Derecho de Expropiación ForzosaDisposiciones Generales
Section § 1230.010
Esta sección nombra oficialmente esta parte del código legal como la Ley de Expropiación Forzosa, que trata sobre el poder del gobierno para tomar propiedad privada para uso público.
Section § 1230.020
Section § 1230.030
Esta ley establece que no existe la obligación de recurrir a la expropiación forzosa —cuando el gobierno toma propiedad privada para uso público— para obtener los bienes necesarios para proyectos públicos. En su lugar, la persona o entidad autorizada para adquirir la propiedad puede elegir cómo hacerlo, ya sea comprándola o mediante algún otro método.
Section § 1230.040
Section § 1230.050
Esta ley establece que, en los casos en que el gobierno intenta adquirir propiedad privada para uso público, el tribunal tiene la autoridad para decidir quién tiene el derecho a poseer la propiedad. También puede hacer cumplir sus decisiones sobre la posesión, y la parte que desea que se adquiera la propiedad (generalmente el gobierno) tiene derecho a que se ejecuten las decisiones del tribunal.
Section § 1230.060
Section § 1230.065
Esta sección explica el cronograma de aplicación de ciertas reglas en los casos de expropiación forzosa. Indica que la ley entró en vigor oficialmente el 1 de julio de 1976 y no se aplica a los casos iniciados antes del 1 de enero de 1976. Sin embargo, para los casos que comenzaron después del 1 de enero de 1976 y antes de la entrada en vigor de la ley, las reglas se aplican en la mayor medida posible. Partes específicas de la ley, descritas en los capítulos 3, 4 y 5, no se aplican a los casos iniciados antes de la fecha de inicio de la ley. Además, si hay apelaciones o mociones pendientes cuando la ley se activó, las leyes anteriores siguen aplicándose a esas apelaciones o mociones.