Section § 131050

Explanation

Esta ley permite a las juntas de supervisores de los condados de California crear un proceso con los comités de selección de ciudades para abordar proyectos esenciales de tráfico y transporte si no hay suficientes fondos federales, estatales o locales disponibles. Pueden establecer comités para recopilar la opinión de todo el condado sobre estos proyectos y desarrollar un plan de gastos de transporte. Deben participar en estas discusiones varios representantes, incluidos los de las ciudades, las agencias de tránsito y otras organizaciones relevantes. Las reuniones deben seguir las reglas de la Ley Ralph M. Brown, que exige transparencia en las reuniones del gobierno local. La junta de supervisores y el comité de selección de ciudades pueden solicitar ayuda a la comisión y deben establecer un cronograma y un proceso para completar estas tareas.

Cualquier junta de supervisores que crea que su condado tiene proyectos esenciales de tráfico y transporte para los cuales las estimaciones actuales de fondos federales, estatales y locales pueden no estar adecuadamente disponibles, podrá establecer, a partir del 1 de enero de 1986, en conjunto con el comité de selección de ciudades, un proceso para desarrollar un consenso a nivel de condado sobre la necesidad de estos proyectos y sobre un plan propuesto de gastos de transporte del condado para financiar adecuadamente la construcción, el mantenimiento, la reparación o la operación de estos proyectos. El proceso podrá incluir el establecimiento de un comité o comités según lo consideren necesario la junta de supervisores y el comité de selección de ciudades. El proceso deberá prever la participación de representantes de las ciudades y del condado, representantes de las agencias de tránsito que prestan servicio al condado, el departamento, la comisión y otras agencias que la junta de supervisores y el comité de selección de ciudades determinen que son necesarias. Las reuniones de cualquier comité establecido están sujetas a la Ley Ralph M. Brown (Capítulo 9 (que comienza con la Sección 54950) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno). La junta de supervisores y el comité de selección de ciudades podrán solicitar a la comisión que proporcione alguna asistencia de personal. La junta de supervisores y el comité de selección de ciudades establecerán, mediante resolución, un cronograma previsto y el proceso a utilizar para la finalización de las tareas establecidas en este capítulo.

Section § 131051

Explanation

Esta ley establece los requisitos para un plan de gastos de transporte del condado en California. El plan debe enumerar los proyectos de transporte esenciales en orden de prioridad, identificar las agencias patrocinadoras de estos proyectos y reconocer la escasez de fondos. Debe proporcionar tanto estimaciones de costos como fuentes de financiación actuales, así como identificar los fondos adicionales necesarios. Existen recomendaciones sobre la adopción de una ordenanza fiscal para financiar los proyectos y sobre si se debe buscar una autoridad de emisión de bonos.

La ley también sugiere si se debe establecer una autoridad de transporte del condado o involucrar a la comisión para administrar estos fondos, lo que requiere la aprobación de los votantes. Además, contempla la participación de los condados adyacentes en la planificación cooperativa de proyectos que afectan a varios condados.

El plan de gastos de transporte del condado constará de todo lo siguiente:
(a)Copy CA Servicios Públicos Code § 131051(a)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 131051(a)(1) Una lista de proyectos esenciales de tráfico y transporte en orden de prioridad dentro del condado, y sus respectivas agencias patrocinadoras, para los cuales las estimaciones actuales de fondos federales, estatales y locales indican que son insuficientes para su finalización. Los tipos de proyectos pueden incluir, entre otros, proyectos de capital, mantenimiento, reparación u operación. Sin embargo, no se incluirá ningún proyecto que no tenga una agencia patrocinadora. Las estimaciones de financiación federal y estatal se basarán en las estimaciones proporcionadas por el personal de la comisión. La agencia patrocinadora proporcionará estimaciones de costos para sus proyectos. Una agencia que administre una ordenanza de impuestos sobre transacciones y uso minorista adoptada de conformidad con esta división no será un operador de tránsito público. Además, cualquier proyecto de carretera estatal está sujeto a la aprobación del departamento. Cualquier proyecto que se estime que tiene financiación adecuada no se incluirá en la lista.
(2)CA Servicios Públicos Code § 131051(a)(2) No obstante lo dispuesto en el párrafo (1), los fondos generados por esta división podrán utilizarse para adelantar la construcción a una fecha anterior para proyectos contenidos en el plan estatal de mejora del transporte con la concurrencia de la autoridad de transporte del condado, la comisión, la Comisión de Transporte de California y el departamento.
(b)CA Servicios Públicos Code § 131051(b) Una estimación de los costos de cada uno de los proyectos enumerados en la subdivisión (a).
(c)CA Servicios Públicos Code § 131051(c) Una estimación de las fuentes actuales de fondos disponibles para ayudar en la finalización de cada uno de los proyectos enumerados en la subdivisión (a).
(d)CA Servicios Públicos Code § 131051(d) Una estimación de las cantidades adicionales de fondos para compensar la diferencia entre las cifras de las subdivisiones (b) y (c) para cada uno de los proyectos enumerados en la subdivisión (a).
(e)CA Servicios Públicos Code § 131051(e) Una recomendación sobre si la adopción de una ordenanza de impuestos sobre transacciones y uso minorista sería necesaria para financiar los proyectos enumerados en la subdivisión (a). Si se hace una recomendación para la adopción de dicha ordenanza, esta incluirá una recomendación sobre si el impuesto será permanente o por un plazo específico. La recomendación también abordará la cuestión de si se debe buscar una autoridad de emisión de bonos y sobre las limitaciones de dicha autoridad.
(f)CA Servicios Públicos Code § 131051(f) Una recomendación sobre si la junta de supervisores debe solicitar a los votantes que autoricen la creación de una autoridad de transporte del condado de conformidad con esta división para imponer y administrar los ingresos de la ordenanza fiscal recomendada en la subdivisión (e), o si la junta de supervisores debe solicitar a la comisión que imponga y administre los ingresos del impuesto. La ordenanza estará sujeta a la aprobación de la mayoría de los electores que voten sobre la medida para aprobar la imposición del impuesto.
(g)CA Servicios Públicos Code § 131051(g) Si la recomendación es que la junta de supervisores pida a los votantes que soliciten a la comisión que imponga el impuesto, se hará una recomendación para el establecimiento y la composición de un comité asesor para aconsejar a la comisión sobre la administración del plan de gastos de transporte del condado recomendado.
(h)CA Servicios Públicos Code § 131051(h) Si la recomendación es para la creación de una autoridad de transporte del condado, la recomendación también incluirá la composición de la autoridad, especificando el número de miembros que representarán a los gobiernos locales y el número que representará al condado.
(i)CA Servicios Públicos Code § 131051(i) Una recomendación sobre si buscar el apoyo de los condados adyacentes para proyectos que tengan un impacto intercondal, solicitando a la junta de supervisores y al comité de selección de la ciudad de cada uno de los condados adyacentes que desarrollen un plan de gastos de transporte del condado para su respectivo condado. Los condados adyacentes se esforzarán por trabajar cooperativamente para desarrollar proyectos mutuos de tráfico y transporte identificados en su respectivo plan de gastos de transporte del condado.

Section § 131052

Explanation

Esta ley exige que un plan propuesto de gastos de transporte para un condado debe pasar primero por una audiencia pública y ser revisado por la comisión. Después de estos pasos, puede presentarse a la junta de supervisores y a los gobiernos locales para su aprobación.

El plan de gastos de transporte recomendado para el condado estará sujeto a una audiencia pública y luego a una revisión por parte de la comisión, antes de su presentación a la junta de supervisores y a los gobiernos locales para su adopción.

Section § 131053

Explanation

Esta ley exige que la comisión apruebe un borrador de plan de gastos de transporte del condado en un plazo de 45 días, a menos que existan problemas. La aprobación puede ser denegada si el plan afectaría negativamente a la región, carece de fondos suficientes para los proyectos, contiene conflictos internos o se basa en estimaciones de ingresos fiscales poco realistas.

La comisión deberá, dentro de los 45 días siguientes a la recepción de un borrador de plan de gastos de transporte del condado remitido conforme a la Sección 131052, aprobar el borrador del plan a menos que se realice una o más de las siguientes constataciones:
(a)CA Servicios Públicos Code § 131053(a) Habría un impacto regional negativo significativo como resultado de los proyectos propuestos.
(b)CA Servicios Públicos Code § 131053(b) No hay fondos suficientes disponibles para implementar los proyectos propuestos.
(c)CA Servicios Públicos Code § 131053(c) Existen conflictos dentro del plan de gastos de transporte del condado.
(d)CA Servicios Públicos Code § 131053(d) Las estimaciones de los ingresos de cualquier ordenanza propuesta de impuestos sobre transacciones minoristas y uso no son razonables.

Section § 131054

Explanation
Si un plan de gastos de transporte del condado no cumple con los requisitos necesarios, la Comisión lo devolverá al condado para que se realicen cambios. Una vez modificado, el condado puede volver a presentarlo para la revisión de la Comisión.

Section § 131055

Explanation
Esta sección de la ley describe el proceso para aprobar un plan de gastos de transporte del condado en California. Después de que la comisión aprueba inicialmente el plan, este pasa a la junta de supervisores del condado y a los gobiernos locales para su aprobación adicional. Se necesita una votación mayoritaria tanto de los supervisores como de los gobiernos locales, los cuales deben representar a la mayoría de la población del condado en las áreas incorporadas. Una vez aprobado, el plan final debe ser publicado por el condado en un plazo de 30 días.

Section § 131056

Explanation

Antes de que una ordenanza de impuesto sobre transacciones minoristas y uso relacionada con fondos de transporte deje de estar en vigor, la comisión local o la autoridad del condado debe elaborar un nuevo plan de gastos de transporte con al menos un año de antelación. Este nuevo plan debe ser aprobado según el capítulo específico.

Si el borrador del plan es aprobado, la junta de supervisores preguntará a los votantes en la próxima elección primaria o general si la ordenanza debe seguir apoyando el nuevo plan.

(a)CA Servicios Públicos Code § 131056(a) No menos de un año antes de la fecha de la última elección general en la que una ordenanza de impuesto sobre transacciones minoristas y uso está en vigor de conformidad con esta división, la comisión o la autoridad de transporte del condado que administra el plan de gastos de transporte del condado adoptado deberá preparar un nuevo borrador de plan de gastos de transporte del condado para su aprobación de conformidad con este capítulo.
(b)CA Servicios Públicos Code § 131056(b) Tras la aprobación del borrador del plan, la junta de supervisores deberá someter, en la próxima elección primaria o general, la cuestión de si la ordenanza deberá permanecer en vigor para financiar el plan aprobado.

Section § 131057

Explanation

Esta ley explica las funciones de la comisión y las autoridades de transporte de los condados en California. Establece que solo pueden usar sus facultades para gestionar el plan de transporte del condado y administrar un impuesto especial sobre las transacciones minoristas relacionadas con el transporte.

Específicamente, la Autoridad de Transporte del Condado de San Mateo puede administrar los fondos recibidos del Distrito de Tránsito del Condado de San Mateo. Esto debe estar en línea con un plan de gastos fiscales que los votantes hayan aprobado.

(a)CA Servicios Públicos Code § 131057(a) La comisión y cualquier autoridad de transporte del condado, al administrar el plan de gastos de transporte del condado adoptado y al imponer el impuesto sobre transacciones minoristas y el impuesto sobre el uso, tendrán únicamente las facultades necesarias para dichos fines.
(b)CA Servicios Públicos Code § 131057(b) La Autoridad de Transporte del Condado de San Mateo tendrá la facultad de administrar los fondos transferidos a ella por el Distrito de Tránsito del Condado de San Mateo, de conformidad con el plan de gastos para un impuesto aprobado por los votantes impuesto por el Distrito de Tránsito del Condado de San Mateo de conformidad con la Sección 103350.