Section § 180150

Explanation

Esta ley permite que la autoridad participe en acciones legales, ya sea como demandante o como demandada, en cualquier tribunal o juzgado, a menos que otra ley diga específicamente lo contrario.

La autoridad puede demandar y ser demandada, salvo que la ley disponga lo contrario, en todas las acciones y procedimientos, ante todos los tribunales y juzgados de jurisdicción competente.

Section § 180151

Explanation
En California, si necesita presentar una reclamación de dinero o daños y perjuicios contra una autoridad, el proceso se rige principalmente por secciones específicas del Código de Gobierno. Sin embargo, puede haber excepciones basadas en otras leyes o reglas específicas que se apliquen directamente a esa situación.

Section § 180152

Explanation
Esta sección de la ley permite a la autoridad celebrar contratos y acuerdos necesarios para ejercer sus facultades, incluyendo los relacionados con la expropiación forzosa. También pueden incluir acuerdos para proteger o compensar a terceros, contratar trabajadores y tomar las medidas necesarias para utilizar plenamente las facultades que se les han otorgado.

Section § 180153

Explanation
Esta ley autoriza a la autoridad a celebrar acuerdos con departamentos del gobierno de EE. UU., organismos públicos como el Departamento de Transporte, condados, ciudades, distritos o entidades privadas. Estos acuerdos tienen como fin obtener servicios de ingeniería, gestión de proyectos y gestión de contratos, según lo que la autoridad considere más beneficioso.

Section § 180154

Explanation

Esta ley describe cómo los contratos de más de $10,000 para servicios, suministros, equipos y materiales deben adjudicarse mediante un proceso de licitación competitiva al postor responsable más bajo. Sin embargo, en emergencias, la autoridad o un comité ejecutivo designado puede omitir este proceso. Si no se reciben ofertas aceptables, la autoridad puede, en su lugar, comprar estos artículos en el mercado abierto si determina que es más barato hacerlo.

(a)CA Servicios Públicos Code § 180154(a) Los contratos para la adquisición de servicios, suministros, equipos y materiales que excedan los diez mil dólares ($10,000) se adjudicarán al postor responsable más bajo después de una licitación competitiva, excepto en caso de emergencia declarada por la autoridad o por un comité ejecutivo al que la autoridad haya delegado la responsabilidad de hacer dicha declaración.
(b)CA Servicios Públicos Code § 180154(b) Si, después de rechazar las ofertas recibidas conforme al apartado (a), la autoridad determina y declara que, en su opinión, los servicios, suministros, equipos o materiales pueden adquirirse a un precio más bajo en el mercado abierto, la autoridad podrá proceder a adquirir estos servicios, suministros, equipos o materiales en el mercado abierto sin observar ulteriormente las disposiciones relativas a contratos, ofertas o anuncios.