Section § 5150

Explanation

Esta ley permite que un condado o una ciudad en California ayude al Estado a adquirir terrenos para uso recreativo, como parques, áreas de juegos o playas.

Cualquier condado o ciudad podrá asistir al Estado en la adquisición de cualquier parque, área de juegos, centro recreativo o playa para ser utilizado con fines recreativos.

Section § 5151

Explanation

Esta ley permite a los condados y ciudades de California donar o transferir terrenos de su propiedad, o que adquieran, al estado para su uso como parques, áreas de juegos, centros recreativos o playas. También pueden usar el dinero que tienen, incluyendo fondos de donaciones o legados, para ayudar al estado a adquirir dichas propiedades recreativas. Estas propiedades serán administradas de acuerdo con los acuerdos aprobados por las leyes existentes.

Cualquier condado o ciudad podrá donar, ceder y otorgar al Estado cualquier bien inmueble de su propiedad, o que pueda adquirir, para un parque, área de juegos, centro recreativo o playa utilizada con fines recreativos. Podrá utilizar cualquier parte de sus fondos, incluidos los fondos recibidos por legado, donación y aquellos recibidos en fideicomiso para la adquisición de dichas propiedades, según sea necesario para ayudar al Estado a adquirir cualquier parque, área de juegos, centro recreativo o playa con fines recreativos, para ser cuidado, mantenido y controlado bajo cualquier acuerdo o arreglo autorizado por el artículo uno del capítulo uno de esta división.

Section § 5152

Explanation
Esta ley permite a los gobiernos de condados o ciudades ceder el control de carreteras, autopistas, senderos o derechos de vía dentro de un parque estatal a la autoridad gestora del parque. Una vez que la autoridad del parque acepta, obtiene jurisdicción sobre estas áreas.

Section § 5153

Explanation

Esta ley explica cómo una carretera, autopista, sendero o derecho de vía puede ser cedido oficialmente a la autoridad del parque. La transferencia debe ser aprobada mediante una resolución formal por la junta o el órgano de gobierno que actualmente la supervisa. Esta decisión debe quedar documentada en las actas de la reunión después de una notificación pública y una audiencia.

Una vez que la autoridad del parque esté de acuerdo, esta resolución puede registrarse en la oficina del registrador del condado y una copia debe presentarse ante la autoridad del parque.

La cesión a la autoridad del parque de cualquier carretera, autopista, sendero o derecho de vía se realizará mediante resolución de la junta o el órgano de gobierno con jurisdicción, asentada en sus actas, después de notificación y audiencia. Una copia certificada de la resolución, con la aceptación de la autoridad del parque refrendada en ella, podrá registrarse en la oficina del registrador del condado en el que se encuentre la carretera, autopista o sendero, y una copia certificada se presentará ante la autoridad del parque.

Section § 5155

Explanation

Esta ley permite que la junta de supervisores de un condado, si todos están de acuerdo, use dinero de ciertos fondos para pagar o recomprar los bonos del condado. Esto incluye realizar pagos de bonos para áreas donde se aplican o se aplicarán impuestos especiales para proyectos como la adquisición de terrenos o el mantenimiento de parques dentro del condado.

La junta de supervisores de cualquier condado podrá, por voto unánime, gastar cualquier porción de los fondos en cualquiera de los fondos mencionados en la sección 5156 para el pago de capital o intereses, el rescate o la compra de bonos del condado o de un distrito de evaluación especial dentro del condado si se han o se van a imponer evaluaciones especiales para dichos pagos, y los ingresos de los bonos se han utilizado para la adquisición de terrenos o la mejora o mantenimiento de terrenos o parques públicos dentro del condado.

Section § 5156

Explanation

Esta ley establece que los gastos para ciertas actividades descritas en otra sección pueden provenir del fondo general del condado o del dinero recibido de una emisión de bonos del condado. Estos fondos están destinados a la compra de terrenos o a la mejora y el mantenimiento de parques públicos en el condado.

Los gastos autorizados por la Sección 5155 podrán realizarse con cargo a cualquiera de los siguientes fondos:
(a)CA Recursos Públicos Code § 5156(a) El fondo general del condado.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5156(b) Los ingresos de cualquier emisión de bonos del condado votada con el propósito de adquirir terrenos o mejorarlos o mantenerlos como parque público dentro del condado, o de cualquier otro fondo disponible para tales fines.

Section § 5157

Explanation

Esta ley permite a cualquier condado de California adquirir terrenos mediante compra, arrendamiento o donación para usarlos como parques públicos, playas, áreas de recreación o bulevares, incluso si el terreno está en otro condado. Sin embargo, si el terreno está fuera del condado adquirente, el condado donde se encuentra el terreno debe primero dar su consentimiento aprobando una resolución. Una vez adquirido, el terreno se rige por las normas y regulaciones del condado que lo compró.

Cualquier condado puede comprar o arrendar, u obtener por donación, terrenos ubicados en el condado, o en otros condados, y puede poseer, mejorar y mantener dichos terrenos para parques públicos, playas públicas, áreas de recreación públicas o bulevares públicos.
Antes de que terrenos situados en otro condado puedan ser así adquiridos y poseídos, mejorados y mantenidos, se deberá obtener el consentimiento mediante resolución de la junta de supervisores de dicho condado. Los terrenos adquiridos de conformidad con los requisitos de esta sección están sujetos a la jurisdicción, leyes y ordenanzas del condado adquirente.

Section § 5157.5

Explanation

Esta ley permite a las juntas de supervisores de los condados de California construir proyectos para prevenir o reparar la erosión de las playas. Pueden realizar este trabajo en cualquier lugar a lo largo de la costa, sin importar quién sea el dueño del terreno cercano. Sin embargo, si desean trabajar en un área incorporada (que generalmente se refiere a áreas dentro de una ciudad o pueblo), primero deben obtener permiso del órgano de gobierno de esa área.

Bajo las limitaciones y restricciones prescritas por la ley, y además de la jurisdicción y facultades conferidas de otro modo, las juntas de supervisores en sus respectivos condados tendrán jurisdicción y facultad para construir, dentro del área incorporada así como del área no incorporada del condado, obras para la prevención de la erosión de playas o para la restauración de playas erosionadas, o ambas. Dichas obras podrán realizarse a lo largo de cualquier porción del frente oceánico, independientemente de la propiedad del terreno adyacente. Antes de que el condado realice dichas obras dentro del área incorporada de cualquier condado, deberá obtenerse primero el consentimiento del órgano de gobierno de dicha área incorporada.

Section § 5158

Explanation
Esta ley permite a los comisionados de parques en el estado aceptar donaciones, obsequios y dinero de personas y empresas, incluyendo herencias. Los fondos que reciben pasan a formar parte de los fondos públicos para que los comisionados de parques los utilicen. Estos fondos son específicamente para preservar y mejorar los parques que administran.

Section § 5159

Explanation
Esta ley permite a los comisionados del parque invertir los fondos excedentes de las operaciones del parque en bonos que devengan intereses, emitidos por el gobierno de los Estados Unidos o por el Estado de California. Los ingresos generados por estos bonos pueden utilizarse para cubrir gastos relacionados con el parque. Además, si fuera necesario, los comisionados tienen la facultad de vender dichos bonos.

Section § 5160

Explanation

Esta ley permite a la junta de supervisores de un condado usar o dedicar partes de un parque público del condado para fines de carreteras. Para que esto ocurra, se necesita el voto de cuatro quintas partes de los miembros de la junta. Esto se puede hacer si el parque fue adquirido con fondos del condado o mediante evaluaciones de distrito donde se utilizó dinero público.

La junta de supervisores de cualquier condado podrá, mediante el voto de cuatro quintas partes de sus miembros, usar o dedicar para fines de carreteras del condado cualquier porción de cualquier parque público del condado adquirido total o parcialmente con fondos del condado o adquirido a través de procedimientos de distrito de evaluación especial llevados a cabo por dicha junta de supervisores cuando se hayan aportado fondos públicos a dichos procedimientos de distrito o para el pago o amortización de bonos o evaluaciones de los mismos.

Section § 5161

Explanation

Esta ley permite a los condados, ciudades o al estado vender o intercambiar terrenos de su propiedad dentro de un área designada como monumento histórico estatal. Esta transacción puede realizarse con cualquier propietario de terrenos público, privado o anterior dentro de esa área, pero requiere la aprobación del departamento. La condición principal es que la venta o el intercambio debe contribuir al desarrollo del monumento histórico.

Siempre que cualquier condado, ciudad y condado, ciudad o el estado posea terrenos dentro de los límites de cualquier área designada como monumento histórico estatal, podrá, con el consentimiento del departamento, vender dichos terrenos a, o intercambiar dichos terrenos con, cualquier otro propietario público, privado o anterior de terrenos dentro de la misma área, previa determinación por parte del estado u otra agencia gubernamental de que la venta o el intercambio de los terrenos facilitará el desarrollo del monumento histórico.

Section § 5162

Explanation

Esta ley establece que cualquier playa o área de recreación costera propiedad o administrada por una ciudad o un condado debe estar abierta a todos, no solo a los residentes locales. Todos deben ser tratados de la misma manera, con las mismas reglas, tarifas y condiciones aplicables a todos.

Cualquier playa o área de recreación costera que sea propiedad, arrendada, operada, controlada, mantenida o administrada por una ciudad o un condado y que esté abierta al uso de los residentes de dicha ciudad o condado, estará abierta a todos los miembros del público bajo los mismos términos, tarifas, cargos y condiciones que sean aplicables a los residentes de dicha ciudad o condado.

Section § 5163

Explanation

Esta ley asegura que cualquier persona contratada para trabajar en parques, áreas de juegos, centros recreativos o playas donde tendrá contacto con niños, así como los concesionarios de alimentos en esas áreas, debe presentar un certificado que demuestre que ha sido examinada y no tiene tuberculosis contagiosa. Este examen debe haberse realizado en los últimos dos años. Una vez contratados, los empleados que den negativo en la prueba de tuberculosis deben seguir siendo examinados cada cuatro años mientras sigan dando negativo. Sin embargo, si un empleado da positivo y se le realiza una radiografía, ya no se requieren exámenes regulares, pero será remitido a un funcionario de salud local para cualquier atención necesaria.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5163(a) Ninguna persona será empleada inicialmente en relación con un parque, área de juegos, centro recreativo o playa utilizada con fines recreativos por una ciudad o condado en un puesto que requiera contacto con niños, o como concesionario de alimentos u otro concesionario con licencia en esa área, a menos que la persona presente o tenga en archivo con la ciudad o el condado un certificado que demuestre que en los últimos dos años la persona ha sido examinada y se ha determinado que está libre de tuberculosis contagiosa.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5163(b) Posteriormente, aquellos empleados que den negativo en la prueba cutánea deberán someterse al examen antes mencionado al menos una vez cada cuatro años mientras el empleado siga dando negativo en la prueba cutánea. Una vez que un empleado tenga una prueba cutánea positiva documentada que haya sido seguida por una radiografía, el examen antes mencionado ya no será requerido y se hará una remisión dentro de los 30 días posteriores al examen al funcionario de salud local para determinar la necesidad de atención de seguimiento.
"Certificado" significa un documento firmado por el médico y cirujano examinador que tiene licencia bajo el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 2000) de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, o un aviso de una agencia de salud pública o unidad de la asociación de tuberculosis que indique la ausencia de tuberculosis activa.

Section § 5163.1

Explanation

Esta sección de la ley establece que la prueba de tuberculosis debe realizarse mediante un método intradérmico aprobado. Si el resultado de la prueba es positivo, se debe hacer una radiografía de pulmones. Sin embargo, las ciudades o condados pueden decidir implementar pruebas más completas o frecuentes si así lo recomienda su funcionario de salud local.

El examen consistirá en una prueba intradérmica de tuberculosis aprobada, la cual, si resulta positiva, será seguida por una radiografía de los pulmones.
Nada de lo dispuesto en las Secciones 5163 a 5163.2, ambas inclusive, impedirá que el órgano de gobierno de cualquier ciudad o condado, previa recomendación del funcionario de salud local, establezca una norma que exija un examen más exhaustivo o más frecuente de lo requerido por la Sección 5163 y esta sección.

Section § 5163.2

Explanation
Una radiografía puede ser tomada por un técnico de rayos X cualificado, pero debe ser revisada e interpretada por un médico con licencia.

Section § 5163.3

Explanation
La ciudad o el condado debe mantener un certificado vigente en sus registros para cada persona mencionada en la Sección 5163.

Section § 5163.4

Explanation
Esta ley establece que las ciudades o los condados tienen la autoridad para exigir exámenes más exhaustivos o más frecuentes de lo que se describe en las Secciones 5163 a 5163.3. Otorga a los gobiernos locales la flexibilidad para imponer estándares más estrictos si así lo deciden.

Section § 5164

Explanation

Esta ley impide que las ciudades, condados o distritos especiales contraten a alguien para empleos o roles de voluntariado en lugares como parques o playas donde supervisarían a menores, si esa persona tiene una condena penal por ciertos delitos graves. Específicamente, cubre delitos como los relacionados con ofensas sexuales o incidentes que impliquen el uso de un arma mortal, entre otros enumerados.

Antes de contratar, la agencia debe preguntar a los solicitantes sobre condenas anteriores y verificar sus antecedentes penales. Si están considerando a un voluntario, pueden solicitar registros al Departamento de Justicia sin costo, siempre que incluyan huellas dactilares. Las agencias pueden cobrar a los posibles contratados por los costos incurridos en estas verificaciones.

(a)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(a)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(a)(1) Un condado, ciudad, ciudad y condado, o distrito especial no contratará a una persona para un empleo, ni empleará a un voluntario para prestar servicios, en un parque, área de juegos, centro recreativo o playa operado por el condado, la ciudad, la ciudad y el condado o el distrito especial y utilizado con fines recreativos, en un puesto con autoridad de supervisión o disciplinaria sobre un menor, si esa persona ha sido condenada por un delito especificado en el párrafo (2).
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(a)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(a)(2)(A) Una violación o intento de violación del Artículo 220, 261.5, el antiguo Artículo 262, 273a, 273d o 273.5 del Código Penal, o un delito sexual enumerado en el Artículo 290 del Código Penal, excepto por el delito especificado en el inciso (d) del Artículo 243.4 del Código Penal.
(B)CA Recursos Públicos Code § 5164(a)(2)(A)(B) Una condena por delito grave o menor especificada en el subpárrafo (C) dentro de los 10 años siguientes a la fecha de la solicitud del empleador.
(C)CA Recursos Públicos Code § 5164(a)(2)(A)(C) Una condena por delito grave que tenga más de 10 años, si el sujeto de la solicitud estuvo encarcelado dentro de los 10 años siguientes a la solicitud del empleador, por una violación o intento de violación de un delito especificado en el Capítulo 3 (que comienza con el Artículo 207) del Título 8 de la Parte 1 del Código Penal, el Artículo 211 o 215 del Código Penal, en el que se imputa y prueba que el acusado utilizó personalmente un arma mortal o peligrosa, según lo dispuesto en el inciso (b) del Artículo 12022 del Código Penal, en la comisión de dicho delito, el Artículo 217.1 del Código Penal, el Artículo 236 del Código Penal, un delito especificado en el Capítulo 9 (que comienza con el Artículo 240) del Título 8 de la Parte 1 del Código Penal, o un delito especificado en el inciso (c) del Artículo 667.5 del Código Penal, siempre que un registro de condena por delito menor no se transmitirá al solicitante a menos que el sujeto de la solicitud tenga un total de tres o más condenas por delitos menores, o un total combinado de tres o más condenas por delitos menores y graves, por violaciones enumeradas en esta sección dentro del período de 10 años inmediatamente anterior a la solicitud del empleador o haya estado encarcelado por cualquiera de esas condenas en los 10 años anteriores.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 5164(b)(1) Para dar efecto a esta sección, un condado, ciudad, ciudad y condado, o distrito especial exigirá a cada empleado o voluntario potencial que complete una solicitud que pregunte si esa persona ha sido condenada o no por un delito especificado en el inciso (a). El condado, la ciudad, la ciudad y el condado, o el distrito especial investigará, de conformidad con el Artículo 11105.3 del Código Penal, a cualquier empleado o voluntario potencial que tenga autoridad de supervisión o disciplinaria sobre un menor, para conocer los antecedentes penales de esa persona.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5164(b)(2) Una solicitud de una agencia local de registros del Departamento de Justicia de conformidad con este inciso incluirá las huellas dactilares del empleado o voluntario potencial, las cuales podrán ser tomadas por la agencia local, y cualquier otro dato especificado por el Departamento de Justicia. La solicitud se realizará en un formulario aprobado por el Departamento de Justicia. No se cobrará ninguna tarifa a la agencia local por solicitar los registros de un voluntario potencial de conformidad con este inciso.
(3)CA Recursos Públicos Code § 5164(b)(3) Un condado, ciudad, ciudad y condado, o distrito especial podrá cobrar a un empleado o voluntario potencial descrito en el inciso (a) una tarifa para cubrir todos los costos del condado, la ciudad, la ciudad y el condado, o el distrito especial atribuibles a los requisitos impuestos por esta sección.