Section § 35

Explanation

Esta ley establece que los casos judiciales relacionados con el registro de votantes, la certificación de candidatos, las medidas electorales, las impugnaciones electorales y secciones específicas del Código Electoral deben ser priorizados según la fecha de su presentación. A estos casos se les dará precedencia en el calendario judicial. Esta ley está programada para expirar el 1 de enero de 2027, a menos que una nueva ley la extienda o elimine la fecha de vencimiento.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 35(a) Los procedimientos en casos que involucren el registro o la denegación de registro de votantes, la certificación o la denegación de certificación de candidatos, la certificación o la denegación de certificación de medidas electorales, las impugnaciones electorales, las acciones conforme a la Sección 20010 o 20012 del Código Electoral, las acciones conforme al Capítulo 7 (que comienza con la Sección 20510) de la División 20 del Código Electoral, y las acciones conforme al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 21100) de la División 21 del Código Electoral se colocarán en el calendario en el orden de su fecha de presentación y se les dará precedencia.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 35(b) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2027, y a partir de esa fecha quedará derogada, a menos que una ley posterior, promulgada antes del 1 de enero de 2027, elimine o extienda esa fecha.

Section § 35

Explanation

Esta ley establece que, a partir del 1 de enero de 2027, ciertos procedimientos legales relacionados con el voto y las elecciones —como el registro de votantes, la certificación de candidatos y la gestión de impugnaciones electorales— deben ser priorizados en el calendario judicial según la fecha en que se presenten. Esto significa que se les dará precedencia sobre otros casos.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 35(a) Los procedimientos en casos que involucren el registro o la denegación de registro de votantes, la certificación o la denegación de certificación de candidatos, la certificación o la denegación de certificación de medidas en la boleta, las impugnaciones electorales, las acciones conforme a la Sección 20012 del Código Electoral, las acciones conforme al Capítulo 7 (que comienza con la Sección 20510) de la División 20 del Código Electoral, y las acciones conforme al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 21100) de la División 21 del Código Electoral se colocarán en el calendario en el orden de su fecha de presentación y se les dará precedencia.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 35(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2027.

Section § 36

Explanation

Esta ley explica cómo ciertos casos civiles pueden recibir prioridad para ser juzgados. Si una persona tiene más de 70 años y un interés importante en un caso, puede pedir que el juicio se celebre antes si su salud podría afectar su participación. De manera similar, un menor de 14 años involucrado en un caso de lesiones personales o muerte por negligencia puede solicitar que su juicio se adelante, a menos que el tribunal encuentre una razón para no hacerlo. También se puede pedir preferencia si una persona padece una enfermedad grave que podría llevar a la muerte en un plazo de seis meses. En ambas situaciones, si el tribunal está de acuerdo, el juicio debe realizarse en un plazo de 120 días, con pocas posibilidades de aplazamientos. Los casos que involucran negligencia profesional de un proveedor de atención médica tienen un calendario ligeramente diferente.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 36(a) Una parte en una acción civil que tenga más de 70 años de edad puede solicitar al tribunal una preferencia, la cual el tribunal concederá si el tribunal realiza ambos de los siguientes hallazgos:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 36(a)(1) La parte tiene un interés sustancial en la acción en su totalidad.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 36(a)(2) La salud de la parte es tal que una preferencia es necesaria para evitar perjudicar el interés de la parte en el litigio.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 36(b) Una acción civil para recuperar daños por muerte por negligencia o lesiones personales tendrá derecho a preferencia a solicitud de cualquier parte en la acción que sea menor de 14 años de edad, a menos que el tribunal determine que la parte no tiene un interés sustancial en el caso en su totalidad. Una acción civil sujeta a la subdivisión (a) tendrá preferencia sobre un caso sujeto a esta subdivisión.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 36(c) A menos que el tribunal ordene lo contrario:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 36(c)(1) Una parte puede presentar y notificar una moción de preferencia respaldada por una declaración de la parte solicitante de que todas las partes esenciales han sido notificadas del proceso o han comparecido.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 36(c)(2) En cualquier momento durante la tramitación de la acción, una parte que cumpla 70 años de edad puede presentar y notificar una moción de preferencia.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 36(d) A su discreción, el tribunal también puede conceder una moción de preferencia que esté acompañada de documentación médica clara y convincente que concluya que una de las partes sufre de una enfermedad o condición que genera una duda médica sustancial sobre la supervivencia de esa parte más allá de seis meses, y que satisfaga al tribunal de que los intereses de la justicia serán atendidos al conceder la preferencia.
(e)CA Procedimiento Civil Code § 36(e) No obstante cualquier otra disposición de la ley, el tribunal puede, a su discreción, conceder una moción de preferencia que esté respaldada por una demostración que satisfaga al tribunal de que los intereses de la justicia serán atendidos al conceder esta preferencia.
(f)CA Procedimiento Civil Code § 36(f) Al concederse dicha moción de preferencia, el tribunal fijará el asunto para juicio en un plazo no mayor de 120 días a partir de esa fecha y no habrá aplazamiento más allá de los 120 días a partir de la concesión de la moción de preferencia, excepto por discapacidad física de una parte o del abogado de una parte, o previa demostración de causa justificada establecida en el expediente. Cualquier aplazamiento no será por más de 15 días y no se podrá conceder más de un aplazamiento por discapacidad física a ninguna parte.
(g)CA Procedimiento Civil Code § 36(g) Al concederse una moción de preferencia de conformidad con la subdivisión (b), una parte en una acción basada en la supuesta negligencia profesional de un proveedor de atención médica, según se define en la Sección 364, recibirá una fecha de juicio no antes de seis meses y no después de nueve meses a partir de la fecha en que se conceda la moción.

Section § 36.5

Explanation

Esta sección de la ley permite que un abogado presente una declaración jurada, conocida como 'affidavit', para solicitar que un caso judicial se acelere, basándose en la información y creencia del abogado sobre la condición médica de una de las partes y su pronóstico de salud futuro. Sin embargo, esta declaración jurada solo puede usarse para hacer esa solicitud específica de acelerar el caso, y no para ningún otro asunto en el tribunal.

Una declaración jurada presentada en apoyo de una moción de preferencia conforme a la subdivisión (a) de la Sección 36 puede ser firmada por el abogado de la parte que solicita la preferencia basándose en información y creencia en cuanto al diagnóstico médico y pronóstico de cualquier parte. La declaración jurada no es admisible para ningún otro propósito que no sea una moción de preferencia conforme a la subdivisión (a) de la Sección 36.

Section § 37

Explanation

Si alguien demanda por daños y perjuicios debido a una lesión o pérdida causada por un delito cometido por una persona que ya ha sido condenada, su caso puede ser tramitado de forma acelerada en los tribunales. El tribunal debería intentar iniciar este juicio en un plazo de 120 días después de aceptar adelantarlo en el calendario.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 37(a) Una acción civil tendrá derecho a preferencia si la acción es aquella en la que el demandante busca una indemnización por daños y perjuicios que presuntamente fueron causados por el demandado durante la comisión de un delito grave por el cual el demandado ha sido condenado penalmente.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 37(b) El tribunal procurará juzgar la acción dentro de los 120 días siguientes a la concesión de la preferencia.

Section § 38

Explanation

Esta sección define lo que significa el término 'distrito judicial' en las leyes de California. Si una ley menciona un 'distrito judicial', generalmente se refiere al área cubierta por un tribunal de apelación o, si se habla de un tribunal superior, a todo el condado.

A menos que la disposición o el contexto requiera lo contrario, una referencia en un estatuto a un distrito judicial significa:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 38(a) En lo que respecta a un tribunal de apelación, el distrito del tribunal de apelación.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 38(b) En lo que respecta a un tribunal superior, el condado.