Section § 120050

Explanation

Esta ley establece la Junta de Desarrollo del Tránsito Metropolitano de San Diego, también conocida como el Sistema de Tránsito Metropolitano de San Diego, en una parte específica del Condado de San Diego. La junta es reconocida como un distrito de tránsito rápido para ciertos propósitos del código de gobierno y es considerada un organismo público según el Código de Calles y Carreteras.

(a)CA Servicios Públicos Code § 120050(a) Por la presente se establece la Junta de Desarrollo del Tránsito Metropolitano de San Diego en la porción del Condado de San Diego según se describe en la Sección 120054.
(b)CA Servicios Públicos Code § 120050(b) La junta también será conocida como el Sistema de Tránsito Metropolitano de San Diego. Cualquier referencia en la ley a la junta se interpretará que incluye una referencia al Sistema de Tránsito Metropolitano de San Diego.
(c)Copy CA Servicios Públicos Code § 120050(c)
(1)Copy CA Servicios Públicos Code § 120050(c)(1) La junta será considerada un distrito de tránsito rápido para los fines establecidos en el Artículo 5 (que comienza con la Sección 53090) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno.
(2)CA Servicios Públicos Code § 120050(c)(2) La junta estará incluida dentro del significado de “organismo público”, según se define en la Sección 1450 del Código de Calles y Carreteras.

Section § 120050.2

Explanation

Esta ley define cómo se conforma una junta de 15 miembros. Incluye un supervisor del Condado de San Diego y un miembro de cada ayuntamiento de ocho ciudades específicas. Cuatro miembros provienen del Concejo Municipal de San Diego, incluyendo al alcalde, y dos del Concejo Municipal de Chula Vista, también con el alcalde incluido. El presidente de la junta es elegido por un voto de dos tercios y sirve por dos años, pero puede ser destituido en cualquier momento por un voto similar.

La junta consta de 15 miembros seleccionados de la siguiente manera:
(a)CA Servicios Públicos Code § 120050.2(a) Un miembro de la Junta de Supervisores del Condado de San Diego, designado por la junta de supervisores.
(b)CA Servicios Públicos Code § 120050.2(b) Un miembro de cada ayuntamiento designado individualmente por los ayuntamientos de las Ciudades de Coronado, El Cajon, Imperial Beach, La Mesa, Lemon Grove, National City, Poway y Santee.
(c)CA Servicios Públicos Code § 120050.2(c) Cuatro miembros del Concejo Municipal de la Ciudad de San Diego, uno de los cuales será el alcalde, y dos miembros del Concejo Municipal de la Ciudad de Chula Vista, uno de los cuales será el alcalde, cada uno designado por su respectivo concejo municipal.
(d)CA Servicios Públicos Code § 120050.2(d) El presidente de la junta será seleccionado por un voto de dos tercios de la junta, con la presencia de un quórum. El presidente servirá por un período de dos años, excepto que él o ella está sujeto a remoción en cualquier momento por un voto de dos tercios de la junta, con la presencia de un quórum.

Section § 120051

Explanation
Esta ley establece que, en la junta de supervisores de la junta de desarrollo de tránsito, un miembro debe provenir de uno de los dos distritos de supervisión con la mayor parte de su área dentro de las zonas incorporadas del Condado de San Diego que están bajo la jurisdicción de la junta.

Section § 120051.6

Explanation

Esta ley explica cómo deben nombrarse los miembros suplentes de la junta de desarrollo de tránsito.

En primer lugar, la Junta de Supervisores del Condado de San Diego es responsable de nombrar a un supervisor del condado, que no haya sido nombrado previamente, de uno de los dos distritos que se encuentran en mayor medida dentro de la jurisdicción de la junta de tránsito.

Además, ciertos ayuntamientos deben nombrar un miembro suplente de su ayuntamiento para la junta de tránsito. También pueden nombrar un segundo suplente si es necesario para la asistencia a las reuniones.

Tanto los miembros suplentes como los segundos miembros suplentes comparten las mismas responsabilidades y autoridad que los miembros regulares de la junta cuando asisten a las reuniones.

Los miembros suplentes de la junta serán nombrados de la siguiente manera:
(a)CA Servicios Públicos Code § 120051.6(a) La Junta de Supervisores del Condado de San Diego nombrará a un supervisor del condado, que no haya sido nombrado previamente conforme a la Sección 120051, que represente a uno de los dos distritos de supervisión con el mayor porcentaje de su área dentro del área incorporada del Condado de San Diego dentro del área bajo la jurisdicción de la junta de desarrollo de tránsito según se define en la Sección 120054, para servir como miembro suplente de la junta de desarrollo de tránsito.
(b)CA Servicios Públicos Code § 120051.6(b) Los ayuntamientos de las ciudades especificadas en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 120050.2 nombrarán cada uno individualmente a un miembro de sus respectivos ayuntamientos que no haya sido nombrado previamente conforme a la subdivisión (b) o (c) de la Sección 120050.2 para servir como miembro suplente de la junta de desarrollo de tránsito por cada miembro de la ciudad en la junta.
(c)CA Servicios Públicos Code § 120051.6(c) A su discreción, un ayuntamiento o la junta de supervisores del condado podrá nombrar un segundo miembro suplente, de la misma manera en que se nombran los primeros suplentes, para servir en la junta en caso de que ni un miembro ni el miembro suplente puedan asistir a una reunión de la junta.
(d)CA Servicios Públicos Code § 120051.6(d) Un miembro suplente y un segundo miembro suplente estarán sujetos a las mismas restricciones y tendrán las mismas facultades, cuando sirvan en la junta, que un miembro.

Section § 120054

Explanation

Esta ley describe las áreas cubiertas por una junta específica, incluyendo varias ciudades en el Condado de San Diego como Chula Vista y San Diego. También incluye la mayoría de las áreas no incorporadas del condado, excepto aquellas que ya forman parte de otra junta de desarrollo de tránsito, y las áreas rodeadas por las ciudades especificadas.

El área de la junta estará compuesta por todo lo siguiente:
(a)CA Servicios Públicos Code § 120054(a) Las ciudades de Chula Vista, Coronado, El Cajón, Imperial Beach, La Mesa, Lemon Grove, National City, Poway, San Diego y Santee.
(b)CA Servicios Públicos Code § 120054(b) Toda el área no incorporada del Condado de San Diego, excepto cuando esté incluida de otra manera dentro de la Junta de Desarrollo de Tránsito del Norte del Condado de San Diego en la Sección 125052.
(c)CA Servicios Públicos Code § 120054(c) Toda el área no incorporada del Condado de San Diego rodeada por las ciudades especificadas en las subdivisiones (a) y (b).