ImplementaciónPrograma Costero Local
Section § 30500
Esta sección exige que los gobiernos locales ubicados dentro de la zona costera creen un programa costero local para su área. Pueden pedir ayuda a la comisión para esto. Este programa debe asegurar que haya mucho acceso público a la costa y a las áreas de recreación. Actualizar los planes locales para crear este programa costero no se considera una enmienda al plan general bajo otras reglas. Finalmente, el gobierno local decide los detalles del programa después de consultar con la comisión y obtener la opinión del público.
Section § 30500.1
Esta ley dice que los programas costeros locales en California no tienen que incluir políticas y programas de vivienda entre sus requisitos.
Section § 30500.5
Esta ley exige que la comisión, en cooperación con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario, cree una guía para los gobiernos locales a más tardar el 1 de julio de 2026. Esta guía ayudará a simplificar el proceso de permisos para la construcción de unidades de vivienda accesorias y unidades de vivienda accesorias secundarias en zonas costeras. El proceso incluye un taller público para discutir el borrador de la guía y recopilar la opinión del público antes de su finalización.
El borrador de la guía estará disponible en línea 30 días antes del taller, y se notificará el taller a todas las ciudades y condados pertinentes. Una vez finalizada, la guía también será publicada en línea tanto por la comisión como por el Departamento.
Section § 30501
Esta ley establece que una comisión debe crear procedimientos para la gestión de los programas costeros locales, que ayudan a supervisar las zonas costeras. Después de una audiencia pública, estos procedimientos guiarán cómo se preparan, presentan, aprueban, apelan, certifican y modifican estos programas.
En particular, los procedimientos deben incluir una metodología que tenga en cuenta las necesidades únicas de los diferentes gobiernos locales. La comisión también debe sugerir usos de importancia regional para ser incluidos en los programas costeros locales. Además, deben proporcionar directrices actualizadas para gestionar y reducir el impacto del aumento del nivel del mar, considerando las diferencias locales y la financiación disponible.
Section § 30502
Esta sección exige que una comisión, con la aportación de los gobiernos locales, identifique áreas de recursos costeros sensibles antes del 1 de septiembre de 1977. La preservación de estas áreas requiere más que solo leyes de zonificación, haciendo necesario un proceso de revisión exhaustivo. Cada área designada debe estar respaldada por un informe detallado que explique su importancia, los posibles impactos negativos del desarrollo e incluya un mapa del área.
Los programas costeros locales deben incorporar acciones para proteger estos recursos, según lo descrito en el informe, para cumplir con las políticas de protección costera. Esto asegura que las áreas costeras importantes sean preservadas y accesibles al público.
Section § 30502.5
Section § 30503
Esta ley exige que, al crear, aprobar o modificar cualquier programa costero local, el público y las agencias gubernamentales afectadas, como los distritos especiales, deben tener muchas oportunidades para participar en el proceso. Antes de que un programa costero local sea enviado oficialmente para su aprobación, el gobierno local debe celebrar al menos una audiencia pública sobre cualquier parte del programa que no haya sido discutida públicamente en los últimos cuatro años.
Section § 30504
Esta ley exige que los distritos especiales, que son entidades gubernamentales locales involucradas en actividades de desarrollo que podrían afectar las zonas costeras, presenten sus planes de desarrollo al gobierno local afectado. El gobierno local luego utiliza estos planes para ayudar a preparar su programa costero local, que es un plan para la gestión de los recursos costeros.