Ley Costera de CaliforniaDefiniciones
Section § 30100
Section § 30100.2
Section § 30100.5
Esta sección define qué es un "condado costero". Se refiere a un condado o a una combinación de ciudad y condado que se encuentra total o parcialmente dentro de la zona costera.
Section § 30101
Section § 30101.3
Esta sección define el "desarrollo relacionado con la costa" como cualquier actividad o uso que depende de un desarrollo o uso que requiere una ubicación costera.
Section § 30101.5
Esta ley define qué es un "permiso de desarrollo costero", lo que significa que es un permiso que usted necesita para cualquier proyecto de desarrollo dentro de la zona costera, según lo exige otra norma específica, la Sección 30600(a).
Section § 30102
El término "plan costero" se refiere a un plan de conservación específicamente para la zona costera de California, creado por la Comisión de Conservación de la Zona Costera de California. Este plan fue presentado tanto al Gobernador como a la Legislatura en 1975 y fue establecido bajo la Ley de Conservación de la Zona Costera de California de 1972.
Section § 30103
Esta ley define la "zona costera" en California como el área de tierra y agua que se extiende desde la frontera de Oregón hasta México, y que se extiende mar adentro hasta los límites de la jurisdicción del estado. Tierra adentro, la zona generalmente se extiende 1,000 yardas desde la línea de marea alta, pero podría alcanzar la primera cresta principal o cinco millas tierra adentro en ciertas áreas. Las áreas urbanas tienen un límite interior más restringido. Cabe destacar que esta zona excluye las áreas bajo la jurisdicción de la Comisión de Conservación y Desarrollo de la Bahía de San Francisco.
Esta sección también exige la creación de mapas detallados para la zona costera dentro de los 60 días posteriores a la primera reunión de la comisión. La comisión puede ajustar ligeramente los límites para evitar dividir lotes o para seguir puntos de referencia naturales y artificiales, con condiciones específicas para los ajustes.
Section § 30103.5
Esta sección especifica los límites interiores de la zona costera en áreas específicas del Condado de Los Ángeles y el Condado de Orange, California. En el Condado de Los Ángeles, cerca del Aeropuerto Internacional de Los Ángeles, el límite de la zona costera sigue la Pershing Drive construida después del 1 de enero de 1970, no la versión anterior. En el área de San Juan Capistrano en el Condado de Orange, la zona costera no incluye ninguna parte de la ciudad y sigue Camino Capistrano, Vía Serra, y se extiende hasta el límite costero existente.
Section § 30105
Esta sección aclara los términos relacionados con la gestión costera en California. Si una ley menciona la Comisión de Conservación de la Zona Costera de California, en realidad se refiere a la Comisión Costera de California. De manera similar, si se menciona una comisión de conservación de la zona costera regional, se refiere a una comisión costera regional.
Section § 30105.5
Esta sección explica que al analizar el impacto de un proyecto, sus efectos deben considerarse junto con los impactos de proyectos pasados, presentes y probables futuros. Se trata de entender el impacto combinado a lo largo del tiempo en lugar de solo observar un único proyecto de forma aislada.
Section § 30106
Esta sección define qué se considera "desarrollo" en tierra o agua. Incluye la construcción de estructuras, la nivelación de terrenos, el cambio en el uso de la tierra o el agua, la construcción o modificación de edificios, la extracción de materiales y la eliminación de vegetación importante. También abarca los cambios en la densidad de uso del suelo y la división de terrenos. La división de terrenos a pequeña escala por agencias públicas para uso recreativo no se considera desarrollo. El término "estructura" abarca edificios, carreteras, tuberías y diversas líneas de servicios públicos.
Section § 30107
Una 'instalación energética' es cualquier lugar, ya sea de propiedad pública o de una entidad privada, donde se llevan a cabo actividades relacionadas con la electricidad, el gas natural, el petróleo, el carbón o cualquier otra fuente de energía. Esto abarca el procesamiento, la producción, la generación, el almacenamiento, la transmisión o la recuperación de energía.
Section § 30107.3
Esta sección define la 'justicia ambiental' como asegurar un trato justo para todos, sin importar su origen, en la creación y aplicación de leyes y políticas ambientales.
Subraya que todos deben tener acceso a un medio ambiente saludable y que la contaminación no debe afectar de manera desproporcionada a ciertas comunidades.
Además, la ley establece que las agencias gubernamentales son responsables de interactuar y proporcionar recursos a aquellas comunidades más afectadas por la contaminación. Estas comunidades deben participar activamente en los procesos de toma de decisiones relacionados con el medio ambiente y el uso del suelo, y sus recomendaciones deben ser tomadas en cuenta seriamente.
Section § 30107.5
Section § 30108
El término “factible” se refiere a algo que puede realizarse con éxito en un tiempo razonable, considerando factores como el costo, el impacto ambiental, los aspectos sociales y la tecnología.
Section § 30108.1
Section § 30108.2
Section § 30108.4
Section § 30108.5
Section § 30108.6
Un "programa costero local" es un conjunto de planes, normas y acciones creados por un gobierno local para gestionar el uso del suelo, la zonificación y la conservación en las zonas costeras. Estos programas aseguran que las políticas locales se alineen con las leyes estatales de gestión costera y abarcan planes de uso del suelo, normas de zonificación, mapas de zonificación y otras acciones para los recursos costeros sensibles.
Section § 30108.55
El término "elemento costero local" se refiere a las partes del plan general de una ciudad o condado que se aplican específicamente a las zonas costeras. Los gobiernos locales pueden preparar estas secciones como parte de su proceso de planificación, y pueden añadir más detalles si lo consideran necesario, siguiendo las directrices de otra ley.
Section § 30109
Esta sección de la ley define 'gobierno local' como incluyendo ciudades con carta constitutiva, ciudades de ley general, condados con carta constitutiva, condados de ley general, y cualquier combinación de ciudad y condado.
Section § 30110
El término "permiso" en esta ley se refiere a cualquier tipo de permiso oficial, como una licencia o un certificado, otorgado o rechazado por una agencia pública que sigue las reglas de esta división.
Section § 30111
Esta ley define la palabra "persona" para incluir no solo a individuos, sino también a organizaciones, sociedades, SRL, corporaciones, empresas de servicios públicos y todos los niveles de gobierno y sus agencias. Básicamente, abarca una amplia gama de entidades.
Section § 30112
Esta sección de la ley define el término «órgano rector portuario» como la Junta de Comisionados del Puerto o la Junta de Comisionados Portuarios que supervisa los Puertos de Hueneme, Long Beach, Los Ángeles y el Distrito Portuario Unificado de San Diego.
Section § 30113
Section § 30114
Esta sección define lo que se considera 'obras públicas' en California. Las obras públicas incluyen instalaciones de agua, alcantarillado, teléfono y otros servicios públicos propiedad de agencias públicas, excluyendo las instalaciones energéticas. También cubren infraestructura de transporte como carreteras, autopistas y transporte masivo, pero no ciertos desarrollos portuarios en áreas específicas. Además, las obras públicas incluyen instalaciones recreativas financiadas por el público, proyectos de la Conservación Costera del Estado y desarrollos de distritos especiales. Finalmente, incluye las instalaciones de los colegios comunitarios.
Section § 30114.5
Section § 30115
Section § 30116
Esta sección define qué son las "áreas de recursos costeros sensibles" dentro de la zona costera de California. Estos son lugares específicos que tienen un valor ecológico, recreativo o cultural significativo. Incluyen hábitats marinos y terrestres especiales, humedales, áreas recreativas importantes, sitios de gran belleza paisajística, sitios arqueológicos, destinos turísticos notables, viviendas costeras asequibles y áreas donde la división de tierras podría limitar el acceso a la costa.
Section § 30118
Un “distrito especial” es un tipo de agencia pública creada para funciones gubernamentales o de servicio dentro de límites específicos. Es diferente de un gobierno local e incluye áreas como áreas de servicio del condado, distritos de mantenimiento o zonas de mejora. Estos distritos se establecen para recaudar impuestos a la propiedad para servicios o mejoras dentro de áreas designadas.
Section § 30118.5
Esta ley describe un “área de tratamiento especial” como un área forestal específica dentro de la zona costera que es importante por su hábitat, belleza escénica y el impacto potencial en áreas de recreación pública o ecosistemas costeros. Estas áreas son significativas porque la tala en ellas podría dañar los espacios recreativos o la salud biológica de humedales, estuarios o arroyos.
Section § 30119
Esta sección define el término 'universidad estatal' como refiriéndose específicamente a la Universidad de California y a la Universidad Estatal de California.
Section § 30120
En esta sección, 'obras de tratamiento' se refiere a las instalaciones y procesos utilizados para tratar aguas residuales y desechos industriales, según lo define la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua. Esto incluye cualquier actualización o ley federal adicional que modifique esta Ley.
Section § 30121
Section § 30122
Una ordenanza de zonificación es una norma que una ciudad o un condado crea para regular el uso del suelo, según lo permitido por códigos de gobierno específicos. Para las ciudades autónomas, que tienen sus propios estatutos de gobierno, estas ordenanzas se promulgan basándose en la autoridad de su estatuto.