Chapter 4
Section § 7951
Si alguien daña intencionalmente la propiedad de telégrafo, teléfono, energía eléctrica o gas, debe pagar a la compañía tres veces el monto de los daños realmente causados. Esto puede hacerse cumplir en un tribunal que tenga la autoridad para conocer el caso.
Section § 7952
Si alguien daña o destruye equipos de compañías de telégrafos, teléfonos, electricidad o gas por no tener el cuidado adecuado, debe pagar todos los costos de reparación o reemplazo. Esto incluye gastos como mano de obra, materiales y otros costos relacionados. Las compañías calcularán estos costos siguiendo reglas contables específicas.
Si una embarcación arrastra su ancla o causa daños de otras maneras a cables submarinos o tuberías de estas compañías, el propietario de la embarcación es responsable de los daños.