Juzgado de Menor CuantíaAcciones
Section § 116.310
En el tribunal de menor cuantía, no es necesario presentar documentos legales formales, aparte de la demanda inicial. Además, no se pueden utilizar los procesos de descubrimiento de pruebas previos al juicio, lo que significa que no se puede exigir pruebas o documentos a la otra parte antes del juicio.
Section § 116.320
Si desea iniciar un caso en la corte de reclamos menores, debe llenar un formulario bajo juramento y presentarlo, ya sea en persona, por correo, fax o por internet, dependiendo de lo que esté permitido. Este formulario le pedirá el nombre y la dirección de la persona a la que demanda, cuánto está reclamando y por qué, cualquier esfuerzo que haya hecho para resolver el problema, y que la otra persona no ha pagado o no le ha devuelto su propiedad. También reconoce que la decisión de la corte es definitiva y no tiene derecho a apelación. El formulario le informará que no puede ser representado por un abogado, que no puede apelar el veredicto, y que podría calificar para que le exoneren las tarifas si no puede pagarlas.
Section § 116.330
Cuando alguien presenta una demanda en el tribunal, el secretario judicial programará una audiencia para el caso y avisará a todas las partes involucradas para que reúnan pruebas y testigos para ese día. La audiencia se fijará para que ocurra entre 20 y 70 días después de la fecha en que se emite la orden. Como alternativa, el secretario puede enviar la demanda por correo al demandado y, después de confirmar que la recibió, programar la audiencia y volver a avisar a las partes para que preparen sus pruebas y testigos. Todos los avisos sobre la programación de la audiencia se envían por correo con confirmación de recibo.
Section § 116.340
Esta ley establece cómo notificar demandas y órdenes legales a los demandados en casos de menor cuantía. La notificación puede hacerse por correo, entrega en persona o notificación sustituida, que consiste en entregarla a alguien designado por el demandado. La notificación debe completarse al menos 15 días antes de la audiencia si el demandado está en el mismo condado, o 20 días si está fuera del condado. El comprobante de notificación debe presentarse ante el tribunal cinco días antes de la audiencia. Se aplican reglas especiales para notificar a propietarios de propiedades que viven fuera de California y a conductores no residentes involucrados en accidentes en California. Si se demanda a un deudor principal en un acuerdo de garantía, se debe intentar notificarle antes de trasladar el caso a un tribunal diferente.
Section § 116.360
Section § 116.370
En los casos de menor cuantía, se aplican las mismas reglas para elegir la ubicación correcta del tribunal que en otros casos civiles. El tribunal puede establecer reglas locales sobre dónde deben presentarse los casos de menor cuantía. Si un demandado cree que el caso está en el lugar equivocado, puede enviar una impugnación por escrito al tribunal e informar a las otras partes, sin necesidad de asistir a la audiencia. El tribunal siempre debe verificar si el caso se presentó en la ubicación correcta. Si no es así, el tribunal puede desestimar el caso o reubicarlo. Si el tribunal determina que la ubicación es adecuada, el caso puede continuar si todos están presentes. Si alguien impugna la ubicación pero no todos están presentes, el tribunal retrasará la audiencia y les informará a todos los nuevos detalles.
Section § 116.390
Si alguien a quien está demandando en un tribunal de menor cuantía tiene una demanda mayor en su contra que está relacionada con el mismo asunto, puede llevar el caso a un tribunal superior y pedir que el caso de menor cuantía sea transferido allí. Necesitan notificarle entregando documentos legales antes de la audiencia de menor cuantía. El tribunal puede dictar sentencia sobre el caso de menor cuantía primero, transferir el caso antes de cualquier decisión, o negarse a transferirlo si no es justo. Si el caso es transferido, todos los documentos se enviarán al nuevo tribunal, y usted no tendrá que pagar ninguna tarifa a menos que comparezca allí y pierda.