De Autos de Revisión, Mandato y Prohibición 1067.-1110bAuto de Mandato
Section § 1084
Section § 1085
Esta ley permite a un tribunal emitir un 'auto de mandamus', que es una orden que obliga a un tribunal inferior, corporación, junta o persona a hacer algo que están legalmente obligados a hacer. Este auto también puede asegurar que alguien obtenga un derecho o cargo al que tiene derecho si le fue denegado injustamente. En casos específicos que involucran casos civiles de cuantía limitada o delitos menores, la división de apelaciones puede ordenar al tribunal superior que cumpla con este auto, considerándolo como un tribunal inferior cuando sea aplicable.
Section § 1085.5
Esta sección de la ley explica que si alguien desea impugnar o revisar las acciones tomadas por el Director de Alimentos y Agricultura bajo partes específicas del Código de Alimentos y Agricultura, debe seguir un procedimiento particular. Este procedimiento se describe en otra parte del mismo código, asegurando que exista un proceso estándar para manejar estos casos.
Section § 1086
Esta ley establece que una orden judicial especial, llamada mandamiento judicial, debe ser emitida cuando alguien no tiene una solución fácil, rápida y adecuada disponible por los medios legales ordinarios. El mandamiento puede ser expedido si la persona que lo solicita presenta una petición verificada y tiene un interés legítimo en el caso.
Section § 1087
Esta ley describe dos tipos de órdenes judiciales, conocidas como autos: alternativo y perentorio. Un auto alternativo le indica a alguien que debe realizar una tarea específica o, en su defecto, explicar al tribunal por qué no lo ha hecho. Un auto perentorio ordena a la persona que realice la tarea sin ofrecerle la oportunidad de dar explicaciones.
Section § 1088
Si quieres solicitar a un tribunal un auto (una orden judicial formal) sin avisar a la otra parte, el tribunal puede permitirlo, pero primero emitirá un auto alternativo (provisional). Sin embargo, si la otra parte es notificada correctamente y el auto es concedido, el tribunal puede emitir un auto perentorio (definitivo) de inmediato. En cualquier caso, al solicitar el auto, debes entregar a cada persona involucrada un aviso y una copia de la petición con al menos diez días de antelación. Además, un auto no puede ser concedido solo porque la otra parte no respondió; el tribunal debe escuchar el caso aunque la otra parte no se presente.
Section § 1088.5
Section § 1089
Section § 1089.5
Si alguien presenta una petición en el tribunal solicitando un mandamiento judicial, y los documentos necesarios se incluyen, la otra parte debe responder en un plazo de 30 días. Sin embargo, si los documentos se solicitan pero no se adjuntan inicialmente, la respuesta debe presentarse 30 días después de que se reciban esos documentos.
Section § 1090
Esta sección permite que un tribunal decida si una pregunta de hecho crucial para una moción legal debe ser juzgada por un jurado. Si el tribunal decide hacerlo, puede retrasar los argumentos hasta que el juicio con jurado haya terminado y se entreguen los resultados. El tribunal debe especificar claramente qué pregunta debe decidir el jurado y dónde se llevará a cabo el juicio. También se le puede pedir al jurado que determine cualquier daño adeudado a la persona que solicitó esta acción si gana.
Section § 1091
Section § 1092
Section § 1093
Section § 1094
Esta sección explica qué sucede si no se presenta una contestación, que es una respuesta legal a una petición judicial. Si esto ocurre, el tribunal puede decidir el caso basándose en los documentos del solicitante. Si la contestación solo presenta cuestiones legales o asuntos sin importancia, el tribunal procede a programar una audiencia. Además, si una petición de auto de mandamus no tiene disputas de hecho o si se basa únicamente en un expediente administrativo, una parte puede solicitar una sentencia rápida sin un juicio completo mediante una moción notificada.
Section § 1094.5
Esta ley describe el proceso para revisar la validez de las órdenes o decisiones administrativas finales mediante una investigación judicial. Establece que estos casos deben ser escuchados por un juez sin jurado, y detalla cómo se pueden presentar los expedientes de procedimientos anteriores y quién paga por ellos. El tribunal examina si la decisión excedió su autoridad, fue justa o implicó un abuso de discreción. Si se excluyó indebidamente evidencia o ha surgido nueva evidencia, el tribunal puede ordenar una reconsideración. También puede instruir al organismo administrativo para que anule o reconsidere su decisión. Además, discute las condiciones bajo las cuales el tribunal puede detener temporalmente la ejecución de la decisión administrativa, a menudo considerando el interés público. Se aplican reglas especiales cuando las decisiones involucran hospitales privados o agencias estatales, especialmente en relación con reclamos por discriminación. El estatuto también detalla cómo una decisión administrativa puede ser suspendida si se presenta una apelación. Además, especifica los procedimientos sobre cómo se pueden manejar los expedientes administrativos y restringe las revisiones judiciales de decisiones disciplinarias específicas relacionadas con ciertos empleados estatales.
Section § 1094.6
Esta sección de la ley explica cómo y cuándo se puede impugnar una decisión tomada por una agencia local en California, excluyendo los distritos escolares. Para ello, debe presentar una petición dentro de los 90 días posteriores a que la decisión sea firme. Si existe la posibilidad de reconsideración, o si se emite una decisión por escrito, el plazo puede cambiar según cuándo finalice el período de reconsideración o cuándo reciba la decisión por correo. Si solicita el expediente completo de la decisión dentro de los 10 días siguientes a que sea firme, obtendrá tiempo adicional para presentar su petición, hasta 30 días después de recibir el expediente. La ley también especifica qué se considera una decisión, como despidos, permisos denegados o multas, y garantiza que todos estén al tanto de su derecho a una revisión judicial dentro de estos plazos. Además, si otras leyes establecen un plazo más corto para presentar una petición, se aplicarán esas normas en su lugar.
Section § 1094.8
Esta ley trata sobre el proceso de revisión de decisiones relacionadas con permisos u otras aprobaciones para actividades protegidas por la Primera Enmienda, como la libertad de expresión. Cuando alguien desea impugnar la decisión de una ciudad sobre un permiso de este tipo, la ciudad debe preparar rápidamente los registros para el caso. Si la ciudad o la persona titular del permiso inicia una acción legal, deben seguir un proceso acelerado. Esto incluye plazos para la presentación y programación de audiencias judiciales para asegurar resoluciones rápidas. Incluso hay una disposición para asignar jueces adicionales si el tribunal local está demasiado ocupado para cumplir con los plazos. Las partes involucradas también pueden acordar extender los plazos si es necesario.
Section § 1095
Si alguien gana una demanda (es decir, la sentencia es a su favor), puede obtener una compensación por los daños que el jurado o el juez decidan que le corresponden, además de cubrir sus gastos (costas). El tribunal emitirá rápidamente una orden obligatoria para hacer cumplir esto. Si el demandado es un funcionario del gobierno, la compensación proviene de la agencia gubernamental para la que trabaja, no del funcionario a título personal. Sin embargo, el tribunal debe confirmar primero que el funcionario actuó de buena fe en el proceso. Las entidades públicas incluyen gobiernos estatales y locales, y el término “funcionario” abarca a los oficiales y empleados.
Section § 1096
Section § 1097
Si a alguien se le entrega una orden judicial directa, llamada 'mandato perentorio', y se niega a cumplirla sin una buena razón, el tribunal puede multarlo con hasta $1,000. Si siguen sin cumplir la orden, el tribunal incluso puede enviarlos a la cárcel hasta que hagan lo que la orden dice. El tribunal también puede tomar cualquier medida necesaria para asegurar que la orden se cumpla.