Section § 5385

Explanation

Esta sección de la ley define términos clave para mejorar la accesibilidad y la comprensión de los parques locales. Las entidades elegibles son ciertas organizaciones sin fines de lucro centradas en la equidad en el acceso al aire libre, las tribus nativas americanas reconocidas a nivel federal y tribus nativas americanas específicas de California. Los servicios interpretativos son actividades educativas en los parques que ayudan a los visitantes a conectar con aspectos naturales, culturales e históricos, y que normalmente no son proporcionados por las entidades locales. Las entidades locales se refieren a ciudades o condados que gestionan parques locales, los cuales no forman parte de los sistemas de parques estatales o federales.

A los efectos de este artículo, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Recursos Públicos Code § 5385(a) Por “entidad elegible” se entiende cualquiera de las siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 5385(a)(1) Una corporación calificada sin fines de lucro de beneficio público organizada de conformidad con la Parte 2 (que comienza con la Sección 5110) de la División 2 del Título 1 del Código de Corporaciones con la misión de aumentar la equidad en el acceso al aire libre.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5385(a)(2) Una tribu nativa americana reconocida a nivel federal.
(3)CA Recursos Públicos Code § 5385(a)(3) Una tribu nativa americana de California incluida en la Lista de Consulta Tribal de California mantenida por la Comisión del Patrimonio Nativo Americano.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5385(b) Por “servicios interpretativos” se entienden las actividades y programas que buscan ayudar a los visitantes del parque participantes a comprender y conectar con los recursos naturales, culturales e históricos de un parque local y que generalmente no son ofrecidos por la entidad local.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5385(c) Por “entidad local” se entiende una ciudad, un condado o una ciudad y condado que posee, mantiene u opera un parque local.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5385(d) Por “parque local” se entiende una playa o un parque que es propiedad, es mantenido u operado por una entidad local y que no forma parte de los sistemas de parques estatales o federales.

Section § 5386

Explanation

Esta ley permite a ciertos grupos usar un parque local para ofrecer recorridos o charlas educativas con hasta 30 personas a la vez, tratándolos como a cualquier otro usuario público del parque. Sin embargo, si los funcionarios locales encuentran razones válidas, pueden establecer reglas especiales para estos grupos. Estas razones incluyen proteger el medio ambiente del parque, asegurar que el acceso público no se vea obstaculizado, ayudar a estos grupos a acceder mejor al parque, o gestionar cualquier responsabilidad legal relacionada con dichas visitas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5386(a) El uso de un parque local por una entidad elegible para proporcionar servicios interpretativos a no más de 30 visitantes del parque participantes a la vez se considerará un uso público permitido del parque local, y será tratado por la entidad local de la misma manera que el uso público general del parque local, siempre que la entidad local no confiera a la entidad elegible ningún beneficio no conferido al público en general.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5386(b) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), una entidad local podrá adoptar requisitos que se apliquen a una entidad elegible que cumpla con los requisitos de la subdivisión (a) si el órgano de gobierno de la entidad local adopta una determinación, respaldada por pruebas sustanciales, de uno o más de los siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 5386(b)(1) Los requisitos son necesarios para asegurar que el acceso público a un parque local, o la protección de los recursos ambientales, no se vea significativamente afectado negativamente por una entidad elegible que cumpla con los requisitos de la subdivisión (a).
(2)CA Recursos Públicos Code § 5386(b)(2) Los requisitos facilitarán el acceso a un parque local por parte de una entidad elegible que cumpla con los requisitos de la subdivisión (a).
(3)CA Recursos Públicos Code § 5386(b)(3) Los requisitos son necesarios para abordar la responsabilidad de la entidad local relacionada con una visita a un parque local por parte de una entidad elegible que cumpla con los requisitos de la subdivisión (a).