Distritos de Mitigación de Peligros GeológicosDisolución del Distrito
Section § 26567.1
Esta ley explica cómo se puede disolver un distrito en California. Un distrito puede disolverse si el órgano legislativo lo decide mediante una resolución, siempre que tenga pruebas suficientes que respalden uno o más hallazgos específicos, como que el distrito no esté utilizando sus facultades, carezca de activos importantes o no haya cumplido con las condiciones originales de su formación. La disolución también debe ser aprobada por los propietarios que posean más del 50% del valor de la propiedad del distrito. Antes de finalizar, se requiere una audiencia pública, con avisos enviados a los propietarios de viviendas con los detalles y permitiendo objeciones por escrito.
Section § 26567.2
Section § 26567.3
Después de que un distrito se disuelve, la junta directiva tiene 90 días para devolver los activos líquidos a quienes contribuyeron, basándose en el monto de sus contribuciones. También deben decidir cómo manejar las mejoras físicas y los activos restantes. Si alguien dentro del distrito tiene una idea diferente para distribuir estos activos, puede proponer un plan. Este plan alternativo puede adoptarse si más de la mitad de los propietarios, según el valor de la propiedad, están de acuerdo.