Un distrito puede disolverse de conformidad con las disposiciones de la Ley de Reorganización de Distritos de 1965, División 1 (que comienza con la Sección 56000) del Título 6 del Código de Gobierno.
Distritos de Conservación de RecursosDisolución
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.
Section § 9491
Esta ley establece que un distrito en California puede disolverse siguiendo las reglas establecidas en la Ley de Reorganización de Distritos de 1965, que se encuentra en la División 1, a partir de la Sección 56000, del Título 6 del Código de Gobierno.
disolución de distrito Ley de Reorganización de Distritos 1965