Section § 950

Explanation

Esta ley define el término "abogado" como alguien que está autorizado para ejercer la abogacía o que el cliente cree razonablemente que tiene dicha autorización, en cualquier estado o país.

Según se utiliza en este artículo, "abogado" significa una persona autorizada, o que el cliente cree razonablemente que está autorizada, para ejercer la abogacía en cualquier estado o nación.

Section § 951

Explanation

Esta ley define a un 'cliente' como cualquier persona que consulta a un abogado para obtener servicios o asesoramiento legal, ya sea directamente o a través de alguien autorizado para actuar en su nombre. También incluye situaciones en las que un tutor o curador consulta a un abogado en nombre de una persona que no puede tomar decisiones por sí misma debido a su incapacidad.

Según se utiliza en este artículo, «cliente» significa una persona que, directamente o a través de un representante autorizado, consulta a un abogado con el propósito de contratar al abogado u obtener servicios o asesoramiento legal de él en su capacidad profesional, e incluye a una persona incapaz (a) que consulta al abogado por sí misma o (b) cuyo tutor o curador consulta al abogado en nombre de la persona incapaz.

Section § 952

Explanation

En términos sencillos, esta sección define qué es una "comunicación confidencial entre cliente y abogado". Se refiere a la información compartida de forma privada entre un cliente y su abogado durante su relación. Esta información está destinada a mantenerse en secreto de cualquier persona que no esté involucrada en ayudar al cliente o que no sea necesaria para el asesoramiento legal. También incluye cualquier opinión legal o consejo dado por el abogado como parte de esta relación.

Tal como se utiliza en este artículo, "comunicación confidencial entre cliente y abogado" significa información transmitida entre un cliente y su abogado en el curso de esa relación y en confianza por un medio que, hasta donde el cliente tiene conocimiento, no revela la información a terceros que no sean aquellos que están presentes para promover el interés del cliente en la consulta o aquellos a quienes la divulgación es razonablemente necesaria para la transmisión de la información o el cumplimiento del propósito para el cual se consulta al abogado, e incluye una opinión legal formada y el consejo dado por el abogado en el curso de esa relación.

Section § 953

Explanation

Esta ley define quién posee ciertos privilegios legales. Si el cliente está vivo y no tiene tutor, el cliente posee el privilegio. Si hay un tutor o curador, generalmente ellos poseen el privilegio, a menos que sus intereses entren en conflicto con los del cliente. Si el cliente ha fallecido, su representante personal posee el privilegio. Para las organizaciones que ya no existen, un sucesor o representante similar posee el privilegio.

Según se utiliza en este artículo, "titular del privilegio" significa:
(a)CA Prueba Code § 953(a) El cliente, si el cliente no tiene tutor ni curador.
(b)Copy CA Prueba Code § 953(b)
(1)Copy CA Prueba Code § 953(b)(1) Un tutor o curador del cliente, si el cliente tiene un tutor o curador, excepto según lo dispuesto en el párrafo (2).
(2)CA Prueba Code § 953(b)(2) Si el tutor o curador tiene un conflicto de intereses real o aparente con el cliente, entonces el tutor o curador no es el titular del privilegio.
(c)CA Prueba Code § 953(c) El representante personal del cliente si el cliente ha fallecido, incluyendo un representante personal nombrado conforme a la Sección 12252 del Código de Sucesiones.
(d)CA Prueba Code § 953(d) Un sucesor, cesionario, fiduciario en disolución, o cualquier representante similar de una empresa, asociación, organización, sociedad, fideicomiso mercantil, corporación o entidad pública que ya no exista.

Section § 954

Explanation

Esta sección explica que los clientes pueden mantener en privado las comunicaciones con sus abogados. Pueden negarse a compartir estas conversaciones confidenciales y pueden impedir que otros las compartan. Este privilegio se aplica si lo invoca el cliente, alguien autorizado por el cliente o el propio abogado. Sin embargo, el abogado no puede invocar este privilegio si el cliente ya no existe o si una persona autorizada le indica lo contrario.

Esta regla de confidencialidad se aplica tanto a clientes individuales como a organizaciones como sociedades y corporaciones. También incluye los servicios prestados por las sociedades de abogados y sus empleados a sus clientes.

Con sujeción a la Sección 912 y salvo que se disponga lo contrario en este artículo, el cliente, sea o no parte, tiene el privilegio de negarse a revelar, y de impedir que otro revele, una comunicación confidencial entre cliente y abogado si el privilegio es invocado por:
(a)CA Prueba Code § 954(a) El titular del privilegio;
(b)CA Prueba Code § 954(b) Una persona autorizada para invocar el privilegio por el titular del privilegio; o
(c)CA Prueba Code § 954(c) La persona que era el abogado en el momento de la comunicación confidencial, pero dicha persona no podrá invocar el privilegio si no existe un titular del privilegio o si una persona autorizada para permitir la divulgación le indica lo contrario.
La relación de abogado y cliente existirá entre una sociedad de abogados tal como se define en el Artículo 10 (que comienza con la Sección 6160) del Capítulo 4 de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones y las personas a quienes presta servicios profesionales, así como entre dichas personas y los miembros del Colegio de Abogados del Estado empleados por dicha sociedad para prestar servicios a dichas personas. La palabra “personas” tal como se utiliza en esta subdivisión incluye sociedades colectivas, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada, asociaciones y otros grupos y entidades.

Section § 955

Explanation

Un abogado debe hacer valer el privilegio de confidencialidad si se le pide que revele una comunicación legalmente protegida mientras está presente. Esta obligación se aplica cuando el abogado tiene permiso para invocar este privilegio según reglas específicas.

El abogado que recibió o realizó una comunicación sujeta al privilegio bajo este artículo deberá invocar el privilegio siempre que esté presente cuando se intente divulgar la comunicación y esté autorizado para invocar el privilegio conforme a la subdivisión (c) de la Sección 954.

Section § 956

Explanation

Esta ley establece que las protecciones de privacidad habituales entre un abogado y su cliente no se aplican si los servicios del abogado se utilizaron para ayudar a alguien a cometer o planear un delito o fraude. Sin embargo, existe una excepción para los servicios legales relacionados con el cannabis medicinal o para uso de adultos que cumplen con las leyes estatales y locales. Estas comunicaciones siguen siendo privadas, siempre que el abogado también informe al cliente sobre cualquier conflicto con la ley federal.

(a)CA Prueba Code § 956(a) No existe privilegio conforme a este artículo si los servicios del abogado fueron solicitados u obtenidos para permitir o ayudar a cualquier persona a cometer o planear cometer un delito o un fraude.
(b)CA Prueba Code § 956(b) Esta excepción al privilegio otorgado por este artículo no se aplicará a los servicios legales prestados en cumplimiento de las leyes estatales y locales sobre cannabis medicinal o cannabis para uso de adultos, y las comunicaciones confidenciales proporcionadas con el propósito de prestar esos servicios son comunicaciones confidenciales entre cliente y abogado, según se define en la Sección 952, siempre que el abogado también asesore al cliente sobre los conflictos con respecto a la ley federal.

Section § 956.5

Explanation

Esta ley establece que un abogado no puede mantener la confidencialidad de la comunicación de un cliente si cree que revelarla es necesario para detener un acto delictivo que probablemente cause la muerte o lesiones graves.

No existe privilegio bajo este artículo si el abogado cree razonablemente que la divulgación de cualquier comunicación confidencial relacionada con la representación de un cliente es necesaria para prevenir un acto delictivo que el abogado cree razonablemente que es probable que resulte en la muerte o un daño corporal sustancial a un individuo.

Section § 957

Explanation
Esta ley explica que cuando las personas están involucradas en una disputa legal y todas ellas están haciendo reclamaciones basadas en derechos que obtuvieron de una persona fallecida, no hay confidencialidad en las comunicaciones que son relevantes para el asunto. No importa cómo obtuvieron sus reclamaciones: ya sea a través de un testamento, sin testamento, mediante transferencias realizadas fuera del proceso de sucesión testamentaria, o por transacciones hechas mientras la persona estaba viva.

Section § 958

Explanation
Esta ley establece que cuando hay un problema legal sobre si un abogado o un cliente ha incumplido sus obligaciones en su relación profesional, las comunicaciones entre ellos no están protegidas por las reglas de confidencialidad. En otras palabras, si hay una disputa sobre el incumplimiento de deberes, sus comunicaciones pueden ser utilizadas como prueba en el tribunal.

Section § 959

Explanation
Esta ley indica que si un abogado es testigo de un documento que un cliente firma, no existe el secreto profesional abogado-cliente para las conversaciones relacionadas con las intenciones del cliente, su capacidad mental o el proceso de firma de dicho documento.

Section § 960

Explanation
Esta ley establece que no hay protección de confidencialidad para las comunicaciones sobre las intenciones de un cliente fallecido con respecto a una escritura, testamento o cualquier otro documento que afecte intereses de propiedad. En otras palabras, dichas comunicaciones pueden ser utilizadas en procedimientos legales si son relevantes para entender la intención de la persona fallecida.

Section § 961

Explanation

Esta ley explica que no hay protección legal (o privilegio) para las comunicaciones sobre si una escritura, testamento o cualquier documento escrito que afecte intereses de propiedad es válido, si el cliente que lo otorgó ha fallecido.

No existe privilegio bajo este artículo en cuanto a una comunicación relevante para una cuestión relativa a la validez de una escritura de traspaso, testamento u otro escrito, otorgado por un cliente, ahora fallecido, que pretenda afectar un interés en una propiedad.

Section § 962

Explanation
Cuando dos o más personas contratan al mismo abogado para un asunto compartido, no pueden reclamar el privilegio abogado-cliente por las comunicaciones relacionadas con ese asunto si terminan en un caso civil uno contra el otro. Esto significa que cualquier cosa que hayan discutido con el abogado sobre su interés común podría usarse en el tribunal si se demandan mutuamente.