Section § 130800

Explanation
Esta ley establece el título oficial para un acto legislativo específico relacionado con el transporte en el Condado de San Bernardino. Se denomina Ley de Consolidación de la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino de 2017.

Section § 130803

Explanation

Esta sección define los términos utilizados en un capítulo específico relacionado con el transporte en el Condado de San Bernardino.

La "Autoridad" se refiere a la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino. La "agencia local de gestión de la congestión" es la agencia del condado encargada de gestionar el tráfico. La "autoridad local de transporte" se ocupa de la gestión del transporte en el condado. Los "Gobiernos Asociados de San Bernardino" son una agencia de poderes conjuntos, y las "Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino" son un grupo de entidades de transporte locales. Finalmente, la "autoridad de servicio para emergencias en autopistas" se encarga de los servicios de emergencia en las autopistas.

Para los fines de este capítulo, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)CA Servicios Públicos Code § 130803(a) Por “Autoridad” se entiende la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino establecida de conformidad con la Sección 130806.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130803(b) Por “agencia local de gestión de la congestión” se entiende una agencia de gestión de la congestión del Condado de San Bernardino establecida de conformidad con el subapartado (a) de la Sección 65089 del Código de Gobierno.
(c)CA Servicios Públicos Code § 130803(c) Por “autoridad local de transporte” se entiende una autoridad de transporte del Condado de San Bernardino establecida de conformidad con la Sección 180050.
(d)CA Servicios Públicos Code § 130803(d) Por “Gobiernos Asociados de San Bernardino” se entiende la agencia de poderes conjuntos establecida de conformidad con la Ley de Ejercicio Conjunto de Poderes (Capítulo 5 (que comienza con la Sección 6500) de la División 7 del Título 1 del Código de Gobierno).
(e)CA Servicios Públicos Code § 130803(e) Por “Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino” se entiende la Comisión de Transporte del Condado de San Bernardino establecida de conformidad con la Sección 130050, la autoridad local de transporte, la autoridad de servicio para emergencias en autopistas y la agencia local de gestión de la congestión existentes el 31 de diciembre de 2016, y los Gobiernos Asociados de San Bernardino cuando actuaba en nombre de, o en calidad de, dichas entidades.
(f)CA Servicios Públicos Code § 130803(f) Por “autoridad de servicio para emergencias en autopistas” se entiende una autoridad de servicio para emergencias en autopistas del Condado de San Bernardino establecida de conformidad con la Sección 2551 del Código de Calles y Carreteras.

Section § 130806

Explanation
Se establece la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino, asumiendo todas las responsabilidades, derechos y obligaciones de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino.

Section § 130807

Explanation

Esta ley establece que la Comisión de Transporte del Condado de San Bernardino se denomina oficialmente como 'la autoridad'.

La Comisión de Transporte del Condado de San Bernardino se conocerá como la autoridad.

Section § 130809

Explanation

Esta sección describe las facultades y derechos de la autoridad encargada de los asuntos de transporte a nivel de condado y local. En esencia, la autoridad puede realizar una amplia variedad de acciones para lograr sus objetivos de transporte, como emitir bonos, adquirir propiedades y fusionar terrenos. También pueden demandar y ser demandados, administrar propiedades de diversas maneras e incluso utilizar la expropiación forzosa si es necesario. La autoridad puede construir y gestionar instalaciones relacionadas con el transporte, contratar empleados, celebrar contratos y establecer tarifas por los servicios. También están facultados para presupuestar, fijar remuneraciones y establecer normas y reglamentos. Además, pueden colaborar con otras entidades, ofrecer seguros y reorganizar la financiación para hacer los proyectos más eficientes. En resumen, la autoridad tiene amplias facultades para gestionar y ejecutar eficazmente las iniciativas relacionadas con el transporte.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130809(a) La autoridad podrá ejercer todos los derechos y facultades, expresos o implícitos, incluyendo, sin limitación, la facultad de emitir bonos, y acogerse a cualquier inmunidad o exención prevista por la ley para una comisión de transporte del condado, una autoridad de transporte local, una autoridad de servicios para emergencias en autopistas, o una agencia local de gestión de la congestión.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130809(b) Las facultades de la autoridad incluyen, entre otras, la facultad de hacer todo lo siguiente:
(1)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(1) Demandar y ser demandada.
(2)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(2) Adquirir cualquier propiedad por cualquier medio, y poseer, administrar, ocupar, desarrollar, desarrollar conjuntamente, disponer de, arrendar, transmitir o gravar de cualquier otra forma la propiedad.
(3)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(3) Crear un interés de arrendamiento en la propiedad en beneficio de la autoridad.
(4)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(4) Adquirir, por expropiación forzosa, cualquier propiedad necesaria para llevar a cabo cualquiera de sus facultades o funciones.
(5)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(5) Fusionar o dividir parcelas, ajustar líneas divisorias o tomar acciones similares como parte de la adquisición de terrenos o según sea necesario para llevar a cabo sus funciones.
(6)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(6) Construir, adquirir, desarrollar, desarrollar conjuntamente, mantener, operar, arrendar y disponer de obras, propiedades, derechos de paso e instalaciones.
(7)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(7) Nombrar a los empleados necesarios, incluyendo asesores legales, y definir sus cualificaciones y deberes.
(8)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(8) Celebrar y ejecutar todos los contratos necesarios.
(9)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(9) Fijar y cobrar tarifas por cualquier servicio prestado por ella.
(10)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(10) Adoptar un sello y modificarlo.
(11)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(11) Adoptar un presupuesto anual y fijar la remuneración de sus funcionarios, miembros de la junta y empleados.
(12)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(12) Establecer y hacer cumplir normas y reglamentos para la administración, operación y mantenimiento de instalaciones y servicios.
(13)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(13) Celebrar acuerdos de poderes conjuntos con otras entidades.
(14)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(14) Proveer seguros.
(15)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(15) Emitir bonos y contraer otras obligaciones.
(16)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(16) Adelantar fondos de cualquier fuente para un proyecto en previsión de futuras fuentes de financiación o contribuciones de otras agencias con el fin de maximizar la entrega eficiente de los proyectos emprendidos por la autoridad.
(17)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(17) Prestar dinero de cualquiera de los fondos o cuentas en poder de la autoridad a cualquier otro fondo o cuenta en poder de la autoridad, si se cumplen todas las condiciones siguientes:
(A)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(17)(A) El préstamo está autorizado de conformidad con una resolución de la junta directiva de la autoridad.
(B)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(17)(B) La autoridad determina que el préstamo sirve a los propósitos de la autoridad.
(C)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(17)(C) Todo el dinero prestado al fondo o cuenta prestataria se gasta para cualquiera de los fines lícitos para los que se estableció la cuenta prestataria.
(18)CA Servicios Públicos Code § 130809(b)(18) Hacer cualquier otra cosa necesaria o deseable para llevar a cabo los propósitos de una comisión de transporte del condado, una autoridad de transporte local, una autoridad de servicios para emergencias en autopistas o una agencia local de gestión de la congestión.

Section § 130812

Explanation
Esta ley permite a una autoridad pública acudir a los tribunales para confirmar que sus instrumentos financieros, como bonos y contratos emitidos después del 1 de enero de 2017, son legalmente válidos. Para ello, utiliza un procedimiento legal específico descrito en el Código de Procedimiento Civil.

Section § 130815

Explanation

Esta sección explica cómo se forma el órgano de gobierno de una autoridad específica en el Condado de San Bernardino. Está compuesto por cinco miembros de la Junta de Supervisores del Condado de San Bernardino y un miembro de cada ciudad incorporada dentro del condado, quien debe ser un alcalde o un concejal. Además, hay un miembro sin derecho a voto nombrado por el Gobernador. Cada ciudad puede elegir un suplente, quien también debe ser un alcalde o concejal, para asistir a las reuniones si el miembro principal no puede.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130815(a) El órgano de gobierno de la autoridad estará compuesto por los siguientes miembros:
(1)CA Servicios Públicos Code § 130815(a)(1) Cinco miembros de la Junta de Supervisores del Condado de San Bernardino.
(2)CA Servicios Públicos Code § 130815(a)(2) Un miembro de cada ciudad incorporada del Condado de San Bernardino, quien deberá ser un alcalde o un miembro del concejo municipal.
(3)CA Servicios Públicos Code § 130815(a)(3) Un miembro sin derecho a voto designado por el Gobernador.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130815(b) Cada ciudad incorporada del Condado de San Bernardino podrá designar un miembro suplente para que la represente en una reunión, pero solo si el miembro titular no puede asistir a la reunión. El miembro suplente deberá ser un alcalde o un miembro del concejo municipal.

Section § 130818

Explanation

Esta ley establece que cualquier mención de la Comisión de Transporte del Condado de San Bernardino o agencias similares en realidad se refiere a la 'autoridad'. La autoridad asume todos los derechos, deberes, activos y pasivos de estas agencias, incluyendo cualquier contrato existente antes de 2017. Todas las propiedades y deudas de estas agencias se transfieren a la autoridad, lo que significa que la autoridad es responsable de ellas al igual que lo eran las agencias anteriores.

Los derechos de los acreedores y los gravámenes sobre la propiedad, así como los bonos vinculados a estas agencias, permanecen intactos y ahora son obligaciones válidas de la autoridad. La autoridad hereda todos los poderes y responsabilidades sin necesidad de aprobación adicional de los Gobiernos Asociados de San Bernardino. Pueden ser parte en procedimientos legales existentes cuando corresponda. Además, la autoridad tiene la facultad de asegurar la protección de los tenedores de bonos y puede continuar los servicios que antes prestaban las agencias.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130818(a) Cualquier referencia a la Comisión de Transporte del Condado de San Bernardino o a una comisión de transporte del Condado de San Bernardino, autoridad de transporte local, autoridad de servicio para emergencias en autopistas, o agencia local de gestión de la congestión, se considerará que se refiere a la autoridad.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130818(b) Por ministerio de la ley, la autoridad actuará como y asumirá los derechos, obligaciones, activos y pasivos de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino, según lo establecido por ministerio de la ley o bajo cualquier contrato del cual cualquiera de ellas sea parte y que se haya celebrado antes del 1 de enero de 2017. Todos los bienes muebles e inmuebles propiedad de cualquiera de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino se transferirán a la autoridad por ministerio de la ley.
(c)CA Servicios Públicos Code § 130818(c) Las respectivas deudas y pasivos legalmente exigibles de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino se transferirán a la autoridad y existirán como deudas y pasivos de la autoridad de la misma manera como si la autoridad los hubiera contraído por sí misma.
(d)CA Servicios Públicos Code § 130818(d) Los respectivos derechos de los acreedores y todos los gravámenes sobre la propiedad de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino transferidos a la autoridad, incluyendo, sin limitación, cualquier pignoración de ingresos u otra garantía que asegure el reembolso de bonos, según se definen esos términos en la Sección 5450 del Código de Gobierno, y las demás responsabilidades de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino transferidas a la autoridad, se preservarán intactos, y esos bonos son obligaciones válidas de la autoridad, en cada caso limitados en gravamen o pignoración a la propiedad afectada por los gravámenes o pignoraciones inmediatamente antes de la transferencia de las responsabilidades y obligaciones relacionadas.
(e)CA Servicios Públicos Code § 130818(e) Todos los poderes, deberes, deudas, obligaciones, pasivos o reclamaciones que surjan de o estén relacionados con los poderes, deberes, deudas, obligaciones y pasivos transferidos a la autoridad bajo este capítulo por ministerio de la ley se transferirán a la autoridad sin ulterior recurso a los Gobiernos Asociados de San Bernardino o sus agencias miembro, según corresponda, y se podrá proceder contra la autoridad o sustituirla en el lugar de cualquiera de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino si la acción o procedimiento se refiere a un poder, deber, ingreso, deuda, obligación, pasivo o reclamación transferido.
(f)CA Servicios Públicos Code § 130818(f) Con el fin de proteger a los tenedores de bonos en circulación, no vencidos y otros títulos de deuda de las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino relacionados con las responsabilidades y obligaciones transferidas a la autoridad, la autoridad tendrá la facultad de tomar todas las acciones y hacer todo lo necesario o requerido para la protección de dichos tenedores y para el cumplimiento de los términos de esos bonos y otros títulos de deuda. La autoridad tendrá la facultad de continuar todos los servicios que las Agencias Consolidadas del Condado de San Bernardino, en la fecha de la transferencia, estaba prestando y que se referían a las responsabilidades y obligaciones transferidas a la autoridad.

Section § 130821

Explanation

Esta ley asegura que capítulos específicos relacionados con las facultades y funciones de una autoridad determinada sean plenamente aplicables, mejorando sus capacidades según lo establecido en dichos capítulos. También describe cómo debe utilizarse el dinero de los bonos de la autoridad. Una vez que los proyectos previstos con los bonos se completan, los fondos restantes deben usarse para pagar el capital y los intereses de los bonos, o para recomprar y cancelar bonos en el mercado abierto.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130821(a) El Capítulo 1 (que comienza con el Artículo 180000), el Capítulo 5 (que comienza con el Artículo 180200) y, excepto el Artículo 180260, el Capítulo 6 (que comienza con el Artículo 180250) de la División 19 (que comienza con el Artículo 180000) serán igualmente aplicables a la autoridad como si estuvieran aquí establecidos y se sumarán a las facultades y funciones de la autoridad establecidas en esta división.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130821(b) No obstante el Artículo 180260, todos los ingresos de los bonos de la autoridad se aplicarán para garantizar los bonos o para los fines para los cuales se contrajo la deuda. Sin embargo, una vez cumplidos los fines, cualquier dinero restante se transferirá al fondo utilizado para el pago del principal y los intereses de los bonos, o se colocará en un fondo para ser utilizado en la compra de los bonos en circulación en el mercado abierto a los precios y de la manera, ya sea mediante venta pública o privada o de otra forma, según lo determine la autoridad. Los bonos así comprados se cancelarán inmediatamente.

Section § 130824

Explanation

Esta ley explica que, cuando se crea la nueva autoridad, los empleados de los Gobiernos Asociados de San Bernardino pasan automáticamente a ser empleados de la autoridad sin interrupción de servicio para fines del sistema de retiro. La autoridad asume todas las responsabilidades laborales anteriores, incluidas las contribuciones de retiro y las obligaciones de cumplimiento. La transición no genera nuevas responsabilidades por retiro para el sistema de retiro, y la autoridad sigue gestionando las responsabilidades actuariales no financiadas existentes como antes.

La autoridad también hereda las responsabilidades del programa de beneficios de reemplazo, asegurando que los derechos de los miembros permanezcan inalterados, independientemente de si son empleados activos, diferidos o jubilados. Esta transferencia no crea ni ofrece un nuevo programa o plan de beneficios a los empleados.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130824(a) Después de la creación de la autoridad y en la fecha de entrada en vigor de una resolución de la Junta de Retiro de la Asociación de Retiro de Empleados del Condado de San Bernardino que consiente la afiliación de los empleados de la autoridad conforme a la subdivisión (b) del Artículo 31557 del Código de Gobierno, todos los empleados actuales en ese momento de los Gobiernos Asociados de San Bernardino se considerarán empleados de la autoridad y todos los deberes y obligaciones de la relación laboral serán asumidos por la autoridad. El estatus de cada empleado que se considere que ha pasado a ser empleado de la autoridad por efecto de esta sección, con respecto a la afiliación al sistema de retiro, será, en todos los aspectos, como si el empleado hubiera permanecido miembro del sistema de retiro sin interrupción de servicio ni cambio de empleador. La autoridad se considerará un "distrito" según lo definido por la Ley de Retiro de Empleados del Condado de 1937 (Capítulo 3 (que comienza con el Artículo 31450) de la Parte 3 de la División 4 del Título 3 del Código de Gobierno) y asumirá en todos los aspectos todos los derechos, obligaciones y el estatus previamente ocupados por los Gobiernos Asociados de San Bernardino como distrito participante en el sistema de retiro, incluyendo, entre otros, el pago de las contribuciones del empleador, el pago de la responsabilidad actuarial no financiada, la retención de las contribuciones de los empleados, el informe de la compensación devengable y la compensación pensionable, la retención de registros y el cumplimiento de auditorías, la afiliación de empleados elegibles, el cumplimiento de las restricciones sobre el empleo de personas jubiladas y la asunción de las contribuciones de los empleados conforme al Artículo 414(h)(2) del Código de Rentas Internas (26 U.S.C. 414(h)(2)) y cualquier acuerdo o resolución que lo implemente.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130824(b) La terminación del estatus de los Gobiernos Asociados de San Bernardino como distrito participante en el sistema de retiro no activará la responsabilidad por retiro conforme al Artículo 31564.2 del Código de Gobierno. La autoridad asumirá las obligaciones previas de los Gobiernos Asociados de San Bernardino para el pago de la responsabilidad actuarial no financiada, que seguirá incluyéndose en las tasas de contribución calculadas y aprobadas conforme a la Ley de Retiro de Empleados del Condado de 1937, incluyendo, entre otros, los Artículos 31453, 31453.5, 31454, 31581 y 31585 del Código de Gobierno, como si no hubiera habido ningún cambio en el empleador participante.
(c)CA Servicios Públicos Code § 130824(c) La autoridad sucederá en los derechos, deberes y obligaciones de los Gobiernos Asociados de San Bernardino con respecto a su programa de beneficios de reemplazo conforme al Capítulo 3.9 (que comienza con el Artículo 31899) de la Parte 3 de la División 4 del Título 3 del Código de Gobierno. Los derechos de cada miembro del sistema de retiro a participar en el programa de beneficios de reemplazo, tal como existen esos derechos en el momento de la transferencia de derechos, deberes y obligaciones a la autoridad, ya sea que el miembro sea empleado activo, diferido o jubilado, continuarán como si no hubiera habido ningún cambio en el estatus del empleador. La transferencia de derechos, deberes y responsabilidades no se considerará la creación de un nuevo programa de beneficios de reemplazo, y la continuación de los derechos de los empleados conforme a la operación de esta sección no se considerará la oferta de un nuevo plan a ningún empleado, a los efectos del Artículo 7522.43 y la subdivisión (c) del Artículo 31899 del Código de Gobierno.

Section § 130827

Explanation
Esta ley permite a la autoridad celebrar acuerdos con los Gobiernos Asociados de San Bernardino para proporcionarles servicios de empleados. Ambas partes deben acordar los términos y condiciones para que este arreglo sea legal.

Section § 130828

Explanation

Esta ley permite a la autoridad en San Bernardino usar un método especial de contratación de diseño-construcción, que combina los servicios de diseño y construcción en un solo contrato, para edificar el proyecto del Viaducto de Mt. Vernon Avenue. Esto solo puede ocurrir con la aprobación de la junta directiva. Además, en el Código de Contratos Públicos relacionado, cualquier mención de 'agencia local' se refiere a esta autoridad específica y a su junta.

(a)CA Servicios Públicos Code § 130828(a) A pesar de la Sección 130232, la autoridad, previa aprobación de la junta directiva, podrá utilizar el proceso de contratación de diseño y construcción descrito en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 22160) de la Parte 3 de la División 2 del Código de Contratos Públicos para adjudicar un contrato para la construcción del proyecto del Viaducto de Mt. Vernon Avenue en la Ciudad de San Bernardino.
(b)CA Servicios Públicos Code § 130828(b) Para los fines de esta sección, todas las referencias en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 22160) de la Parte 3 de la División 2 del Código de Contratos Públicos a “agencia local” significarán la autoridad y su junta directiva.

Section § 130828.1

Explanation

Este estatuto establece que se necesita una ley especial para el proyecto del Viaducto de Mt. Vernon Avenue, a cargo de la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino, debido a sus circunstancias únicas. Una ley general no puede abordar estas necesidades, por lo que esta ley específica es necesaria para ayudar a desarrollar el proyecto de manera rápida y eficiente.

Lo siguiente se aplica a la Sección 130828:
La Legislatura encuentra y declara que es necesario un estatuto especial y que un estatuto general no puede hacerse aplicable en el sentido de la Sección (16) del Artículo (IV) de la Constitución de California debido a las circunstancias únicas y especiales que rodean el proyecto del Viaducto de Mt. Vernon Avenue de la Autoridad de Transporte del Condado de San Bernardino y la necesidad de desarrollar el proyecto de manera inmediata, rápida y eficiente.