o más periódicos de circulación general en el distrito. La junta directiva enviará por correo el aviso al menos 20 días antes de la fecha de la audiencia a todos los propietarios de bienes inmuebles dentro de la zona propuesta. La junta directiva fijará el aviso en al menos tres lugares públicos dentro del territorio de la zona propuesta.

Section § 5791.1

Explanation

Esta ley describe el proceso para formar una zona y abordar cualquier objeción durante una audiencia. Si más del 50% de los residentes o la mayoría de los propietarios se oponen, la junta debe detener el proceso de formación. Si la oposición es del 50% o menos, la junta puede seguir adelante con la creación de la zona.

Si la financiación de la zona implica impuestos especiales, evaluaciones, tarifas o bonos, debe cumplir con las leyes existentes, y los métodos de financiación propuestos deben ser aprobados por los votantes o propietarios. Sin aprobación, la zona no puede establecerse.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5791.1(a) En la audiencia, la junta directiva escuchará y considerará cualquier protesta a la formación de la zona. Si, al concluir la audiencia, la junta directiva determina (1) que más del 50 por ciento del número total de votantes que residen dentro de la zona propuesta han presentado objeciones por escrito a la formación o (2) que los propietarios que poseen más del 50 por ciento del valor tasado de toda la propiedad gravable en la zona propuesta han presentado objeciones por escrito a la formación, entonces la junta directiva dará por terminados los procedimientos. Si la junta directiva determina que las objeciones por escrito han sido presentadas por el 50 por ciento o menos de esos votantes o propietarios, entonces la junta directiva podrá proceder a formar la zona.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5791.1(b) Si la resolución o petición propone que la zona utilice impuestos especiales, evaluaciones de beneficios, tarifas o bonos de obligación general para financiar sus propósitos, la junta directiva procederá de acuerdo con la ley. Si los votantes o propietarios no aprueban esos métodos de financiación, la zona no se formará.

Section § 5791.3

Explanation

Esta ley permite a una junta directiva cambiar los límites de una zona o disolverla por completo, pero deben seguir procedimientos específicos descritos en otras secciones.

Una junta directiva puede modificar los límites de una zona o disolver una zona siguiendo los procedimientos establecidos en las Secciones 5791 y 5791.1.

Section § 5791.5

Explanation
Esta ley establece que una comisión de formación de agencias locales no es responsable de aprobar o desaprobar la creación, los cambios de límites o la disolución de zonas.

Section § 5791.7

Explanation

Esta sección de la ley describe las facultades y responsabilidades de una 'zona' dentro de un distrito. La junta directiva puede permitir que una zona preste cualquier servicio o ejerza facultades fiscales que el propio distrito pueda ofrecer. Los impuestos especiales, tarifas o bonos destinados a apoyar servicios dentro de una zona deben aplicarse únicamente dentro de esa zona. Además, existen límites en la cantidad de deuda por bonos que una zona puede contraer, y esto debe incluir cualquier deuda de todo el distrito.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5791.7(a) Según lo determine la junta directiva, una zona podrá prestar cualquier servicio a cualquier nivel dentro de sus límites que el distrito pueda prestar.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5791.7(b) Según lo determine la junta directiva y de conformidad con los requisitos de este capítulo, una zona podrá ejercer cualesquiera facultades fiscales dentro de sus límites que el distrito pueda ejercer.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5791.7(c) Cualesquiera impuestos especiales, evaluaciones de beneficios, tarifas o bonos de obligación general que estén destinados únicamente al apoyo de servicios dentro de una zona se gravarán, evaluarán y cobrarán dentro de los límites de la zona.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5791.7(d) Una zona no incurrirá en un endeudamiento por bonos que exceda el límite especificado en la subdivisión (c) de la Sección 5790. Cualquier endeudamiento por bonos de todo el distrito se incluirá al calcular dicho límite.