(a)CA Servicios Públicos Code § 185040(a) Si la autoridad determina que bienes inmuebles o un interés en ellos, adquiridos previamente o en el futuro por el estado para fines de ferrocarril de alta velocidad, ya no son necesarios para esos fines, la autoridad podrá vender o permutar los bienes inmuebles o el interés en ellos a valor justo de mercado de la manera establecida en esta sección.
(b)CA Servicios Públicos Code § 185040(b) Antes de vender los bienes inmuebles o el interés en ellos de cualquier manera autorizada bajo esta sección, la autoridad enviará una notificación por correo certificado al último propietario conocido de los bienes inmuebles o el interés en ellos a su última dirección conocida, informándole que los bienes inmuebles o el interés en ellos se ofrecerán para la venta. La autoridad no venderá los bienes inmuebles o el interés en ellos hasta al menos 30 días después de que se haya enviado la
notificación.
(c)CA Servicios Públicos Code § 185040(c) La autoridad podrá vender la propiedad a un propietario colindante si realiza cualquiera de las siguientes conclusiones:
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 185040(c)(1)
(A)Copy CA Servicios Públicos Code § 185040(c)(1)(A) Que la propiedad es de un tamaño o forma que está por debajo del tamaño y forma estándar normal promedio de otras propiedades de propiedad privada en el vecindario inmediato, y que si la propiedad se vendiera a alguien que no fuera el propietario colindante, daría lugar a un desarrollo del uso del suelo que estaría por debajo y no sería consistente con el uso normal del suelo de otras propiedades en ese vecindario, (B) que la venta de la propiedad a una parte que no sea el propietario colindante puede causar una dificultad indebida o injusta al propietario colindante en el desarrollo u operación normal del uso del suelo de su propiedad, (C) que la propiedad considerada como parte de la propiedad colindante tendría un uso más alto y mejor que bajo
propiedad separada, y (D) que el valor justo de mercado de la propiedad considerada como parte de la propiedad colindante sería más alto que bajo propiedad separada.
(2)Copy CA Servicios Públicos Code § 185040(c)(2)
(A)Copy CA Servicios Públicos Code § 185040(c)(2)(A) Que la venta de la parcela excedente a alguien que no sea el propietario colindante privaría al propietario colindante de un derecho de acceso adquirido existente a una carretera pública y, por lo tanto, crearía una posible causa de acción contra la autoridad o el estado.
(B)CA Servicios Públicos Code § 185040(c)(2)(A)(B) Una venta a un propietario colindante de conformidad con esta subdivisión puede ser mediante contrato de venta o escritura de fideicomiso. El período de pago en un contrato de venta o venta mediante escritura de fideicomiso no se extenderá por más de 10 años a partir del momento en que se ejecute el contrato de venta o la escritura de fideicomiso, y una transacción que involucre un contrato de venta o venta mediante escritura de fideicomiso a partes privadas requerirá un pago inicial de al menos el 30 por ciento del precio de compra.
(d)CA Servicios Públicos Code § 185040(d) La autoridad podrá vender la propiedad a municipios u otras agencias locales a su solicitud, sin convocar a licitaciones competitivas, a un precio que represente su valor justo de mercado, y previa determinación de que el uso previsto es para un propósito público.
(e)CA Servicios Públicos Code § 185040(e) Si se trata de una propiedad mejorada, la propiedad podrá venderse a un antiguo propietario que haya permanecido en ocupación o a un inquilino residencial con una tenencia de cinco años o más con todas las obligaciones de alquiler al día o pagadas en su totalidad.
(f)CA Servicios Públicos Code § 185040(f) Cualquier bien inmueble o interés en ellos podrá, de manera similar, ser permutado, ya sea como consideración total o parcial, por cualquier otro bien inmuebles o interés en ellos según sea necesario para fines de ferrocarril de alta velocidad. Esta disposición no autoriza permutas donde el valor de la propiedad de propiedad estatal exceda el valor de la propiedad que la autoridad busca
adquirir, a menos que el valor excedente sea incidental y la subdivisión de la propiedad de propiedad estatal, para producir una parcela más pequeña de igual valor al valor de la propiedad que la autoridad busca adquirir, reduciría el valor total de la propiedad de propiedad estatal.
(g)CA Servicios Públicos Code § 185040(g) Excepto que se disponga lo contrario en esta sección, la propiedad se venderá mediante la recepción de ofertas selladas competitivas o en subasta pública, el método que la autoridad determine que tiene más probabilidades de lograr el precio de venta más alto.
(h)CA Servicios Públicos Code § 185040(h) Cualquier pago recibido bajo esta sección por la venta de bienes inmuebles que ya no sean necesarios para fines de ferrocarril de alta velocidad se depositará en el Fondo de Propiedad de Ferrocarriles de Alta Velocidad creado de conformidad con la Sección 185045 y estará disponible para la autoridad previa asignación presupuestaria según lo dispuesto en esa sección.
(Amended by Stats. 2017, Ch. 561, Sec. 224. (AB 1516) Effective January 1, 2018.)