Warning
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 300

Explanation

Esta ley tipifica como delito menor que alguien intencional y maliciosamente dañe, hunda o suelte una embarcación pequeña, específicamente una de menos de diez toneladas brutas, que pertenece a otra persona.

Una persona que voluntaria y maliciosamente corta, rompe, daña, hunde o deja a la deriva una embarcación de menos de diez toneladas brutas que es propiedad de otra persona es culpable de un delito menor.

Section § 301

Explanation
Si alguien deliberadamente y con intención dañina daña o destruye una embarcación grande (específicamente una de diez toneladas de arqueo bruto o más) que pertenece a otra persona, comete un delito menor.
Una persona que voluntaria y maliciosamente corta, rompe o daña una embarcación de diez toneladas de arqueo bruto o más que es propiedad de otra persona es culpable de un delito menor.

Section § 302

Explanation
Si alguien, con intención y malicia, hunde o deja a la deriva una embarcación grande (que pese diez toneladas brutas o más) que pertenece a otra persona, está cometiendo un delito grave.
Una persona que deliberada y maliciosamente hunde o deja a la deriva una embarcación de diez toneladas brutas o más que es propiedad ajena es culpable de un delito grave.

Section § 303

Explanation
Si alguien, deliberadamente y con mala intención, quema, daña o destruye cualquier parte de una pila o balsa de madera o madera aserrada, o si intencionalmente la deja a la deriva, y esta pertenece a otra persona, puede ser acusado de un delito menor.
Una persona que, voluntaria y maliciosamente, quema, daña o destruye cualquier parte de, o la totalidad de, una pila o balsa de madera, tablones, tablas u otra madera aserrada, o suelta o deja a la deriva la balsa o parte de la balsa, que es propiedad de otra persona, es culpable de un delito menor.

Section § 304

Explanation

Esta ley establece como delito grave que alguien a cargo de una embarcación dañe o destruya deliberadamente la embarcación o su carga con la intención de perjudicar o estafar a alguien.

Una persona al mando o a cargo de una embarcación, quien, dentro de este estado, deliberadamente naufraga, hunde o de cualquier otra forma daña o destruye la misma o cualquiera de su carga, o deliberadamente permite que la misma sea naufragada, hundida o de cualquier otra forma dañada o destruida, con la intención de perjudicar o defraudar a una persona, es culpable de un delito grave.

Section § 305

Explanation
Si alguien comete un delito mencionado en la Sección 304, pero no entra en la categoría descrita en esa sección, sigue cometiendo un delito grave.
Una persona, distinta de la descrita en la Sección 304, que sea culpable de cualquier acto especificado en esa sección, es culpable de un delito grave.

Section § 306

Explanation
Si alguien crea o firma documentos de envío falsos o engañosos, como un manifiesto o una factura, con la intención de engañar a otra persona, está cometiendo un delito grave.
Una persona que prepare, elabore o suscriba un manifiesto, factura, conocimiento de embarque, registro de buque o protesta falso o fraudulento, con la intención de defraudar a otra persona, es culpable de un delito grave.

Section § 307

Explanation

Esta ley establece que si alguien usa su embarcación para amarrarse o sujetarse a una boya o baliza (a menos que sea una boya de amarre designada), puede ser multado con hasta $100 como infracción. Además, si alguien intencionalmente retira, daña o destruye una boya o baliza que ha sido colocada oficialmente en las aguas navegables de California, se considera un delito menor.

(a)CA Puertos Y Navegación Code § 307(a) Una persona que amarra una embarcación a, o se sujeta con una embarcación a, una boya o baliza, excepto una boya de amarre designada, es culpable de una infracción, sancionable con una multa no superior a cien dólares ($100).
(b)CA Puertos Y Navegación Code § 307(b) Una persona que intencionalmente retira, daña o destruye una boya o baliza, colocada por autoridad competente en cualquier agua navegable de este estado, es culpable de un delito menor.

Section § 308

Explanation
Esta ley establece que es ilegal amarrar una embarcación a una boya o baliza, excepto aquellas específicamente marcadas para amarre, que son colocadas por la Guardia Costera de los EE. UU. en aguas estatales. También es ilegal dañar o destruir cualquier boya o baliza colocada por la Guardia Costera, ya sea que estén en el agua o en tierra. Violar estas reglas se considera un delito menor.
Una persona que amarra una embarcación de cualquier tipo a una boya o baliza, excepto una boya de amarre designada, colocada en las aguas del estado por autoridad de la Guardia Costera de los Estados Unidos, o que de cualquier manera se sujeta a la misma con una embarcación, o que intencionalmente retira, daña o destruye dicha boya o baliza, o cualquier parte de la boya o baliza, o que derriba, retira, daña o destruye una baliza erigida en tierra en este estado por dicha autoridad, es, por cada infracción, culpable de un delito menor.

Section § 309

Explanation
Si alguien es declarado culpable de un delito menor según lo descrito en este capítulo, puede ser multado con hasta $1,000 y/o encarcelado por hasta seis meses en la cárcel del condado.
Una persona declarada culpable de una violación de delito menor según lo dispuesto en este capítulo estará sujeta a una multa que no exceda de mil dólares ($1,000) o a prisión en la cárcel del condado por un período que no exceda de seis meses, o a ambas, dicha multa y prisión.

Section § 310

Explanation

Si alguien es declarado culpable de un delito grave bajo este capítulo específico, puede ser multado con hasta $5,000. También podría enfrentar prisión por 16 meses, dos o tres años, o podría recibir tanto la multa como el tiempo en la cárcel.

A pesar de cualquier otra disposición legal, una persona declarada culpable de una violación de delito grave según lo dispuesto en este capítulo estará sujeta a una multa que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) o a prisión conforme a la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal por 16 meses, dos o tres años, o ambas, dicha multa y prisión.