Section § 570

Explanation
Si alguien se queda con bienes de un naufragio, o el dinero de estos, después de que los gastos de salvamento se hayan liquidado y se le haya pagado la cantidad correspondiente, puede ser multado con hasta $1,000, encarcelado por hasta un año, o ambas cosas.

Section § 571

Explanation

Esta ley considera un delito menor que cualquier persona tome bienes de un barco varado o artículos arrastrados a la orilla por el mar, o que conserve artículos encontrados en bahías o calas, sin notificar al sheriff del condado u ofrecer entregarlos en un plazo de 30 días. Si no sigues estos pasos, podrías enfrentar una multa de hasta $1,000 y/o hasta seis meses en la cárcel del condado.

(a)CA Puertos Y Navegación Code § 571(a) Una persona que sustrae bienes de una embarcación varada, o bienes arrojados por el mar a tierra, o encontrados en una bahía o cala, o que a sabiendas tiene en su posesión bienes así sustraídos o encontrados, y no los entrega al sheriff del condado donde fueron encontrados, o no le notifica su disposición a hacerlo dentro de los 30 días siguientes a su sustracción o a su entrada en su posesión, es culpable de un delito menor.
(b)CA Puertos Y Navegación Code § 571(b) Una persona declarada culpable de una violación de delito menor de esta sección estará sujeta a una multa que no exceda de mil dólares ($1,000) o a prisión en la cárcel del condado por un período que no exceda de seis meses, o a ambas, dicha multa y prisión.