Según se utiliza en esta división, a menos que el contexto requiera lo contrario, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Servicios Públicos Code § 3302(a) “Ley” significa la Ley de la Autoridad de Financiamiento para la Energía y Conservación del Consumidor de California.
(b)CA Servicios Públicos Code § 3302(b) “Autoridad” significa la Autoridad de Financiamiento para la Energía y Conservación del Consumidor de California establecida conforme a la Sección 3320 y cualquier junta, comisión, departamento o funcionario que suceda en sus funciones, o a quien la ley confiera las facultades otorgadas a la autoridad por esta división.
(c)CA Servicios Públicos Code § 3302(c) “Junta” significa la Junta Directiva de la Autoridad de Financiamiento para la Energía y Conservación del Consumidor de California.
(d)CA Servicios Públicos Code § 3302(d) “Acuerdo de compra de bonos” significa un acuerdo contractual ejecutado entre la autoridad y un suscriptor o suscriptores y, cuando sea apropiado, una parte participante, mediante el cual la autoridad acuerda vender bonos emitidos conforme a esta división.
(e)CA Servicios Públicos Code § 3302(e) “Bonos” significa bonos, incluyendo bonos estructurados, preferentes y subordinados u otros valores; préstamos; pagarés, incluyendo pagarés de ingresos de bonos o de anticipación de subvenciones; certificados de deuda; papel comercial; valores de tasa flotante y vencimiento variable; y cualquier otra evidencia de deuda o propiedad, incluyendo certificados de participación o de interés beneficiario, certificados respaldados por activos, o acuerdos de arrendamiento con opción a compra o de compra a plazos, ya sean gravables o excluibles del ingreso bruto para fines de impuestos sobre la renta estatales y federales.
(f)CA Servicios Públicos Code § 3302(f) “Costo”, según se aplica a un programa, proyecto o parte del mismo financiado bajo esta división, significa todo o parte del costo de construcción, mejora, reparación, reconstrucción, renovación y adquisición de todos los terrenos, estructuras, bienes inmuebles o personales mejorados o no mejorados, derechos, derechos de paso, franquicias, licencias, servidumbres e intereses adquiridos o utilizados para un proyecto; el costo de demoler, remover o reubicar cualquier edificio o estructura en el terreno así adquirido, incluyendo el costo de adquirir cualquier terreno al que puedan trasladarse los edificios o estructuras; el costo de toda la maquinaria y equipo; los cargos financieros; los costos de cualquier mitigación ambiental; los costos de emisión de bonos u otras deudas; los intereses previos, durante y por un período posterior a la finalización del proyecto, según lo determine la autoridad; las provisiones para capital de trabajo; las reservas para capital e intereses; las reservas para la reducción de costos de préstamos u otra asistencia financiera; las reservas para mantenimiento, extensión, ampliaciones, adiciones, reemplazos, renovaciones y mejoras; y el costo de servicios arquitectónicos, de ingeniería, financieros, de tasación y legales, planes, especificaciones, estimaciones, gastos administrativos y otros gastos necesarios o incidentales para determinar la viabilidad de cualquier proyecto, empresa o programa o incidentales a la finalización o financiamiento de cualquier proyecto o programa.
(g)CA Servicios Públicos Code § 3302(g) “Empresa” significa una mejora, edificio, sistema, planta, obras, instalaciones o emprendimiento que produce ingresos, utilizado para o útil para la generación o producción de energía eléctrica para iluminación, calefacción y energía para usos públicos o privados. Empresa incluye, pero no se limita a, todas las partes de la empresa, todos sus accesorios, terrenos, servidumbres, derechos sobre la tierra, derechos de agua, derechos contractuales, franquicias, edificios, estructuras, mejoras, equipos e instalaciones anexas o relacionadas con la empresa.
(h)CA Servicios Públicos Code § 3302(h) “Asistencia financiera” en relación con un proyecto, empresa o programa, incluye, pero no se limita a, cualquier combinación de subvenciones, préstamos, los ingresos de bonos emitidos por la autoridad, seguros, garantías u otras mejoras crediticias o facilidades de liquidez, y contribuciones de dinero, propiedad, mano de obra u otras cosas de valor, según lo apruebe la junta mediante resolución; la compra o retención de bonos de la autoridad, los bonos de una parte participante para su retención o para su venta por la autoridad, o la emisión de bonos de la autoridad o los bonos de un fideicomiso de propósito especial utilizados para financiar el costo de un proyecto o programa por el cual una parte participante es directa o indirectamente responsable, incluyendo, pero no limitado a, bonos cuya garantía se proporciona total o parcialmente conforme a las facultades otorgadas por esta división; bonos para los cuales la autoridad ha proporcionado una garantía o mejora; o cualquier otro tipo de asistencia que la autoridad determine como apropiada.
(i)CA Servicios Públicos Code § 3302(i) “Fondo” significa el Fondo de la Autoridad de Financiamiento para la Energía y Conservación del Consumidor de California.
(j)CA Servicios Públicos Code § 3302(j) “Acuerdo de préstamo” significa un acuerdo contractual ejecutado entre la autoridad y una parte participante que establece que la autoridad prestará fondos a la parte participante y que la parte participante reembolsará el capital y pagará los intereses y la prima de rescate, si los hubiere, del préstamo.
(k)CA Servicios Públicos Code § 3302(k) “Parte participante” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Servicios Públicos Code § 3302(k)(1) Cualquier persona, compañía, corporación, sociedad, firma, tribu indígena de California reconocida federalmente, u otra entidad o grupo de entidades, ya sea con fines de lucro o sin fines de lucro, dedicada a negocios u operaciones dentro del estado y que solicite asistencia financiera de la autoridad con el propósito de implementar un proyecto o programa de la manera prescrita por la autoridad.
(2)CA Servicios Públicos Code § 3302(k)(2) Cualquier subdivisión del gobierno estatal o local, incluyendo, pero no limitado a, departamentos, agencias, comisiones, ciudades, condados, corporaciones sin fines de lucro, distritos especiales, distritos de evaluación y autoridades de poderes conjuntos dentro del estado o cualquier combinación de estas subdivisiones, que tenga, o proponga adquirir, un interés en un proyecto, o que opere o proponga operar un programa bajo la Sección 3365, y que presente una solicitud a la autoridad para asistencia financiera de la manera prescrita por la autoridad.
(l)CA Servicios Públicos Code § 3302(l) “Programa” significa un programa que proporciona asistencia financiera, según lo dispuesto en el Artículo 6 (que comienza con la Sección 3365).
(m)CA Servicios Públicos Code § 3302(m) “Proyecto” significa plantas, instalaciones, equipos, aparatos, estructuras, expansiones y mejoras dentro del estado que sirven a los propósitos de esta división según lo apruebe la autoridad, y todas las actividades y gastos necesarios para iniciar y completar esos proyectos descritos en el Artículo 5 (que comienza con la Sección 3350) y el Artículo 7 (que comienza con la Sección 3368), del Capítulo 3.
(n)CA Servicios Públicos Code § 3302(n) “Ingresos” significa todos los recibos, pagos de compra, reembolsos de préstamos, pagos de arrendamiento, alquileres, tarifas y cargos, y todos los demás ingresos o recibos derivados por la autoridad de una empresa, o por la autoridad o una parte participante de cualquier otro acuerdo de financiamiento emprendido por la autoridad o una parte participante, incluyendo, pero no limitado a, todos los recibos de un acuerdo de compra de bonos, y cualquier ingreso o renta derivada de la inversión de cualquier dinero en cualquier fondo o cuenta de la autoridad o de una parte participante.
(o)CA Servicios Públicos Code § 3302(o) “Estado” significa el Estado de California.
(Amended by Stats. 2008, Ch. 558, Sec. 31. Effective January 1, 2009.)