Section § 4810

Explanation

Esta sección de la ley define términos específicos utilizados en el contexto de los esfuerzos de cooperación entre el gobierno estatal y federal para la restauración forestal. Un 'Acuerdo' es un arreglo especial llamado Acuerdo de Autoridad de Buen Vecino que implica la colaboración con el gobierno federal. Una 'Colaborativa forestal' es un grupo diverso que trabaja en conjunto para restaurar bosques, asegurándose de tener la experiencia y el apoyo adecuados para proyectos ecológicos. El 'Fondo' se refiere al Fondo de Autoridad de Buen Vecino, dedicado a apoyar estos esfuerzos colaborativos, tal como se establece en otra sección de la ley.

Para los fines de este capítulo, se aplicarán los siguientes términos:
(a)CA Recursos Públicos Code § 4810(a) “Acuerdo” significa el Acuerdo de Autoridad de Buen Vecino celebrado entre el estado y el gobierno federal de conformidad con la Sección 2113a del Título 16 del Código de los Estados Unidos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 4810(b) “Colaborativa forestal” significa un grupo colaborativo en funcionamiento que incluye a múltiples personas o entidades que representan intereses diversos, que es transparente e inclusivo, y que cuenta con suficiente experiencia, capacidad y apoyo científico para planificar, implementar y monitorear eficazmente actividades de restauración forestal a nivel de paisaje y de base ecológica.
(c)CA Recursos Públicos Code § 4810(c) “Fondo” significa el Fondo de Autoridad de Buen Vecino, establecido según lo especificado en la Sección 4811.

Section § 4811

Explanation

El Fondo de la Autoridad del Buen Vecino en California se utiliza para apoyar proyectos que mejoran la salud de los bosques y reducen el riesgo de incendios en tierras federales. El dinero de este fondo proviene de la venta de productos forestales y es administrado por el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales. Este fondo está disponible para ser gastado siempre que sea aprobado por la Legislatura y no entre en conflicto con las leyes o acuerdos federales.

Además, el fondo puede aceptar subvenciones y donaciones de diversas fuentes para ayudar con estos proyectos. Los fondos recaudados se destinan a las agencias que trabajan en estas iniciativas, bajo la dirección del Secretario de la Agencia de Recursos Naturales, para ayudar a cubrir tanto los costos de planificación como los operativos.

(a)CA Recursos Públicos Code § 4811(a) Se mantiene en existencia en la Tesorería del Estado el Fondo de la Autoridad del Buen Vecino, establecido originalmente conforme al Capítulo 18 de los Estatutos de 2020. El fondo será administrado por el departamento bajo la dirección del Secretario de la Agencia de Recursos Naturales. Los fondos en el fondo estarán disponibles para su gasto, previa asignación por la Legislatura, y según lo autorizado por la Sección 2113a(b)(2) del Título 16 del Código de los Estados Unidos, y en la medida en que no entre en conflicto con la ley o acuerdos federales, para que los departamentos o agencias estatales emprendan proyectos de salud forestal y reducción de combustibles en tierras federales ejecutados a través de estos acuerdos, y para financiar los costos asociados con la planificación, implementación y mantenimiento de estos proyectos, incluidos los costos administrativos y operativos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 4811(b) El fondo será el depositario de los ingresos derivados de la venta de productos forestales, según se define en la Sección 4638, de tierras federales, según lo autorizado por la Sección 2113a(b)(2) del Título 16 del Código de los Estados Unidos, y en la medida en que no entre en conflicto con la ley o acuerdos federales, para apoyar las actividades descritas en el apartado (a).
(c)CA Recursos Públicos Code § 4811(c) Los departamentos o agencias estatales que participen en acuerdos podrán aceptar subvenciones y donaciones, incluidas, entre otras, donaciones de equipos, plántulas, mano de obra, materiales o fondos de cualquier fuente con el fin de apoyar o facilitar las actividades realizadas conforme a esta sección. Los fondos recibidos conforme a este apartado serán transferidos al departamento y depositados en el fondo para su uso por los departamentos o agencias estatales que participen en acuerdos para apoyar las actividades descritas en el apartado (a) bajo la dirección del Secretario de la Agencia de Recursos Naturales.

Section § 4812

Explanation

Esta ley establece un programa para proyectos de restauración ecológica y resiliencia ante incendios en tierras forestales nacionales. Se centra en la restauración forestal a gran escala, la reducción de posibles riesgos de incendio y la protección de comunidades e infraestructuras. Los proyectos deben utilizar la mejor ciencia disponible y, preferiblemente, incluir quemas prescritas. Se da prioridad a las acciones con múltiples beneficios, como la protección ambiental y la gestión de incendios.

El programa puede abarcar la preparación de documentación ambiental, la planificación y la gestión activa de proyectos seleccionados mediante actividades como el raleo y la replantación. Los proyectos tienen como objetivo prevenir la conversión perjudicial de plantas, controlar las especies invasoras y tratar adecuadamente la vegetación nativa. La agencia a cargo puede asociarse con tribus, agencias gubernamentales, grupos de conservación y entidades privadas para llevar a cabo estas iniciativas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 4812(a) En virtud de un acuerdo entre el estado y el gobierno federal, el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales establecerá un programa con el fin de llevar a cabo proyectos de restauración ecológica y resiliencia ante incendios en tierras forestales nacionales, dando prioridad a los proyectos de restauración forestal y reducción de combustibles a escala de paisaje que se centren en la restauración ecológica y en la protección contra incendios de la comunidad y la protección del agua y otras infraestructuras. Los proyectos se basarán en la mejor ciencia disponible y harán hincapié en el uso de quemas prescritas cuando sea apropiado. Se priorizarán los proyectos con múltiples beneficios, según sea aplicable y factible. Las actividades elegibles bajo el programa, de conformidad con la Sección 2113a del Título 16 del Código de los Estados Unidos, cualquier otra ley federal y el acuerdo, podrán incluir cualquiera de las siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 4812(a)(1) La elaboración de documentos de la Ley Federal de Política Ambiental Nacional de 1969 (42 U.S.C. Sec. 4321 et seq.), y documentos preparados de conformidad con la Ley de Calidad Ambiental de California (División 13 (que comienza con la Sección 21000)).
(2)CA Recursos Públicos Code § 4812(a)(2) Otras actividades relacionadas con la planificación de proyectos, como la preparación de estudios, análisis e informes de recursos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 4812(a)(3) La implementación y el mantenimiento de proyectos seleccionados, incluyendo el raleo ecológico, las quemas prescritas, la replantación y actividades relacionadas necesarias para llevar a cabo los servicios de restauración autorizados de conformidad con un acuerdo.
(b)CA Recursos Públicos Code § 4812(b) Los proyectos sujetos a este capítulo se diseñarán, en la medida de lo posible, para hacer lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 4812(b)(1) Prevenir la conversión de tipos y la propagación de plantas y pastos invasores.
(2)CA Recursos Públicos Code § 4812(b)(2) Basándose en la mejor ciencia disponible, prever proyectos de restauración ecológica y resiliencia ante incendios apropiados para el paisaje y la vegetación que se está tratando.
(3)CA Recursos Públicos Code § 4812(b)(3) Proporcionar un tratamiento ecológicamente apropiado para matorrales nativos, como el chaparral y el matorral costero de salvia, incluyendo la eliminación de especies invasoras no nativas inflamables y la restauración de especies nativas, cuando sea apropiado.
(c)CA Recursos Públicos Code § 4812(c) El Secretario de la Agencia de Recursos Naturales podrá contratar con tribus nativas americanas, agencias estatales, gobiernos locales, distritos especiales, colaboraciones forestales, distritos de conservación de recursos, entidades privadas y organizaciones no gubernamentales calificadas para ayudar en la planificación, implementación y mantenimiento de proyectos de restauración a escala de paisaje en tierras forestales nacionales.