Juzgado de Menor CuantíaDisposiciones Generales
Section § 116.110
Section § 116.120
Esta ley establece que las disputas civiles menores, como las que se tratan en los tribunales de reclamos menores, son muy importantes para las personas involucradas y tienen un impacto más amplio en la sociedad y la economía. Subraya que estas disputas deben manejarse de manera rápida, económica y justa. Los tribunales de reclamos menores se crearon para proporcionar este tipo de foro, convirtiéndolos en una parte crucial del sistema de justicia y esenciales para proteger los derechos y la propiedad de las personas. La ley también asegura que los procedimientos judiciales prioricen la conveniencia de los individuos involucrados sobre la de otras partes o testigos.
Section § 116.130
Esta sección de la ley proporciona definiciones para términos clave relacionados con el tribunal de menor cuantía. Un 'demandante' es cualquiera que inicia un caso de menor cuantía, mientras que un 'demandado' es la persona a la que se demanda, incluso si presenta una contrademanda. El 'acreedor de la sentencia' es quien gana el juicio monetario, y el 'deudor de la sentencia' es quien pierde. El término 'persona' abarca a individuos y empresas, mientras que 'individuo' se refiere estrictamente a un ser humano. 'Parte' se refiere tanto a demandantes como a demandados. Una 'moción' es una solicitud escrita de una parte al tribunal, que puede ser informal, como una carta. Una 'declaración' es una declaración firmada bajo pena de perjurio, y la 'causa justificada' implica la decisión de un juez de que ciertas circunstancias justifican una acción del tribunal. Por último, 'correo' se refiere al correo de primera clase, a menos que se indique lo contrario.
Section § 116.140
En los tribunales de menor cuantía, ciertas reglas no se aplican. Específicamente, no obtendrá tiempo adicional para actuar solo porque se le envió una notificación por correo, y no puede utilizar los embargos prejudiciales, que son herramientas legales para asegurar los bienes de un demandado antes de ganar un caso.