Sentencias Pecuniarias de Otras JurisdiccionesSentencias Pecuniarias Extranjeras
Section § 1713
Section § 1714
Esta sección de la ley define lo que se entiende por 'país extranjero' y 'sentencia de país extranjero' en este contexto. Especifica que un 'país extranjero' es cualquier gobierno que no sea los Estados Unidos, ninguno de sus estados o territorios, ninguna tribu indígena reconocida federalmente o entidades relacionadas, o cualquier gobierno cuyas decisiones judiciales el estado deba reconocer bajo la Constitución de los EE. UU. Por 'sentencia de país extranjero' se entienden las resoluciones dictadas por los tribunales de estos países extranjeros.
Section § 1715
Esta ley trata sobre el reconocimiento de sentencias dictadas en tribunales de otros países. En general, si una sentencia extranjera implica el pago o la recepción de dinero y es firme y ejecutable en el país donde se emitió, puede ser reconocida en este estado. Sin embargo, esta ley no cubre sentencias extranjeras relacionadas con impuestos, multas o asuntos familiares como el divorcio o la manutención de hijos, aunque las sentencias familiares podrían ser reconocidas bajo otra ley. La persona que desee que la sentencia sea reconocida aquí debe probar que cumple con estas reglas.
Section § 1716
Esta ley explica cuándo un tribunal de California debe reconocer una sentencia dictada en otro país. En general, estas sentencias se reconocen a menos que surjan ciertos problemas. El tribunal no reconocerá la sentencia si proviene de un país con juicios injustos o si el tribunal extranjero no tenía la autoridad adecuada sobre las personas o el asunto del caso. Además, si el demandado no fue notificado correctamente, si la sentencia se obtuvo por fraude o si viola el orden público, California podría no reconocerla. Las sentencias contradictorias y las sentencias por difamación que no cumplen con los estándares de EE. UU. tampoco se reconocen. La parte que se opone al reconocimiento debe probar por qué no debería ser reconocida, mientras que la parte que busca el reconocimiento debe demostrar una buena razón para reconocerla que supere cualquier objeción.
Section § 1717
Esta ley explica cuándo un tribunal extranjero no puede alegar tener autoridad legal, o jurisdicción personal, sobre alguien que está siendo demandado. Básicamente, si un tribunal extranjero no tendría jurisdicción según los estándares de California o sus propias leyes, no puede tener jurisdicción aquí. Pero hay excepciones: si al demandado se le entregaron personalmente los documentos de la demanda en el extranjero, aceptó la autoridad del tribunal extranjero, vivía o tenía un negocio en el país extranjero, o si la demanda involucra negocios que realizó allí o accidentes que tuvo mientras conducía o volaba allí. Las reglas también permiten otras situaciones, no solo las enumeradas, en las que la jurisdicción extranjera podría ser reconocida.
Section § 1718
Si desea que un tribunal de California reconozca una sentencia de otro país, debe presentar una acción para solicitarlo. Si el asunto ya forma parte de un litigio en curso, puede plantear la cuestión del reconocimiento de la sentencia extranjera mediante una reconvención, una contrademanda o como defensa.
Section § 1719
Esta sección de la ley explica que si un tribunal en California reconoce una sentencia de otro país, esa sentencia se considera igual que una de otro estado de EE. UU. Esto significa que la sentencia es definitiva y obligatoria entre las partes implicadas y puede ejecutarse en California como una sentencia dictada localmente.
Section § 1720
Esta ley establece que si alguien está apelando una sentencia de otro país en su país de origen, un tribunal de California puede pausar cualquier acción relacionada con esa sentencia. Esta pausa dura hasta que se decida la apelación, el plazo para apelar se agote, o quede claro que la persona no está siguiendo la apelación.
Section § 1721
Si desea que un tribunal de California reconozca una sentencia dictada en otro país, debe iniciar el proceso mientras la sentencia siga siendo válida en ese país o dentro de los 10 años desde que se hizo válida por primera vez allí, lo que ocurra primero.
Section § 1722
Esta ley subraya la importancia de asegurar que las normas sobre el tema que abarca sean uniformes en todos los estados que la adopten. Su objetivo es promover la uniformidad entre las versiones de esta ley de los diferentes estados.
Section § 1723
Section § 1724
Esta sección explica qué reglas se usan cuando se manejan sentencias de otros países. Si inicias un caso para que se reconozca una de estas sentencias en o después de la fecha en que esta ley entró en vigor, se aplican las reglas nuevas. Pero si el caso se inició antes de esa fecha y se discute el reconocimiento de una sentencia extranjera, entonces se siguen usando las reglas antiguas.
Section § 1725
Esta ley permite que una persona que ha sido objeto de una sentencia por difamación en otro país solicite a un tribunal de California que declare su responsabilidad o que decida que la sentencia no debe ser reconocida en California. Esto puede ocurrir si la persona vive en California o tiene alguna conexión con el estado, posee bienes u obligaciones aquí relacionados con la sentencia, y si el contenido que originó la demanda por difamación fue publicado en California. Los tribunales de California tienen la autoridad para manejar estos casos, sin importar cuándo se dictó la sentencia extranjera.