Section § 8340

Explanation

Esta sección define términos clave relacionados con la generación de electricidad y los gases de efecto invernadero. La 'generación de carga base' se refiere a las centrales eléctricas diseñadas para operar continuamente a un alto porcentaje de su capacidad. Las centrales de 'gas natural de ciclo combinado' utilizan una combinación de turbinas de gas y vapor para generar electricidad de manera más eficiente.

Un 'proveedor de servicios eléctricos' suministra electricidad, pero no incluye a aquellos que utilizan algunos métodos no tradicionales. Los 'gases de efecto invernadero' son aquellos identificados en otras regulaciones estatales. El término 'entidad de servicio de carga' incluye a todos los proveedores que suministran electricidad a los usuarios finales, mientras que el 'compromiso financiero a largo plazo' se refiere a inversiones o contratos de cinco o más años relacionados con la generación continua de energía. La 'metodología basada en la producción' y el 'factor de capacidad de la central' implican la medición de las emisiones y la eficiencia de la producción. Una 'central eléctrica' se define de manera amplia, y un 'recurso de generación de cero o bajas emisiones de carbono' es aquel que produce electricidad con emisiones muy bajas de gases de efecto invernadero.

Para los fines de este capítulo, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Servicios Públicos Code § 8340(a) “Generación de carga base” significa la generación de electricidad de una central eléctrica que está diseñada y destinada a proporcionar electricidad con un factor de capacidad anualizado de la central de al menos el 60 por ciento.
(b)CA Servicios Públicos Code § 8340(b) “Gas natural de ciclo combinado” con respecto a una central eléctrica significa que la central emplea una combinación de una o más turbinas de gas y turbinas de vapor en la que la electricidad se produce en la turbina de vapor a partir del calor residual que de otro modo se perdería y que sale de una o más de las turbinas de gas.
(c)CA Servicios Públicos Code § 8340(c) “Proveedor de servicios eléctricos” significa un “proveedor de servicios eléctricos” según se define en la Sección 218.3, pero no incluye corporaciones o personas que empleen tecnología de cogeneración o que produzcan electricidad de una fuente de energía no convencional de conformidad con la subdivisión (b) de la Sección 218.
(d)CA Servicios Públicos Code § 8340(d) “Gases de efecto invernadero” significa aquellos gases enumerados en la Sección 38505 del Código de Salud y Seguridad.
(e)CA Servicios Públicos Code § 8340(e) “Entidad de servicio de carga” significa toda corporación eléctrica, proveedor de servicios eléctricos o agregador de elección comunitaria que presta servicios a clientes de uso final en el estado.
(f)CA Servicios Públicos Code § 8340(f) “Compromiso financiero a largo plazo” significa una nueva inversión de propiedad en generación de carga base o un contrato nuevo o renovado con un plazo de cinco o más años, que incluye la adquisición de generación de carga base.
(g)CA Servicios Públicos Code § 8340(g) “Metodología basada en la producción” significa un estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero que se expresa en libras de gases de efecto invernadero emitidos por megavatio-hora y que tiene en cuenta la energía térmica útil empleada para fines distintos de la generación de electricidad.
(h)CA Servicios Públicos Code § 8340(h) “Factor de capacidad de la central” significa la relación entre la electricidad producida durante un período de tiempo determinado, medida en kilovatios-hora, y la electricidad que la unidad podría haber producido si hubiera funcionado a su capacidad nominal durante ese período, expresada en kilovatios-hora.
(i)CA Servicios Públicos Code § 8340(i) “Central eléctrica” significa una instalación para la generación de electricidad, e incluye una o más unidades generadoras en la misma ubicación.
(j)CA Servicios Públicos Code § 8340(j) “Recurso de generación de cero o bajas emisiones de carbono” significa un recurso de generación eléctrica que generará electricidad mientras produce emisiones de gases de efecto invernadero a una tasa sustancialmente inferior al estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, según lo determine la comisión.

Section § 8341

Explanation

Esta ley establece estándares de emisiones de gases de efecto invernadero para los proveedores de electricidad en California. No pueden asumir compromisos a largo plazo para el suministro de energía a menos que la fuente de energía de carga base cumpla con estándares de emisión específicos. Tanto la Comisión de Servicios Públicos como la Comisión de Energía tienen roles en el establecimiento de estos estándares y en asegurar su cumplimiento. Los estándares tienen como objetivo mantener las emisiones no más altas que las de las plantas modernas de gas natural. La aplicación comienza tan pronto como se establecen los estándares, y los costos de cumplimiento pueden recuperarse a través de las tarifas. La ley también considera la fiabilidad, la producción total de energía en cogeneración y ciertas excepciones como la captura y el secuestro de carbono.

(a)CA Servicios Públicos Code § 8341(a) Ninguna entidad de servicio de carga o empresa eléctrica de propiedad pública local podrá celebrar un compromiso financiero a largo plazo a menos que cualquier generación de carga base suministrada bajo dicho compromiso financiero a largo plazo cumpla con el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero establecido por la comisión, de conformidad con la subdivisión (d), para una entidad de servicio de carga, o por la Comisión de Energía, de conformidad con la subdivisión (e), para una empresa eléctrica de propiedad pública local.
(b)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(b)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(1) La comisión no aprobará un compromiso financiero a largo plazo por parte de una corporación eléctrica a menos que cualquier generación de carga base suministrada bajo dicho compromiso financiero a largo plazo cumpla con el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero establecido por la comisión de conformidad con la subdivisión (d).
(2)CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(2) La comisión podrá, para hacer cumplir esta sección, revisar cualquier compromiso financiero a largo plazo propuesto por un proveedor de servicios eléctricos o un agregador de elección comunitaria.
(3)CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(3) La comisión adoptará normas para hacer cumplir los requisitos de esta sección para las entidades de servicio de carga. La comisión adoptará procedimientos, para todas las entidades de servicio de carga, para verificar las emisiones de gases de efecto invernadero de cualquier generación de carga base suministrada bajo un contrato sujeto al estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero para asegurar el cumplimiento del estándar.
(4)CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(4) Al determinar si un compromiso financiero a largo plazo es para generación de carga base, la comisión considerará el diseño de la central eléctrica y el uso previsto de la central eléctrica, según lo determine la comisión basándose en el contrato de compra de electricidad, cualquier certificación recibida de la Comisión de Energía, cualquier otro permiso o certificado necesario para la operación de la central eléctrica, incluido un certificado de conveniencia y necesidad pública, cualquier decisión de aprobación de adquisición para la entidad de servicio de carga, y cualquier otro asunto que la comisión determine relevante bajo las circunstancias.
(5)CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(5) Los costos incurridos por una corporación eléctrica para cumplir con esta sección, incluidos aquellos costos incurridos por acuerdos de compra de electricidad que son aprobados por la comisión y que cumplen con el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, se tratarán como costos de adquisición incurridos de conformidad con un plan de adquisición aprobado y la comisión asegurará la recuperación oportuna de esos costos de conformidad con el párrafo (3) de la subdivisión (d) de la Sección 454.5.
(6)CA Servicios Públicos Code § 8341(b)(6) Un compromiso financiero a largo plazo celebrado a través de un contrato aprobado por la comisión, para electricidad generada por un recurso de generación de cero o bajas emisiones de carbono que se contrata, en nombre de los consumidores de este estado sobre una base de costo del servicio, será recuperable en las tarifas, de la manera que determine la comisión de conformidad con la Sección 380. La comisión podrá, después de una audiencia, aprobar un aumento de medio a 1 por ciento en el retorno de la inversión por parte del tercero que celebre el contrato con una corporación eléctrica con respecto a la inversión en recursos de generación de cero o bajas emisiones de carbono autorizados de conformidad con esta subdivisión.
(c)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(c)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(c)(1) La Comisión de Energía adoptará reglamentos para la aplicación de este capítulo con respecto a una empresa eléctrica de propiedad pública local.
(2)CA Servicios Públicos Code § 8341(c)(2) La Comisión de Energía podrá, para asegurar el cumplimiento del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero por parte de las empresas eléctricas de propiedad pública local, aplicar los procedimientos adoptados por la comisión para verificar las emisiones de gases de efecto invernadero de la generación de carga base de conformidad con la subdivisión (b).
(3)CA Servicios Públicos Code § 8341(c)(3) Al determinar si un compromiso financiero a largo plazo es para generación de carga base, la Comisión de Energía considerará el diseño de la central eléctrica y el uso previsto de la central eléctrica, según lo determine la Comisión de Energía basándose en el contrato de compra de electricidad, cualquier certificación recibida de la Comisión de Energía, cualquier otro permiso para la operación de la central eléctrica, cualquier decisión de aprobación de adquisición para la entidad de servicio de carga, y cualquier otro asunto que la Comisión de Energía determine relevante bajo las circunstancias.
(d)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(d)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(1) A más tardar el 1 de febrero de 2007, la comisión, a través de un procedimiento de elaboración de normas, y en consulta con la Comisión de Energía y la Junta Estatal de Recursos del Aire, establecerá un estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero para toda la generación de carga base de las entidades de servicio de carga, a una tasa de emisiones de gases de efecto invernadero que no sea superior a la tasa de emisiones de gases de efecto invernadero para la generación de carga base de gas natural de ciclo combinado. La aplicación del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero comenzará inmediatamente después del establecimiento del estándar. Todas las centrales eléctricas de gas natural de ciclo combinado que estén en operación, o que tengan una decisión de permiso final de la Comisión de Energía para operar a partir del 30 de junio de 2007, se considerarán en cumplimiento del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero.
(2)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(2) Al determinar la tasa de emisiones de gases de efecto invernadero para la generación de carga base, la comisión incluirá las emisiones netas resultantes de la producción de electricidad por la generación de carga base.
(3)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(3) La comisión establecerá una metodología basada en la producción para asegurar que el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero para la cogeneración reconozca la producción total de energía utilizable del proceso, e incluya todos los gases de efecto invernadero emitidos por la instalación en la producción de energía eléctrica y térmica.
(4)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(4) Al calcular las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de las instalaciones que generan electricidad a partir de energía de biomasa, biogás o gas de vertedero, la comisión considerará las emisiones netas del proceso de cultivo, procesamiento y generación de electricidad a partir de la fuente de combustible.
(5)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(5) El dióxido de carbono que se inyecta en formaciones geológicas, para evitar liberaciones a la atmósfera, en cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, no se contará como emisiones de la central eléctrica al determinar el cumplimiento del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero.
(6)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(6) Al adoptar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la comisión, en consulta con el Operador Independiente del Sistema, considerará los efectos del estándar en la fiabilidad del sistema y los costos generales para los clientes de electricidad.
(7)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(7) Al desarrollar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la comisión abordará las compras a largo plazo de electricidad de fuentes no especificadas de manera consistente con este capítulo.
(8)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(8) Al desarrollar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la comisión considerará y actuará de manera consistente con cualquier norma adoptada de conformidad con la Sección 824a-3 del Título 16 del Código de los Estados Unidos.
(9)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(9) Una corporación eléctrica que proporciona servicio eléctrico a 75,000 o menos clientes minoristas de uso final en California podrá presentar a la comisión una propuesta de cumplimiento alternativo con esta sección, que la comisión podrá aceptar previa demostración por parte de la corporación eléctrica de ambos de los siguientes puntos:
(A)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(9)(A) La mayoría de los clientes minoristas de uso final de la corporación eléctrica para el servicio eléctrico se encuentran fuera de California.
(B)CA Servicios Públicos Code § 8341(d)(9)(B) Las emisiones de gases de efecto invernadero para generar electricidad para los clientes minoristas de uso final de la corporación eléctrica están sujetas a una revisión por parte de la comisión reguladora de servicios públicos de al menos otro estado en el que la corporación eléctrica proporciona servicio eléctrico minorista regulado.
(e)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(e)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(1) A más tardar el 30 de junio de 2007, la Comisión de Energía, en una audiencia pública debidamente notificada y en consulta con la comisión y la Junta Estatal de Recursos del Aire, establecerá un estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero para toda la generación de carga base de las empresas eléctricas de propiedad pública local a una tasa de emisiones de gases de efecto invernadero que no sea superior a la tasa de emisiones de gases de efecto invernadero para la generación de carga base de gas natural de ciclo combinado. El estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero establecido por la Comisión de Energía para las empresas eléctricas de propiedad pública local será consistente con el estándar adoptado por la comisión para las entidades de servicio de carga. La aplicación del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero comenzará inmediatamente después del establecimiento del estándar. Todas las centrales eléctricas de gas natural de ciclo combinado que estén en operación, o que tengan una decisión de permiso final de la Comisión de Energía para operar a partir del 30 de junio de 2007, se considerarán en cumplimiento del estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero.
(2)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(2) El estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero se adoptará mediante reglamento de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(3)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(3) Al determinar la tasa de emisiones de gases de efecto invernadero para la generación de carga base, la Comisión de Energía incluirá las emisiones netas resultantes de la producción de electricidad por la generación de carga base.
(4)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(4) La Comisión de Energía establecerá una metodología basada en la producción para asegurar que el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero para la cogeneración reconozca la producción total de energía utilizable del proceso, e incluya todos los gases de efecto invernadero emitidos por la instalación en la producción de energía eléctrica y térmica.
(5)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(5) Al calcular las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de las instalaciones que generan electricidad a partir de energía de biomasa, biogás o gas de vertedero, la Comisión de Energía considerará las emisiones netas del proceso de cultivo, procesamiento y generación de electricidad a partir de la fuente de combustible.
(6)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(6) El dióxido de carbono que se captura de las emisiones de una central eléctrica y que se elimina permanentemente en formaciones geológicas en cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, no se contará como emisiones de la central eléctrica.
(7)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(7) Al adoptar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la Comisión de Energía, en consulta con el Operador Independiente del Sistema, considerará los efectos del estándar en la fiabilidad del sistema y los costos generales para los clientes de electricidad.
(8)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(8) Al desarrollar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la Comisión de Energía abordará las compras a largo plazo de electricidad de fuentes no especificadas de manera consistente con este capítulo.
(9)CA Servicios Públicos Code § 8341(e)(9) Al desarrollar e implementar el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero, la Comisión de Energía considerará y actuará de manera consistente con cualquier norma adoptada de conformidad con la Sección 824a-3 del Título 16 del Código de los Estados Unidos.
(f)CA Servicios Públicos Code § 8341(f) La Comisión de Energía, en una audiencia pública debidamente notificada y en consulta con la comisión y la Junta Estatal de Recursos del Aire, reevaluará y continuará, modificará o reemplazará el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero cuando se establezca y esté en operación un límite de emisiones de gases de efecto invernadero exigible, que sea aplicable a las empresas eléctricas de propiedad pública local.
(g)CA Servicios Públicos Code § 8341(g) La comisión, a través de un procedimiento de elaboración de normas y en consulta con la Comisión de Energía y la Junta Estatal de Recursos del Aire, reevaluará y continuará, modificará o reemplazará el estándar de rendimiento de emisiones de gases de efecto invernadero cuando se establezca y esté en operación un límite de emisiones de gases de efecto invernadero exigible, que sea aplicable a las entidades de servicio de carga.