De los Procedimientos Especiales de Naturaleza CivilMediación de Acción Civil
Section § 1775
Esta ley destaca la importancia de resolver los conflictos de manera justa, rápida y económica. Reconoce que ir a juicio puede ser costoso y estresante, y sugiere que métodos como la mediación pueden ayudar a resolver disputas más fácilmente y ahorrar dinero. Se fomenta la mediación, especialmente al principio de un caso, para evitar altos costos y estrés. Existe un proyecto piloto en el Condado de Los Ángeles (y en otros condados que lo elijan) donde los tribunales pueden derivar casos a mediación en lugar de ir a juicio. El objetivo es utilizar más estos procesos alternativos y ahorrar dinero si los casos se resuelven antes de llegar a juicio. Se realiza una encuesta para medir la efectividad y los ahorros de estos programas, y el éxito se mide por un ahorro de al menos $250,000.
Section § 1775.1
Esta ley define la 'mediación' como un proceso en el que una persona neutral ayuda a las personas en una disputa a comunicarse y, con suerte, llegar a un acuerdo que ambos acepten. Además, en general, cualquier acción que deba realizar una persona involucrada en la disputa puede ser llevada a cabo por su abogado, a menos que el título o un tribunal dispongan lo contrario.
Section § 1775.2
Esta ley establece que las reglas de este título se aplican automáticamente a los tribunales del Condado de Los Ángeles. Otros condados de California pueden elegir si desean seguir estas reglas. La decisión de usar o no usar estas reglas puede ser modificada por el tribunal en cualquier momento. Estas reglas pueden aplicarse a cualquier caso civil que haya comenzado o sea nuevo a partir del 1 de enero de 1994.
Section § 1775.3
En el Condado de Los Ángeles y otros tribunales participantes, los casos civiles que normalmente irían a arbitraje pueden, en su lugar, ser enviados a mediación si un juez lo decide. Esto incluye casos que solicitan tipos especiales de órdenes judiciales, incluso si una agencia o entidad pública está involucrada.
Section § 1775.4
Esta ley establece que si un caso es enviado a arbitraje, no puede ser enviado también a mediación. De manera similar, si es enviado a mediación, no debería ir a arbitraje. En esencia, un caso puede ser mediado o arbitrado, pero no ambos.
Section § 1775.5
Esta ley establece que si la cantidad de dinero en disputa en un caso judicial es superior a $50,000, el tribunal no puede obligar a que el caso vaya a mediación. La decisión sobre cuánto dinero está en disputa se toma utilizando un método específico descrito en otra ley, y no tiene en cuenta quién tiene la culpa, las posibles defensas o la culpa compartida.
Section § 1775.6
Cuando un caso se envía a mediación, las partes tienen 30 días para elegir un mediador. Las partes pueden decidir cómo seleccionar y cualificar al mediador. Si no logran ponerse de acuerdo sobre alguien en 15 días, el tribunal puede intervenir y elegir uno basándose en reglas específicas.
Section § 1775.7
Esta ley establece que, normalmente, iniciar una mediación no detendrá el conteo de ciertos plazos legales. Sin embargo, si un caso ha estado en mediación por cuatro años y seis meses después de su presentación inicial, el tiempo transcurrido después de este período, hasta que se presente una declaración formal indicando que la mediación fracasó, no se contará para el límite típico de cinco años para llevar un caso a los tribunales.
Section § 1775.8
Esta ley explica cómo se compensa a los mediadores designados por el tribunal. Básicamente, a los mediadores se les paga como a los árbitros, pero solo después de que presenten una declaración indicando que no se pudo llegar a un acuerdo o si el caso se resuelve. Además, los costos relacionados con la mediación, incluido el pago a los mediadores, siguen las mismas reglas que los del arbitraje. El dinero reservado para los árbitros puede usarse para pagar a los mediadores.
Section § 1775.9
Si las personas involucradas en una mediación no logran ponerse de acuerdo y alguna de ellas quiere finalizar el proceso, el mediador debe presentar un formulario indicando que no se llegó a un acuerdo. Luego, el caso se vuelve a programar para un juicio, ya sea ante un juez o un jurado, procurando mantener el mismo lugar que tenía en la lista antes de la mediación o recibiendo prioridad en el siguiente calendario de juicios.
Section § 1775.10
Cuando las personas están en mediación, lo que dicen está protegido por ciertas reglas del Código de Pruebas. Estas reglas aseguran que lo dicho no pueda ser usado en su contra más tarde en un tribunal.
Section § 1775.11
Section § 1775.12
En un juicio, mencionar la mediación o una declaración que indique que las partes no llegaron a un acuerdo (según la Sección 1775.9) se considera un error en la forma en que se lleva a cabo el juicio, lo cual podría ser importante para una apelación.
Section § 1775.13
Section § 1775.14
Esta ley exigía que el Consejo Judicial presentara un informe a la Legislatura de California antes del 1 de enero de 1998, sobre los programas judiciales de resolución alternativa de disputas (RAD). El informe debía incluir una revisión de los programas de RAD en el Condado de Los Ángeles y en cualquier otro tribunal que utilizara este título. También debía analizar cómo estos programas afectaban el arbitraje judicial. Para hacer posible este informe, cada tribunal que utilizara este título debía proporcionar los datos necesarios al Consejo Judicial, según las normas establecidas por el propio Consejo.
Section § 1775.15
Esta ley exige que el Consejo Judicial, que ayuda a supervisar los tribunales de California, cree reglas sobre cómo deben manejarse los casos cuando se envían a mediación. También exige la coordinación con otros esfuerzos para reducir los retrasos en los casos judiciales y permite excepciones si un caso no es adecuado para la mediación.