Disposiciones Generales Relativas a los Tribunales de JusticiaProcedimientos en Caso de Ausencia del Juez
Section § 139
Si un juez no se presenta al tribunal dentro de una hora de la hora programada, el sheriff, alguacil o secretario debe reprogramarlo para las 10 a.m. del día siguiente. Si al día siguiente el juez sigue ausente al mediodía, deben seguir reprogramándolo día a día. Sin embargo, si el juez envía una orden escrita para una fecha futura específica, el tribunal debe seguir ese horario en su lugar.
ausencia del juez aplazamiento del tribunal deber del sheriff