Ley de Bienes No ReclamadosTítulo Breve; Definiciones; Ámbito de Aplicación
Section § 1500
Esta sección explica que el capítulo se conoce como la Ley de Bienes No Reclamados.
Section § 1501
Esta sección define los términos utilizados en un capítulo específico. Aclara qué se entiende por 'propietario aparente', 'organización bancaria', 'asociación comercial', 'organización financiera', 'tenedor', 'corporación de seguros de vida', 'propietario', 'persona', 'distribución de plan de beneficios para empleados' y 'pagos residuales'. Básicamente, sienta las bases para entender quiénes y qué pueden estar involucrados en asuntos relacionados con la titularidad de la propiedad, entidades financieras, seguros y beneficios para empleados.
Section § 1501.5
Esta sección deja claro que los bienes recibidos por el estado no pasarán a ser de su propiedad permanente. En cambio, el estado tiene como objetivo devolver los bienes no reclamados a sus legítimos dueños. La ley aclara que cualquier declaración judicial que sugiera lo contrario es incorrecta. La intención de la legislatura es mejorar el programa de bienes no reclamados aumentando la comunicación con los propietarios e implementando un sistema de notificación más exhaustivo, tanto antes como después de que el estado reciba los bienes no reclamados. Si se considera que un bien no tiene valor comercial, el estado debe esperar al menos siete años antes de deshacerse de él.
Section § 1502
Esta ley explica ciertas situaciones en las que sus reglas no se aplican. Específicamente, no cubre la propiedad en poder de distritos de servicios públicos municipales, agencias locales (si estas pueden transferir sus propiedades a sus fondos generales), o tribunales (si pueden transferir al Fondo de Operaciones de los Tribunales de Primera Instancia). Además, excluye cualquier propiedad que el estado reciba bajo capítulos anteriores específicos de la ley.
Section § 1503
Esta sección establece las reglas para manejar propiedades que no se consideraban abandonadas según las normas antiguas antes del 1 de enero de 1969. La "ley antigua" se refiere a las leyes anteriores a esa fecha y la "ley nueva" a las leyes posteriores. Si la reclamación de un propietario sobre esta propiedad estaba impedida por un plazo de prescripción antes de 1969, el tenedor no tiene que informar ni entregar esa propiedad. Además, si una propiedad no ha estado en posesión del tenedor por todo el tiempo que tarda el estado en reclamarla (reversión al Estado), y no era necesario informarla bajo la ley antigua, no necesita ser entregada.
Section § 1504
Esta sección de la ley explica cómo se gestionan los bienes bajo las leyes de bienes no reclamados de California. Distingue entre dos versiones de la ley: la "ley anterior", que estaba vigente antes de 1969, y la "ley nueva", aplicada a partir de 1969. Especifica que cualquier bien que haya sido revertido al estado bajo las leyes de otro estado antes de 1959 no se ve afectado por las leyes de bienes no reclamados de California. Además, si un bien no se consideraba abandonado bajo la ley anterior antes de su revisión en 1969, y fue entregado a la custodia de otro estado antes de 1970, no es necesario transferirlo a California. Sin embargo, California aún puede intentar recuperar este bien del otro estado.
Section § 1505
Esta ley establece que si existía el deber de informar o entregar propiedades al Contralor del Estado antes del 1 de enero de 1969, esas obligaciones siguen siendo aplicables tal como lo eran en ese entonces. El Contralor del Estado puede hacer cumplir estos deberes e imponer sanciones basándose en las normas que estaban vigentes antes de esa fecha.