Section § 160005

Explanation

Esta ley describe las facultades de la Junta de Poderes Conjuntos para el Estudio del Corredor de la Península en California. Puede adquirir y gestionar propiedades para ferrocarriles, celebrar los contratos necesarios y establecer sus tarifas y servicios sin necesidad de aprobación de la Comisión de Servicios Públicos, excepto en cuestiones de seguridad. La Junta también puede proteger y defender a los operadores de servicios ferroviarios y al Departamento de Transporte cuando las responsabilidades de las propiedades se transfieren a la Junta. Además, la Junta puede nombrar directivos, contratar personal y emprender acciones legales.

Además de los poderes delegados a la Junta de Poderes Conjuntos para el Estudio del Corredor de la Península mediante un acuerdo de ejercicio conjunto de poderes conforme a la Sección 1 del Capítulo 1328 de los Estatutos de 1987, el distrito tiene todos los siguientes poderes:
(a)CA Servicios Públicos Code § 160005(a) Adquirir bienes muebles e inmuebles de toda clase para fines ferroviarios mediante subvención, donación, legado, arrendamiento o expropiación forzosa, y poseer, usar, vender, arrendar o transferir cualquiera de dichos bienes.
(b)CA Servicios Públicos Code § 160005(b) Celebrar cualquier contrato necesario para el ejercicio de sus poderes.
(c)CA Servicios Públicos Code § 160005(c) Establecer o modificar tarifas, cargos y servicios. La Comisión de Servicios Públicos no tiene jurisdicción sobre el distrito ni sobre ninguna de sus actividades, excepto en lo que respecta a asuntos de seguridad pública.
(d)CA Servicios Públicos Code § 160005(d) Indemnizar y defender a cualquier corporación ferroviaria, independientemente de su negligencia, que opere servicios ferroviarios para el distrito conforme a contrato.
(e)CA Servicios Públicos Code § 160005(e) Nombrar a un director ejecutivo y emplear personal y asesoría legal.
(f)CA Servicios Públicos Code § 160005(f) Demandar y ser demandado.
(g)CA Servicios Públicos Code § 160005(g) Indemnizar y defender al Departamento de Transporte con respecto a la transferencia de derechos de vía, estaciones, equipo ferroviario de pasajeros e instalaciones, y contratos, arrendamientos o acuerdos relativos a aquellas propiedades cuya propiedad o responsabilidad se transfiera al distrito de acuerdo con los términos de un acuerdo a negociar.

Section § 160006

Explanation

Esta ley permite que un distrito asuma los servicios e infraestructura ferroviarios del Departamento de Transporte, específicamente el servicio ferroviario entre San Francisco y San José, así como el derecho de vía actualmente propiedad de Southern Pacific Transportation Company. El distrito puede gestionar y operar estos servicios ferroviarios y está autorizado a colaborar con empresas ferroviarias para prestarlos. Si cumplen ciertos requisitos, también pueden extender los servicios de tren de cercanías de San José a Gilroy.

Además, si el distrito recibe activos ferroviarios del Departamento de Transporte sin pagar por ellos, también debe asumir cualquier responsabilidad asociada, como deudas o condiciones de subvención.

(a)CA Servicios Públicos Code § 160006(a) Si el distrito adquiere estaciones, instalaciones y equipo de pasajeros de propiedad o arrendados por el Departamento de Transporte para el servicio ferroviario de pasajeros proporcionado por Southern Pacific Transportation Company entre San Francisco y San José y puntos intermedios, y si el distrito adquiere del Departamento de Transporte el derecho de vía entre San Francisco y San José actualmente propiedad de Southern Pacific Transportation Company, el distrito podrá poseer, operar, construir, gestionar y mantener derechos de vía, estaciones, instalaciones y equipo necesarios para la operación de servicios ferroviarios de pasajeros y de carga entre San Francisco y Alma y puntos intermedios, y podrá contratar con cualquier corporación ferroviaria para la compra o para subsidiar el servicio entre San Francisco y Alma y puntos intermedios. Una vez cumplidas las condiciones especificadas en la subdivisión (a) de la Sección 14035.4 del Código de Gobierno, el distrito podrá proporcionar servicio ferroviario de cercanías entre San José y Gilroy.
(b)CA Servicios Públicos Code § 160006(b) Cualquier activo transferido del Departamento de Transporte al distrito sin compensación se transferirá con todas las obligaciones, responsabilidades, deudas y condiciones de subvención inherentes establecidas por el departamento, incluidas las subvenciones de la Administración de Transporte Urbano Masivo y los contratos de venta con arrendamiento posterior.