Disposición de Bienes no ReclamadosSucesiones de Personas Fallecidas
Section § 1440
Section § 1441
Section § 1442
Section § 1443
Esta ley establece que cuando el dinero o la propiedad se entrega al estado o a sus representantes bajo ciertas partes del Código de Sucesiones o leyes relacionadas, se considera destinado a la Tesorería del Estado. Dichos fondos deben procesarse de acuerdo con reglas específicas en este título sobre cómo se reciben, registran y administran.
Section § 1444
Esta ley establece que cualquier dinero o propiedad que quede en la tesorería de un condado para los herederos, legatarios o beneficiarios de la herencia de una persona fallecida debe entregarse al Tesorero o al Contralor un año después de haber sido depositado. Esto sucede durante la siguiente revisión financiera del condado una vez que haya transcurrido ese año.
Section § 1444.5
Section § 1445
Section § 1446
Esta ley establece que si una persona fallece mientras está en una prisión estatal y deja dinero o pertenencias no reclamados, esa propiedad debe ser enviada a la Tesorería del Estado. Describe que estos bienes se gestionan y procesan de acuerdo con procedimientos estatales específicos para la propiedad no reclamada.
Section § 1447
Esta ley establece que si una persona fallece mientras se encuentra en una institución estatal de salud mental y tiene dinero o bienes no reclamados, ese dinero o bienes deben ser enviados a la Tesorería del Estado de California. Se gestionan de acuerdo con reglas específicas establecidas en la ley, asegurando que se registren y administren correctamente.
Section § 1448
Si alguien fallece mientras está en una institución juvenil estatal y tiene dinero o pertenencias no reclamados, esta ley establece que su propiedad debe ser entregada a la Tesorería del Estado. Se trata como si siempre hubiera estado destinado a ser manejado de esta manera y sigue reglas específicas sobre cómo debe ser administrado y dispuesto por el estado.
Section § 1449
Esta ley establece que cualquier dinero o propiedad que se considere abandonado, y que se entregue al Tesorero o al Contralor, debe tratarse como si se estuviera depositando en la Tesorería del Estado. Debe gestionarse y procesarse de acuerdo con las normas establecidas en este artículo.