Section § 410

Explanation

Esta sección define los términos utilizados en el artículo relacionados con las reparaciones de embarcaciones. Un "cliente" es alguien que le pide a un reparador que trabaje en una embarcación que posee. Un "reparador" es alguien que repara embarcaciones para ganarse la vida. Una "embarcación" es cualquier bote o nave que debe registrarse en el DMV y se utiliza con fines no comerciales, o se alquila o arrienda para uso no comercial.

Según se utiliza en este artículo, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Puertos Y Navegación Code § 410(a) “Cliente” significa cualquier persona que solicita a un reparador que realice trabajos en una embarcación que está en posesión de dicha persona.
(b)CA Puertos Y Navegación Code § 410(b) “Reparador” significa cualquier persona dedicada al negocio de reparar embarcaciones.
(c)CA Puertos Y Navegación Code § 410(c) “Embarcación” significa cualquier embarcación que está sujeta a registro ante el Departamento de Vehículos Motorizados y que se fabrica o utiliza con fines no comerciales o se arrienda, alquila o fleta a otra persona para uso no comercial.

Section § 411

Explanation
Esta ley se aplica cuando se realizan trabajos en una embarcación, como un bote o un barco, y el costo estimado de ese trabajo es de $100 o más. Si el costo es menor, esta ley no se aplica.

Section § 412

Explanation
Esta ley establece que un reparador no puede reclamar un gravamen, que es un derecho legal a retener la posesión de una embarcación hasta que se realice el pago, por los servicios realizados en la embarcación, a menos que sigan las reglas específicas descritas en este artículo.

Section § 413

Explanation

Esta ley deja claro que los reparadores deben obtener permiso de los clientes antes de realizar cualquier trabajo remunerado. Necesitan proporcionar un precio estimado o por escrito para la mano de obra y las piezas con antelación. Si se necesita más trabajo o las piezas cambian, el cliente debe aceptarlo, ya sea verbalmente o por escrito, y este acuerdo debe anotarse en la orden de trabajo y en la factura.

Si el reparador tiene que desmontar algo para estimar las reparaciones, debe informar al cliente el costo del desmontaje y de cualquier pieza que pueda destruirse durante el proceso, y registrar esta información por escrito en una orden de trabajo. Deben informar al cliente sobre el tiempo máximo para el reensamblaje si el cliente decide no continuar. No pueden cobrar más tiempo del que indicaron. Si se aprueban las reparaciones, deben proporcionar un nuevo presupuesto y obtener el permiso del cliente antes de proceder.

Si el cliente no puede llevar el artículo durante el horario comercial, pero desea que el reparador lo recoja, el reparador debe preparar una orden de trabajo con los costos estimados y obtener la aprobación del cliente por teléfono o por otro método antes de comenzar el trabajo. Si la aprobación es verbal, los detalles de la conversación deben documentarse.

Ningún reparador comenzará a trabajar a cambio de una remuneración sin autorización específica del cliente o de su agente, de acuerdo con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Puertos Y Navegación Code § 413(a) El reparador deberá entregar al cliente cualquiera de los siguientes:
(1)CA Puertos Y Navegación Code § 413(a)(1) Un precio estimado por escrito para la mano de obra y las piezas para un trabajo específico.
(2)CA Puertos Y Navegación Code § 413(a)(2) Un presupuesto por escrito del costo máximo para un trabajo específico que no diferencie entre mano de obra y piezas, pero que no deberá ser excedido por el costo real del trabajo, incluyendo mano de obra y piezas.
No se realizará ningún trabajo ni se suministrarán piezas en exceso o diferentes del presupuesto original por escrito sin el consentimiento oral o escrito por separado del cliente. Si el consentimiento es oral, el reparador deberá hacer una anotación en la orden de trabajo y en la factura de la fecha, hora, nombre de la persona que autoriza el trabajo adicional o el cambio en el trabajo, y el número de teléfono al que se llamó, si lo hubiera, junto con una especificación de las piezas y la mano de obra adicionales y el costo adicional total.
(b)CA Puertos Y Navegación Code § 413(b) Si es necesario desmontar una embarcación o su componente para preparar un precio estimado por escrito para el trabajo requerido, el reparador deberá primero entregar al cliente un precio estimado por escrito para el desmontaje y el montaje. El presupuesto también deberá incluir el costo de las piezas y la mano de obra necesaria para reemplazar elementos como juntas, sellos y anillos tóricos que normalmente se destruyen al desmontar el componente. Si el desmontaje pudiera impedir la restauración del componente a su estado anterior, el reparador deberá escribir esa información en la orden de trabajo que contiene el presupuesto antes de que el cliente firme la orden de trabajo.
El reparador deberá informar al cliente oralmente, y de forma visible por escrito en la orden de trabajo, del tiempo máximo que le tomará al reparador volver a montar la embarcación o su componente si el cliente decide no continuar con el trabajo. El reparador no deberá cobrar al cliente por más tiempo del tiempo máximo especificado si el cliente decide no continuar con el trabajo.
Una vez realizado el desmontaje, el reparador deberá preparar un precio estimado por escrito para la mano de obra y las piezas necesarias para el trabajo solicitado. Antes de realizar el trabajo solicitado, el reparador deberá obtener la autorización del cliente para realizar el trabajo o para volver a montar la embarcación o sus componentes.
(c)CA Puertos Y Navegación Code § 413(c) Cuando el cliente no pueda entregar la embarcación al reparador durante el horario comercial, y el cliente haya solicitado al reparador que tome posesión de la embarcación con el fin de realizar trabajos en ella o estimar el costo del trabajo, el reparador no deberá realizar trabajos en la embarcación a cambio de una remuneración a menos que haya hecho todo lo siguiente:
(1)CA Puertos Y Navegación Code § 413(c)(1) El reparador ha preparado una orden de trabajo que indica el precio estimado por escrito para la mano de obra y las piezas necesarias para realizar el trabajo.
(2)CA Puertos Y Navegación Code § 413(c)(2) Por teléfono o de otra manera, se le ha proporcionado al cliente toda la información de la orden de trabajo, y el cliente ha aprobado la orden de trabajo.
(3)CA Puertos Y Navegación Code § 413(c)(3) El cliente ha dado autorización oral o escrita al reparador para realizar las reparaciones de acuerdo con la orden de trabajo.
Si la autorización es oral, el reparador deberá hacer, tanto en la orden de trabajo como en la factura, una anotación del nombre del cliente, la fecha, la hora y el número de teléfono al que se llamó, si lo hubiera.

Section § 414

Explanation
Si un reparador da un presupuesto de buena fe y luego descubre que se necesita más trabajo para terminar el trabajo, no tiene que mantener el precio original si el cliente se niega a pagar por el trabajo adicional.

Section § 415

Explanation

Cuando un reparador realiza cualquier trabajo, incluidas las reparaciones en garantía, debe crear una factura que detalle todo el trabajo realizado y las piezas utilizadas. La factura debe enumerar el trabajo y las piezas por separado, mostrar el subtotal de cada uno e incluir cualquier impuesto sobre las ventas por separado.

Si alguna de las piezas utilizadas es usada, reconstruida o reacondicionada, esto debe indicarse claramente. Si un componente incluye una mezcla de piezas nuevas y usadas, esto también debe señalarse. Los clientes deben recibir una copia de esta factura, y el reparador también debe conservar una.

Todo trabajo realizado por un reparador, incluyendo todo trabajo de garantía, deberá registrarse en una factura y deberá describir todo el trabajo realizado y las piezas suministradas.
El trabajo y las piezas deberán enumerarse por separado en la factura, la cual también deberá indicar por separado los precios subtotales del trabajo y de las piezas, sin incluir el impuesto sobre las ventas, y deberá indicar por separado el impuesto sobre las ventas, si lo hubiera, aplicable a cada uno.
Si se suministran piezas usadas, reconstruidas o reacondicionadas, la factura deberá indicar claramente ese hecho. Si una parte de un sistema de componentes está compuesta por piezas nuevas y usadas, reconstruidas o reacondicionadas, la factura deberá indicar claramente ese hecho.
Se entregará una copia de la factura al cliente y el reparador conservará una copia.

Section § 416

Explanation

Esta ley exige que una factura de un reparador incluya su nombre y dirección comercial. Si hay un número de teléfono en la factura, debe coincidir con el que se usa en sus anuncios y en los listados del directorio telefónico.

La factura deberá mostrar el nombre y la dirección comercial del reparador.
Si el número de teléfono del reparador figura en la factura, deberá ser el número de teléfono que aparezca en cualquier anuncio o en un letrero publicitario, y deberá ser el mismo número que el que figura para el nombre y la dirección de la empresa del reparador en el directorio telefónico, o en los registros de la compañía telefónica si el número se asigna al reparador con posterioridad a la publicación del directorio telefónico.

Section § 417

Explanation
Esta ley permite a los reparadores trabajar en una embarcación bajo la modalidad de tiempo y materiales si obtienen la aprobación del cliente para ese trabajo específico. Esto significa que las reparaciones se cobran en función de las horas trabajadas y los materiales utilizados.

Section § 418

Explanation

Esta ley establece que si una embarcación está en peligro y necesita reparaciones urgentes para mantenerse segura, no es necesario obtener permiso antes de comenzar el trabajo. Sin embargo, si el problema fue causado por los errores o acciones del reparador, esta regla no se aplica.

(a)CA Puertos Y Navegación Code § 418(a) Este artículo no se aplica a una embarcación en peligro que necesita trabajo inmediato crítico para su preservación y seguridad, para el cual no se puede obtener el consentimiento de manera expedita.
(b)CA Puertos Y Navegación Code § 418(b) Esta sección no incluye ninguna situación o accidente causado a la embarcación por la negligencia o conducta del reparador o del agente del reparador.