Sentencias Monetarias de Otras JurisdiccionesSentencias Monetarias de Estados Hermanos
Section § 1710.10
Esta ley aclara los términos relacionados con la ejecución de sentencias judiciales de otros estados de EE. UU. en California. Un 'acreedor de la sentencia' es la persona que puede iniciar acciones para hacer cumplir una sentencia de este tipo. El 'deudor de la sentencia' es la persona contra quien se pueden tomar estas acciones. Una 'sentencia de otro estado' es una decisión judicial de cualquier estado de EE. UU. que no sea California que implica el pago de dinero, pero no incluye las órdenes de manutención de hijos o cónyuges.
Section § 1710.15
Si alguien obtiene una sentencia judicial en otro estado (un "estado hermano"), puede solicitar que esa sentencia sea reconocida y ejecutada en California. Para ello, debe presentar una solicitud y declarar bajo juramento varios detalles. Estos detalles incluyen confirmar que la sentencia no ha caducado según los plazos de California, que no hay ninguna suspensión actual para ejecutar la sentencia en el otro estado, y especificar cualquier cantidad pendiente de pago, incluyendo los intereses. También deben confirmar que no han solicitado ya el registro de esta sentencia en California, proporcionar los datos de contacto tanto suyos como de la persona o empresa que debe el dinero, e incluir una copia certificada de la sentencia original del otro estado.
Section § 1710.20
Si desea que un tribunal de California haga cumplir una sentencia obtenida en otro estado, debe presentar una solicitud en un tribunal superior. Puede presentar su solicitud en el condado donde reside la persona que debe la sentencia. Si esa persona no reside en California, puede elegir cualquier condado del estado. Además, si el monto de la sentencia es de $35,000 o menos, se tramitará como un caso civil limitado.
Section § 1710.25
Si presentas una solicitud en California para hacer cumplir una sentencia de otro estado, el secretario del tribunal registrará una sentencia de California por el monto impagado, los intereses generados en el estado de origen y la tarifa de solicitud. Una vez registrada, los intereses se acumularán según las tasas de California, al igual que cualquier sentencia de un tribunal local.
Section § 1710.30
Section § 1710.35
Esta ley establece que una sentencia registrada bajo este capítulo tiene la misma validez que cualquier otra sentencia monetaria emitida por un tribunal. Se puede ejecutar o saldar de la misma manera en que se manejaría cualquier sentencia monetaria estándar.
Section § 1710.40
Si se ha dictado una sentencia en su contra en California basándose en una sentencia de otro estado, puede pedirle al tribunal que la cancele (o 'anule') si hay una razón válida. Por ejemplo, si los intereses de la sentencia se calcularon incorrectamente. Debe presentar una moción dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación de esta sentencia. El tribunal puede entonces revisar su caso y decidir si la sentencia debe ser modificada o reemplazada por una diferente. Sin embargo, si el monto de la sentencia es inferior a $1,000, el tribunal no tiene que proporcionar conclusiones por escrito.
Section § 1710.45
Antes de poder tomar medidas para hacer cumplir una sentencia judicial, generalmente debe esperar al menos 30 días después de notificar a la persona que le debe dinero. Sin embargo, hay excepciones si esta persona vive fuera de California, si es una empresa extranjera no registrada para operar en California, o si es una sociedad extranjera sin un agente designado en California. El tribunal también podría permitirle ejecutar la sentencia antes si la espera le causara un daño grave. Además, incluso si comienza a cobrar antes de que pasen los 30 días, no puede vender los bienes de la persona a menos que sean algo que pueda estropearse rápidamente. En ese caso, puede venderlos para evitar que pierdan su valor, pero no puede usar el dinero de esa venta hasta que hayan transcurrido 30 días.
Section § 1710.50
Si alguien debe dinero por una sentencia dictada en otro estado y hay una apelación en curso o posible, un tribunal de California detendrá la aplicación de esa sentencia hasta que termine el proceso de apelación. El tribunal también pondrá la ejecución en suspenso si se concedió una suspensión en el estado donde se dictó la sentencia. Si hay una solicitud para anular la sentencia en California, la ejecución se pausa hasta que se tome una decisión. Si la sentencia implica sanciones por ejercer derechos constitucionales, la suspensión dura hasta que termine un litigio relacionado o hasta que venzan plazos específicos. El tribunal puede pausar la ejecución por otras razones si la justicia lo requiere. Esta pausa puede ser iniciada por el propio tribunal o mediante solicitudes formales, y puede incluir la exigencia de una garantía financiera al deudor, la gestión de las acciones de ejecución existentes y otras condiciones que el tribunal considere justas.
Section § 1710.55
Esta ley establece que no se puede registrar una sentencia de otro estado en California si: (a) hay una suspensión de su ejecución en ese estado, (b) ya hay un caso sobre el mismo asunto en curso en California, o (c) ya se ha dictado una sentencia similar en California.
Section § 1710.60
Esta sección trata sobre la ejecución de sentencias judiciales de otros estados. En general, aún puedes intentar cobrar una sentencia de ese tipo como lo harías normalmente, a menos que un tribunal de California ya haya dictado una sentencia basada en esa sentencia de otro estado. Si ese es el caso, no puedes iniciar la misma acción de ejecución nuevamente.