Juzgado de Menor CuantíaAdministración
Section § 116.920
Esta sección significa que el Consejo Judicial es responsable de crear y mantener las reglas y los documentos utilizados en los tribunales de reclamos menores. También exige que el Consejo, trabajando con el Departamento de Asuntos del Consumidor, se asegure de que las personas involucradas en casos de reclamos menores estén informadas sobre la ayuda disponible. Deben establecer estándares para los asesores y jueces de reclamos menores, incluyendo cómo deben ser capacitados y cómo deben comportarse. El objetivo es tener reglas claras y consistentes para que el tribunal de reclamos menores sea lo más justo y eficiente posible.
Section § 116.930
Esta ley exige que los tribunales de reclamos menores en California proporcionen recursos útiles para entender los procedimientos y reglas de los reclamos menores. Cada sala de audiencias debe tener una publicación que explique cómo funciona el tribunal de reclamos menores, incluyendo la ejecución de sentencias. Los tribunales también pueden elaborar manuales que orienten a las personas sobre cómo completar formularios y presentar casos. El Departamento de Asuntos del Consumidor, si cuenta con financiación, es responsable de crear y distribuir manuales o folletos con información sobre reclamos menores. Además, podrían colaborar con el Consejo Judicial para proporcionar a los jueces una guía sobre las leyes de protección al consumidor relevantes para los casos de reclamos menores.
Section § 116.940
Esta ley describe cómo los condados de California, o sus tribunales superiores, deben proporcionar servicios de asesoramiento para casos de menor cuantía al público. Estos servicios incluyen ofrecer asesoramiento personal sobre los procedimientos de casos de menor cuantía y el cobro de sentencias, y pueden brindarse en persona o por teléfono. Los condados con menos de 1,000 casos de menor cuantía al año pueden optar por servicios menos completos, como proporcionar información general a través de mensajes grabados durante el horario comercial y distribuir folletos informativos sobre casos de menor cuantía. El servicio de asesoramiento debe trabajar en estrecha colaboración con los tribunales de casos de menor cuantía para evitar conflictos de intereses, y los asesores deben tener conocimientos sobre los procesos de casos de menor cuantía. Pueden ser voluntarios, abogados, estudiantes de derecho o asistentes legales (paralegales), pero no pueden representar a las partes en el tribunal. Además, están protegidos por ley de responsabilidad por el asesoramiento que brindan. Los tribunales y los condados también pueden contratar a terceros para que presten estos servicios.
Section § 116.950
Esta ley describe la creación de un comité asesor centrado en mejorar los procedimientos de los tribunales de reclamos menores, especialmente cómo se hacen cumplir las sentencias. Solo se formará si hay fondos suficientes disponibles. El comité incluirá representantes de diferentes áreas, como grupos de consumidores, la comunidad legal, funcionarios gubernamentales y funcionarios judiciales con experiencia en reclamos menores. Estos miembros trabajan sin remuneración, pero se les reembolsan los gastos. El apoyo de personal provendrá del Departamento de Asuntos del Consumidor y del Consejo Judicial.