Section § 85

Explanation

Esta sección explica cuándo una demanda o acción legal puede considerarse un 'caso civil de cuantía limitada' en los tribunales de California. Para que un caso califique, debe cumplir con tres criterios principales: la cantidad de dinero involucrada no puede ser superior a $35,000; el tipo de remedio o resultado que la persona busca del tribunal debe ser uno que esté permitido en casos civiles de cuantía limitada; y el tipo de acción legal debe estar cubierto por leyes específicas que describen lo que puede ser un caso civil de cuantía limitada o lo que cae bajo la jurisdicción del tribunal superior. Algunas leyes específicas que pueden aplicarse incluyen casos sobre asuntos legales de casas móviles, cheques sin fondos y ciertas infracciones del código de vehículos, entre otros.

No obstante cualquier ley, incluyendo, entre otras, una ley que clasifique una acción o procedimiento especial como un caso civil de cuantía limitada, una acción o procedimiento especial será tratado como un caso civil de cuantía limitada solo si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 85(a) La cuantía en disputa no excede los treinta y cinco mil dólares ($35,000). Según se utiliza en esta sección, “cuantía en disputa” significa la cantidad de la demanda, o la recuperación solicitada, o el valor de la propiedad, o el monto del gravamen, que está en controversia en la acción, excluyendo los honorarios de abogados, intereses y costas.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 85(b) El remedio solicitado es de un tipo que puede ser otorgado en un caso civil de cuantía limitada.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 85(c) El remedio solicitado, ya sea en la demanda, una contrademanda, o de otra manera, es exclusivamente de un tipo descrito en una o más leyes que clasifican una acción o procedimiento especial como un caso civil de cuantía limitada o que establecen que una acción o procedimiento especial está dentro de la jurisdicción original del tribunal superior, incluyendo, entre otras, las siguientes disposiciones:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(1) Artículo 798.61 o 798.88 del Código Civil.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(2) Artículo 1719 del Código Civil.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(3) Artículo 3342.5 del Código Civil.
(4)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(4) Artículo 86.
(5)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(5) Artículo 86.1.
(6)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(6) Artículo 1710.20.
(7)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(7) Artículo 7581 del Código Alimentario y Agrícola.
(8)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(8) Artículo 12647 del Código Alimentario y Agrícola.
(9)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(9) Artículo 27601 del Código Alimentario y Agrícola.
(10)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(10) Artículo 31503 del Código Alimentario y Agrícola.
(11)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(11) Artículo 31621 del Código Alimentario y Agrícola.
(12)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(12) Artículo 52514 del Código Alimentario y Agrícola.
(13)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(13) Artículo 53564 del Código Alimentario y Agrícola.
(14)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(14) Artículo 53069.4 del Código de Gobierno.
(15)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(15) Artículo 53075.6 del Código de Gobierno.
(16)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(16) Artículo 53075.61 del Código de Gobierno.
(17)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(17) Artículo 5411.5 del Código de Servicios Públicos.
(18)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(18) Artículo 9872.1 del Código de Vehículos.
(19)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(19) Artículo 10751 del Código de Vehículos.
(20)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(20) Artículo 14607.6 del Código de Vehículos.
(21)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(21) Artículo 40230 del Código de Vehículos.
(22)CA Procedimiento Civil Code § 85(c)(22) Artículo 40256 del Código de Vehículos.

Section § 86

Explanation

Esta ley describe qué se considera un 'caso civil de cuantía limitada' en California. Un caso se considera de cuantía limitada si la cantidad en disputa es de $35,000 o menos. Esto incluye casos relacionados con dinero, propiedades, disolución de sociedades, disputas contractuales, ejecuciones de gravámenes y declaraciones legales, entre otros. Existen excepciones, como los casos que involucran impuestos u otras cuestiones legales que no cumplen con los criterios de 'cuantía limitada'. Ciertos procedimientos o defensas, como apelaciones o reclamaciones por fraude, también pueden clasificarse como casos civiles de cuantía limitada, siempre que el valor monetario esté dentro del límite especificado.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 86(a) Los siguientes casos y procedimientos civiles son casos civiles de cuantía limitada:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(1) Un caso de derecho si la demanda, excluidos los intereses, o el valor de la propiedad en controversia asciende a treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos. Este párrafo no se aplica a un caso que involucre la legalidad de cualquier impuesto, gravamen, contribución, peaje o multa municipal, excepto una acción para hacer cumplir el pago de impuestos morosos sobre bienes muebles no garantizados si la legalidad del impuesto no es impugnada por el demandado.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(2) Una acción para la disolución de una sociedad si el total de los activos de la sociedad no excede los treinta y cinco mil dólares ($35,000) o una acción de interpleader si la cantidad de dinero o el valor de la propiedad involucrada no excede los treinta y cinco mil dólares ($35,000).
(3)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(3) Una acción para cancelar o rescindir un contrato si la reparación se busca en relación con una acción para recuperar dinero que no exceda los treinta y cinco mil dólares ($35,000) o bienes con un valor que no exceda los treinta y cinco mil dólares ($35,000), pagados o entregados en virtud o en consideración del contrato; una acción para revisar un contrato cuando la reparación se busca en una acción sobre el contrato si la acción es, de otro modo, un caso civil de cuantía limitada.
(4)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(4) Un procedimiento de entrada forzosa o de retención forzosa o ilegal si el monto total de los daños reclamados es de treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos.
(5)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(5) Una acción para hacer cumplir y ejecutar un gravamen sobre bienes muebles si el monto del gravamen es de treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos.
(6)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(6) Una acción para hacer cumplir y ejecutar, o una petición para liberar, un gravamen que surja en virtud del Capítulo 4 (que comienza con la Sección 8400) del Título 2 de la Parte 6 de la División 4 del Código Civil, o para hacer cumplir y ejecutar un gravamen de evaluación sobre un desarrollo de interés común según se define en la Sección 4100 o 6534 del Código Civil, si el monto de los gravámenes es de treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos. Sin embargo, si una acción para hacer cumplir el gravamen afecta una propiedad que también está afectada por una acción pendiente similar que no es un caso civil de cuantía limitada, o si el monto total de los gravámenes que se buscan ejecutar contra la misma propiedad asciende a una cantidad superior a treinta y cinco mil dólares ($35,000), la acción no es un caso civil de cuantía limitada.
(7)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(7) Una acción de sentencia declaratoria si se presenta de conformidad con cualquiera de los siguientes:
(A)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(7)(A) Por medio de una demanda reconvencional en cuanto a un derecho de indemnización con respecto a la reparación solicitada en la demanda o una demanda reconvencional en una acción o procedimiento que es, de otro modo, un caso civil de cuantía limitada.
(B)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(7)(B) Para llevar a cabo un juicio después de un arbitraje de honorarios no vinculante entre un abogado y un cliente, de conformidad con el Artículo 13 (que comienza con la Sección 6200) del Capítulo 4 de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones, si la cantidad en controversia es de treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos.
(8)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(8) Una acción para emitir una orden de restricción temporal o un mandato judicial preliminar; para rendir cuentas, si es necesario para preservar la propiedad o los derechos de cualquier parte en un caso civil de cuantía limitada; para dictar cualquier orden o realizar cualquier acto, de conformidad con el Título 9 (que comienza con la Sección 680.010) de la Parte 2 (ejecución de sentencias) en un caso civil de cuantía limitada; para nombrar un interventor judicial de conformidad con la Sección 564 en un caso civil de cuantía limitada; o para determinar la titularidad de bienes muebles embargados en un caso civil de cuantía limitada.
(9)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(9) Una acción en virtud del Artículo 3 (que comienza con la Sección 708.210) del Capítulo 6 de la División 2 del Título 9 de la Parte 2 para la recuperación de un interés en bienes muebles o para hacer cumplir la responsabilidad del deudor de un deudor judicial si el interés reclamado adversamente tiene un valor que no excede los treinta y cinco mil dólares ($35,000) o la deuda denegada no excede los treinta y cinco mil dólares ($35,000).
(10)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(10) Una petición relacionada con arbitraje presentada de conformidad con cualquiera de los siguientes:
(A)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(10)(A) Artículo 2 (que comienza con la Sección 1292) del Capítulo 5 del Título 9 de la Parte 3, excepto para los procedimientos de arbitraje de automovilistas sin seguro de acuerdo con la Sección 11580.2 del Código de Seguros, si la petición se presenta antes de que el laudo arbitral sea firme y el asunto a resolver mediante arbitraje es un caso civil de cuantía limitada según los párrafos (1) a (9), ambos inclusive, de la subdivisión (a) o si la petición se presenta después de que el laudo arbitral sea firme y el monto del laudo y todas las demás resoluciones, pronunciamientos y decisiones tomadas en el laudo están dentro de los párrafos (1) a (9), ambos inclusive, de la subdivisión (a).
(B)CA Procedimiento Civil Code § 86(a)(10)(B) Para confirmar, corregir o anular un laudo arbitral de honorarios entre un abogado y un cliente que es vinculante o se ha vuelto vinculante, de conformidad con el Artículo 13 (que comienza con la Sección 6200) del Capítulo 4 de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones, si el laudo arbitral es de treinta y cinco mil dólares ($35,000) o menos.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 86(b) Los siguientes casos de equidad son casos civiles de cuantía limitada:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 86(b)(1) Un caso para litigar la titularidad de bienes muebles cuando la cantidad involucrada no es superior a treinta y cinco mil dólares ($35,000).
(2)CA Procedimiento Civil Code § 86(b)(2) Un caso cuando la equidad se alega como defensa en cualquier caso que sea, de otro modo, un caso civil de cuantía limitada.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 86(b)(3) Un caso para anular una sentencia u orden del tribunal obtenida en un caso civil de cuantía limitada por fraude extrínseco, error, inadvertencia o negligencia excusable.

Section § 86.1

Explanation
Esta ley establece que si usted presenta una demanda relacionada con la Ley de Atención a Largo Plazo, Salud, Seguridad y Protección de 1973 y las sanciones que solicita son de $35,000 o menos, se tratará como un caso civil limitado, lo que significa que seguirá ciertos procedimientos judiciales simplificados.

Section § 87

Explanation

Esta sección explica que ciertos casos civiles que cumplen con criterios específicos pueden ser atendidos en la división de reclamos menores. Si alguna vez hay un conflicto entre las reglas para reclamos menores y las de casos civiles de cuantía limitada, las reglas para reclamos menores tienen prioridad. Además, esta sección no altera el poder o la autoridad existente de la división de reclamos menores.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 87(a) Un caso civil de cuantía limitada puede presentarse en la división de reclamos menores si el caso está dentro de la jurisdicción de la división de reclamos menores según lo dispuesto de otro modo por ley. Cuando un estatuto o regla aplicable a un caso de reclamos menores entra en conflicto con un estatuto o regla aplicable a un caso civil de cuantía limitada, el estatuto o regla aplicable a un caso de reclamos menores rige el caso de reclamos menores y el estatuto o regla aplicable a un caso civil de cuantía limitada no se aplica.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 87(b) Nada en esta sección afecta la jurisdicción de la división de reclamos menores según lo dispuesto de otro modo por ley.

Section § 88

Explanation
Esta ley establece que cualquier caso civil, excepto aquellos descritos como 'casos civiles de cuantía limitada', puede denominarse 'caso civil de cuantía ilimitada'.

Section § 89

Explanation

Esta sección básicamente establece que el hecho de que una ley otorgue ciertas facultades a un tribunal en casos civiles de cuantía limitada o ilimitada no significa automáticamente que esas facultades se apliquen al otro tipo de caso. Cada tipo de caso puede tener su propio conjunto de reglas y autoridades.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 89(a) La existencia de un estatuto relacionado con la autoridad del tribunal en un caso civil de cuantía limitada no implica, por sí misma, que la misma autoridad exista o no en un caso civil de cuantía ilimitada.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 89(b) La existencia de un estatuto relacionado con la autoridad del tribunal en un caso civil de cuantía ilimitada no implica, por sí misma, que la misma autoridad exista o no en un caso civil de cuantía limitada.